Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL
Resolución 799/2008
Sustitúyense los Anexos I y II de la Resolución Nš 603/2004, en relación con la constitución del mencionado Consejo.
Bs. As., 28/7/2008
VISTO el Expediente Nš 1.094.514/2004 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nš 24.013 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 2725 del 26 de diciembre de 1991 y 1095 del 25 de agosto de 2004 y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 603 del 25 de agosto de 2004, 743 del 28 de julio de 2006, 760 del 28 de julio de 2006, 689 del 10 de julio de 2007 y 690 del 10 de julio de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nš 1095/04 se convocó al CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL, creado por la Ley Nš 24.013, designándose como Presidente de dicho Consejo al Sr. Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Que asimismo, por el Decreto citado en el considerando precedente se facultó al titular de esta Cartera de Estado para constituir el citado Consejo Nacional y para proceder a designar a los DIECISEIS (16) miembros titulares y a sus respectivos DIECISEIS (16) miembros suplentes que, en igual número y en representación de los trabajadores y de los empleadores, integrarán ese organismo, a propuesta de las entidades respectivas.
Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nš 603 del 25 de agosto de 2004, fue constituido el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL, designándose los integrantes del mencionado Consejo Nacional en representación sector empleador privado y del sector trabajador en calidad de Consejeros titulares y sus respectivos suplentes, de acuerdo a los Anexos I y II que integran la referida resolución.
Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nš 689 del 10 de julio de 2007 fueron sustituidos los mencionados Anexos y por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nš 690 del 10 de julio de 2007 fue sustituido el Anexo I de la mencionada Resolución.
Que por nota de fecha 17 de julio de 2008, la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CGT), modificó la nominación de sus consejeros titulares y alternos, solicitando la incorporación de los cambios operados.
Que mediante nota de fecha 24 de julio de 2008, la entidad CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS modificó la nominación de sus consejeros titulares y alternos, solicitando la incorporación de los cambios operados.
Que mediante nota de fecha 25 de julio de 2008, la CENTRAL DE TRABAJADORES DE LA ARGENTINA (CTA), modificó la nominación de sus representantes titulares y suplentes, en los términos que surgen de la misma.
Que mediante nota de fecha 25 de julio de 2008, la UNION INDUSTRIAL ARGENTINA modificó la nominación de sus consejeros titulares y alternos, solicitando la incorporación de los cambios operados.
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario efectuar la sustitución de los Anexos que forman parte integrante de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nš 603 del 25 de agosto de 2004, modificado en su oportunidad por las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nš 689 y 690, ambas, del 10 de julio de 2007.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 49 del Decreto N° 1095/04.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1š Sustitúyese el Anexo I de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nš 603 del 25 de agosto del 2004, por el Anexo I que forma parte integrante de la presente.
Art. 2š Sustitúyase el Anexo II de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nš 603 del 25 de agosto del 2004, por el Anexo II que forma parte integrante de la presente.
Art. 4š Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Carlos A. Tomada.
ANEXO I
SECTOR EMPLEADOR Consejeros |
|||
Titular |
Daniel FUNES DE RIOJA |
Suplente |
Osvaldo DAPUETTO |
Titular |
Juan Carlos SACCO |
Suplente |
Darío HERMIDA MARTINEZ |
Titular |
Juan José ETALA |
Suplente |
Juan Carlos MARIANI |
Titular |
Ricardo GÜELL |
Suplente |
Guillermo MORETTI |
Titular |
Horacio MARTINEZ |
Suplente |
Julio CABALLERO |
Titular |
Luciano MIGUENS |
Suplente |
Abel F. GUERRIERI |
Titular |
Eduardo Oscar BUZZI |
Suplente |
Guillermo Luis GIANNASI |
Titular |
Mario LLAMBIAS |
Suplente |
Ricardo GRIMAU |
Titular |
Fernando Alberto GIOINO |
Suplente |
Miguel Angel GIRAUDO |
Titular |
Ovidio BOLO |
Suplente |
Pedro ETCHEBERRY |
Titular |
Jorge ALVAREZ |
Suplente |
Norberto PELUSO |
Titular |
Osvaldo José CORNIDE |
Suplente |
Jorge Alberto BIENATI |
Titular |
Carlos Enrique WAGNER |
Suplente |
Gregorio CHODOS |
Titular |
Jorge Horacio BRITO |
Suplente |
Norberto C. PERUZZOTTI |
Titular |
Adelmo Juan José GABBI |
Suplente |
Eduardo Juan VIÑALES |
Titular |
Francisco DOS REIS |
Suplente |
Edgardo CARACOTCHE |
ANEXO II
SECTOR TRABAJADOR Consejeros |
|||
Titular |
Hugo Antonio MOYANO |
Suplente |
Julio PIUMATO |
Titular |
Juan BELEN |
Suplente |
Carlos RIOS |
Titular |
Gerardo MARTINEZ |
Suplente |
Viviana CORDOBA |
Titular |
Gerónimo VENEGAS |
Suplente |
Luis HLEBOWICZ |
Titular |
Andrés RODRIGUEZ |
Suplente |
Jorge LOBAIS |
Titular |
José PEDRAZA |
Suplente |
Juan SCHMID |
Titular |
Héctor DAER |
Suplente |
Nelso FARINA |
Titular |
Oscar LESCANO |
Suplente |
Omar MATURANO |
Titular |
Juan José ZANOLA |
Suplente |
Noé RUIZ |
Titular |
Armando CAVALIERI |
Suplente |
Carlos SUEIRO |
Titular |
Roberto FERNANDEZ |
Suplente |
Omar SUAREZ |
Titular |
Omar VIVIANI |
Suplente |
Domingo MOREYRA |
Titular |
José RODRIGUEZ |
Suplente |
Ramón BALDASSINI |
Titular |
Hugo YASKY |
Suplente |
Milagros SALAS |
Titular |
Pedro WASIEJKO |
Suplente |
José RIGANE |
Titular |
Pablo MICHELLI |
Suplente |
Daniel BARRAGAN |