MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Nº 589/2008

Bs. As., 25/7/2008

VISTO el expediente Nº 024-99-81144354-5-790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el Decreto Nº 2741 del 26 de diciembre de 1991 ratificado por el Artículo 167 de la Ley Nº 24.241, la Resolución D.E.-N Nº 909 de fecha 1º de septiembre de 2004, la Resolución D.E.-N Nº 038 de fecha 30 de enero de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución D.E.-N Nº 909 del 1º de septiembre de 2004 aprobó el cronograma y procedimiento de formulación e implementación del PLAN OPERATIVO ANUAL de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) en sus componentes de proyectos, objetivos y metas operativas.

Que, por su parte, la Resolución D.E.-N Nº 038 de fecha 13 de enero de 2008, aprobó el PLAN OPERATIVO ANUAL (POA) correspondiente al primer semestre del ejercicio 2008.

Que la mencionada Resolución estableció que con el fin de ajustar posibles adecuaciones operativas, las Gerencias de Primer Nivel debían proponer los objetivos para la segunda mitad del año en curso antes del 30/05/08 para su evaluación por parte de la Gerencia Planeamiento.

Que no obstante las previsiones establecidas en las normas antes mencionadas corresponde considerar que resulta necesario que la Gerencia Planeamiento lleve a cabo un seguimiento de todas las iniciativas que puedan surgir tanto de las reuniones periódicas del Comité de Proyectos como de aquellas con nivel de Gabinete de la Dirección Ejecutiva que por razones de coyuntura no se encuentran contempladas en el Plan Operativo Anual.

Que en este sentido se hace necesario formalizar las metas operativas y proyectos que formarán parte del PLAN OPERATIVO ANUAL (POA) 2008 correspondiente al segundo semestre.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 3º del Decreto Nº 2741 de fecha 26 de diciembre de 1991 y el Artículo 36 de la Ley Nº 24.241.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase el PLAN OPERATIVO ANUAL (POA) de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) correspondiente al segundo semestre del ejercicio 2008 en su componente de metas operativas cuyos compromisos se encuentran agregados como ANEXO I de la presente Resolución.

ARTICULO 2º — Apruébanse los PROYECTOS de ANSES a ejecutarse durante el segundo semestre del año 2008 que se encuentran agregados como ANEXO II a la presente.

ARTICULO 3º — Apruébanse los Compromisos de Resultados de Gestión (CRG) que resultan de la asignación a cada Gerencia de Primera Línea responsable de las metas operativas y proyectos que fueron aprobados por los artículos precedentes los cuales se encuentran consensuados por el Comité Integral de Proyectos en reunión de fecha 15/07/2008.

ARTICULO 4º — Las Gerencias de Primera Línea deberán remitir a la Gerencia Planeamiento, dentro de los DIEZ (10) días hábiles contados desde la conclusión de cada período de evaluación, la información que les fuera requerida a fin de proceder a realizar la evaluación de cumplimiento respectiva.

ARTICULO 5º — En los casos en que como consecuencia de acuerdos aprobados en el ámbito del Comité Integral de Proyectos o en Reuniones de Gabinete de la Dirección Ejecutiva sugieran iniciativas que deben ser objeto de seguimiento y que no se encuentren formalizadas en el Plan Operativo Anual, las mismas serán objeto de monitoreo por parte de la Gerencia Planeamiento a través de la Gerencia Proyectos Especiales.

ARTICULO 6º — Encomiéndase a la Gerencia Planeamiento la presentación de una propuesta que regule el seguimiento de las actividades monitoreadas con nivel de iniciativa otorgando a tal efecto el plazo de NOVENTA (90) días desde la vigencia de la presente. Dicho procedimiento deberá prever los casos en que alguna de estas actividades requiera su inclusión en el Plan Operativo Anual.

ARTICULO 7º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — Lic. AMADO BOUDOU, Director Ejecutivo.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.

e. 13/08/2008 Nº 6775/08 v. 13/08/2008