Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL

Resolución 799/2008

Sustitúyense los Anexos I y II de la Resolución Nš 603/2004, en relación con la constitución del mencionado Consejo.

Bs. As., 28/7/2008

VISTO el Expediente Nš 1.094.514/2004 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nš 24.013 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 2725 del 26 de diciembre de 1991 y 1095 del 25 de agosto de 2004 y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 603 del 25 de agosto de 2004, 743 del 28 de julio de 2006, 760 del 28 de julio de 2006, 689 del 10 de julio de 2007 y 690 del 10 de julio de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nš 1095/04 se convocó al CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL, creado por la Ley Nš 24.013, designándose como Presidente de dicho Consejo al Sr. Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Que asimismo, por el Decreto citado en el considerando precedente se facultó al titular de esta Cartera de Estado para constituir el citado Consejo Nacional y para proceder a designar a los DIECISEIS (16) miembros titulares y a sus respectivos DIECISEIS (16) miembros suplentes que, en igual número y en representación de los trabajadores y de los empleadores, integrarán ese organismo, a propuesta de las entidades respectivas.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nš 603 del 25 de agosto de 2004, fue constituido el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL, designándose los integrantes del mencionado Consejo Nacional en representación sector empleador privado y del sector trabajador en calidad de Consejeros —titulares y sus respectivos suplentes—, de acuerdo a los Anexos I y II que integran la referida resolución.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nš 689 del 10 de julio de 2007 fueron sustituidos los mencionados Anexos y por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nš 690 del 10 de julio de 2007 fue sustituido el Anexo I de la mencionada Resolución.

Que por nota de fecha 17 de julio de 2008, la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CGT), modificó la nominación de sus consejeros titulares y alternos, solicitando la incorporación de los cambios operados.

Que mediante nota de fecha 24 de julio de 2008, la entidad CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS modificó la nominación de sus consejeros titulares y alternos, solicitando la incorporación de los cambios operados.

Que mediante nota de fecha 25 de julio de 2008, la CENTRAL DE TRABAJADORES DE LA ARGENTINA (CTA), modificó la nominación de sus representantes titulares y suplentes, en los términos que surgen de la misma.

Que mediante nota de fecha 25 de julio de 2008, la UNION INDUSTRIAL ARGENTINA modificó la nominación de sus consejeros titulares y alternos, solicitando la incorporación de los cambios operados.

Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario efectuar la sustitución de los Anexos que forman parte integrante de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nš 603 del 25 de agosto de 2004, modificado en su oportunidad por las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nš 689 y 690, ambas, del 10 de julio de 2007.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 49 del Decreto N° 1095/04.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1š — Sustitúyese el Anexo I de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nš 603 del 25 de agosto del 2004, por el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

Art. 2š — Sustitúyase el Anexo II de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nš 603 del 25 de agosto del 2004, por el Anexo II que forma parte integrante de la presente.

Art. 4š — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Tomada.

ANEXO I

 

SECTOR EMPLEADOR

Consejeros

Titular

Daniel FUNES DE RIOJA

Suplente

Osvaldo DAPUETTO

Titular

Juan Carlos SACCO

Suplente

Darío HERMIDA MARTINEZ

Titular

Juan José ETALA

Suplente

Juan Carlos MARIANI

Titular

Ricardo GÜELL

Suplente

Guillermo MORETTI

Titular

Horacio MARTINEZ

Suplente

Julio CABALLERO

Titular

Luciano MIGUENS

Suplente

Abel F. GUERRIERI

Titular

Eduardo Oscar BUZZI

Suplente

Guillermo Luis GIANNASI

Titular

Mario LLAMBIAS

Suplente

Ricardo GRIMAU

Titular

Fernando Alberto GIOINO

Suplente

Miguel Angel GIRAUDO

Titular

Ovidio BOLO

Suplente

Pedro ETCHEBERRY

Titular

Jorge ALVAREZ

Suplente

Norberto PELUSO

Titular

Osvaldo José CORNIDE

Suplente

Jorge Alberto BIENATI

Titular

Carlos Enrique WAGNER

Suplente

Gregorio CHODOS

Titular

Jorge Horacio BRITO

Suplente

Norberto C. PERUZZOTTI

Titular

Adelmo Juan José GABBI

Suplente

Eduardo Juan VIÑALES

Titular

Francisco DOS REIS

Suplente

Edgardo CARACOTCHE

ANEXO II

SECTOR TRABAJADOR

Consejeros

Titular

Hugo Antonio MOYANO

Suplente

Julio PIUMATO

Titular

Juan BELEN

Suplente

Carlos RIOS

Titular

Gerardo MARTINEZ

Suplente

Viviana CORDOBA

Titular

Gerónimo VENEGAS

Suplente

Luis HLEBOWICZ

Titular

Andrés RODRIGUEZ

Suplente

Jorge LOBAIS

Titular

José PEDRAZA

Suplente

Juan SCHMID

Titular

Héctor DAER

Suplente

Nelso FARINA

Titular

Oscar LESCANO

Suplente

Omar MATURANO

Titular

Juan José ZANOLA

Suplente

Noé RUIZ

Titular

Armando CAVALIERI

Suplente

Carlos SUEIRO

Titular

Roberto FERNANDEZ

Suplente

Omar SUAREZ

Titular

Omar VIVIANI

Suplente

Domingo MOREYRA

Titular

José RODRIGUEZ

Suplente

Ramón BALDASSINI

Titular

Hugo YASKY

Suplente

Milagros SALAS

Titular

Pedro WASIEJKO

Suplente

José RIGANE

Titular

Pablo MICHELLI

Suplente

Daniel BARRAGAN