SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES

GERENCIA DE COORDINACION MEDICA

Instrucción S.A.F.J.P. Nº 26/99

Bs. As., 12/10/99

VISTO las Resolución SAFJP Nº 399/96 y la Disposición Interna SAFJP Nº 163/99 de la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES, y

CONSIDERANDO:

Que por razones operativas deben modificarse los horarios de atención al público de las Comisiones Médicas Nº 23 - Salta y Nº 29 Santiago del Estero.

Que dicha modificación se realiza ampliando el horario de atención de las mencionadas Comisiones Médicas, con el objetivo de ofrecer a los usuarios un servicio más adecuado a las nuevas condiciones operativas.

Que es necesario que los afiliados y beneficiarios del Sistema de la Seguridad Social, las administradoras, compañías de seguro y público en general tengan conocimiento del horario de atención de las Comisiones Médicas creadas por Ley Nº 24.241 y modificadas por Ley Nº 24.557.

Que la presente se dicta en virtud de lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 118 y los incisos a), b), i) y j) del artículo 119 de la Ley Nº 24.241 y el Decreto Nº 1883/94.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRADORAS DE JUBILACIONES Y PENSIONES

INSTRUYE:

ARTICULO 1º – Establécese para la Comisión Médica Nº 23, localizada en la provincia de Salta, el horario de atención al público de 7:30 hrs. a 13:30 hrs.

ARTICULO 2º – Establécese para la Comisión Médica Nº 29, localizada en la provincia de Santiago del Estero, el horario de atención al público 12:00 hrs. a 18:00 hrs.

ARTICULO 3º – Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — IGNACIO KRUGUER, Gerente General en ejercicio del cargo del Superintendente de la SAFJP.

e. 18/10 Nº 295.280 v. 18/10/99