MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 574/2008

Registro Nº 425/2008

Bs. As., 22/5/2008

VISTO el Expediente Nº 1.252.882/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente Nº 1.252.882/07, obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS y la ASOCIACION DE FABRICANTES DE CELULOSA Y PAPEL, ratificado a foja 27, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en dicho Acuerdo las partes convienen para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 412/05, del cual son las mismas partes signatarias, el pago de una suma no remunerativa por única vez, de DOSCIENTOS SETENTA PESOS ($ 270.-), conforme a los términos y contenidos del texto pactado.

Que corresponde indicar asimismo, que las sumas extraordinarias acordadas en el presente Acuerdo no serán tomadas como base para la futura discusión salarial.

Que el ámbito de aplicación de los presentes se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS y la ASOCIACION DE FABRICANTES DE CELULOSA Y PAPEL, que luce a foja 2 del Expediente Nº 1.252.882/07, ratificado a foja 27, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.252.882/07.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 412/05.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.252.882/07

Buenos Aires, 26 de Mayo de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 574/08, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 425/08. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 18 días del mes de diciembre de 2007, se reúnen en la sede de la Federación de Obreros y Empleados de la Industria del Papel, Cartón y Químicos, representada por Blas Juan ALARI, José R. LUQUE, Alberto PORTO, Francisco V. Romero, Juaquín H. DIAZ, Mario FERNANDEZ y Mártires Cubilla y por la Asociación de Fabricantes de Celulosa y Papel, los Señores Osvaldo Vassallo y Enrique Pigretti, quienes, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 412/05, arriban al siguiente acuerdo:

1) Las empresas abonarán a todo el personal incluido en el convenio premencionado una suma no remunerativa, por única vez, de $ 270 (pesos doscientos setenta), cuyo pago se hará efectivo con anterioridad del día 27 de diciembre de 2007, en concepto de premio 75º aniversario de la Asociación de Fabricantes de Celulosa y Papel.

Las partes establecen que el presente acuerdo será de aplicación inmediata, firmándose cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, para ser presentado en el expediente 977812/94 a los efectos de su homologación por la Autoridad Laboral Nacional.