Ministerio de Economía y Producción

y

Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva

FUNDACION ARGENTINA DE NANOTECNOLOGIA

Resolución Conjunta 88/2008 y 362/2008

Desígnase a los representantes del Estado Nacional para integrar los distintos cuerpos orgánicos de la mencionada Fundación.

Bs. As., 17/6/2008

VISTO la Ley Nº 26.338, el Decreto Nº 380 del 27  de abril de 2005, el Expediente Nº 0872/08 del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA,

y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 380 del 27 de abril de 2005 se autorizó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a constituir la FUNDACION ARGENTINA DE NANOTECNOLOGIA (F.A.N.) y a designar a los representantes del ESTADO NACIONAL para integrar los distintos cuerpos orgánicos.

Que la Ley 26.338 en su artículo 23 quinquies, punto 5, dispone que compete al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION  PRODUCTIVA entender en la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos y en el diseño de medidas e instrumentos para la promoción de la ciencia, la tecnología y la innovación, así como administrar los ya existentes en materia de promoción de la nanotecnología a través de la FUNDACION ARGENTINA DE NANOTECNOLOGIA (F.A.N.).

Que por Resolución Nº 830 del 31 de agosto de 2005 de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARIA DE JUSTICIA del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS se autorizó a funcionar con carácter de persona jurídica a la FUNDACION ARGENTINA DE NANOTECNOLOGIA (F.A.N.) conforme al Estatuto y el Acta de Constitución oportunamente acompañados.

Que por el Artículo 7º del Estatuto referido se estableció que la citada Fundación sería dirigida y administrada por un Consejo de Administración, integrado por un mínimo de SEIS (6) y un máximo de NUEVE (9) miembros, que durarían DOS (2) años en sus cargos pudiendo ser reelegidos indefinidamente.

Que han presentado la renuncia a sus cargos el Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero de la FUNDACION ARGENTINA DE NANOTECNOLOGIA (F.A.N.).

Que asimismo, ha operado el vencimiento de los mandatos de los Vocales de la FUNDACION ARGENTINA DE NANOTECNOLOGIA (F.A.N.).

Que en este marco corresponde proceder a cubrir los cargos que han quedado vacantes a fin de proveer en la inmediatez al cumplimiento de los objetivos de la referida FUNDACION.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes correspondientes han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 26.338 y por el Decreto Nº 380/05.

Por ello,

EL MINISTRO  DE ECONOMIA Y PRODUCCION Y EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

RESUELVEN:

Artículo 1º — Desígnase al Doctor Roberto José FERNANDEZ PRINI (DNI Nº 4.206.367) en el cargo de Presidente del Consejo de Administración de la FUNDACION ARGENTINA DE NANOTECNOLOGIA (F.A.N.).

Art. 2º — Desígnase a la Doctora Ruth Graciela LADENHEIM (DNI Nº 13.851.963) en el cargo de Vicepresidenta del Consejo de Administración de la FUNDACION ARGENTINA DE NANOTECNOLOGIA (F.A.N.).

Art. 3º — Desígnase a la Licenciada Lidia Cristina RODRIGUEZ (DNI Nº 6.203.061) en el cargo de Secretaria del Consejo de Administración de la FUNDACION ARGENTINA DE NANOTECNOLOGIA (F.A.N.).

Art. 4º — Desígnase a la Doctora María Cristina ARAKELIAN (DNI Nº 6.511.406) en el cargo de Tesorera del Consejo de Administración de la FUNDACION ARGENTINA DE NANOTECNOLOGIA (F.A.N.).

Art. 5º — Desígnase al Ingeniero Juan Carlos CARULLO (DNI Nº 6.262.830), al Doctor Roberto SALVAREZZA (DNI Nº 10.201.331), al Doctor Roberto Juan José WILLIAMS (DNI Nº 8.352.851) y a la Doctora María Cristina CAMBIAGGIO, (DNI Nº 4.461.664), en el cargo de Vocales del Consejo de Administración de la FUNDACION ARGENTINA DE NANOTECNOLOGIA (F.A.N.).

Art. 6º — Dése cuenta de la presente a los fines pertinentes a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José L. S. Barañao. — Carlos R. Fernández