MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES

Decreto 1333/2008

Declárase monumento histórico nacional al edificio del Casino de Oficiales de la ex Escuela de Mecánica de la Armada.

Bs. As., 19/8/2008

VISTO el expediente Nº 7506/05 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por el que se propone la declaratoria de monumento y de lugar histórico nacional de los inmuebles que pertenecieran a la ex ESCUELA DE MECANICA DE LA ARMADA (ESMA), de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y

CONSIDERANDO:

Que el 24 de marzo de 1976 las Fuerzas Armadas Argentinas produjeron la ruptura del orden institucional, asumiendo de facto la conducción del Estado, con el nombre de "Proceso de Reorganización Nacional", el cual se prolongó hasta el año 1983.

Que en el marco de dicho "Proceso" funcionaron diversos centros clandestinos de detención, en violación de garantías constitucionales y derechos humanos.

Que uno de los centros más importantes fue instalado en la entonces ESCUELA DE MECANICA DE LA ARMADA (ESMA).

Que, en gran medida, los episodios de represión ilegal ocurridos en aquella Escuela —que incluyen delitos de lesa humanidad tales como tortura, desaparición de personas y apropiación de menores—, reconstruidos testimonialmente, motivaron una toma de conciencia de la opinión pública respecto de aquel sistema represivo implementado por fuera del estado de derecho.

Que en particular el edificio del Casino de Oficiales fue el escenario de las más aberrantes violaciones a los derechos humanos.

Que la COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS, en atención al valor de memoria que la materialidad del sitio posee, recomienda la declaratoria de monumento y de lugar histórico nacional.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la debida intervención.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Declárase monumento histórico nacional al edificio del Casino de Oficiales de la ex ESCUELA DE MECANICA DE LA ARMADA (ESMA), comprendido en la fracción del polígono formado por las calles PICO, LA CACHILA, MURATORE y SAN MARTIN con frente hacia la Avenida DEL LIBERTADOR —cuyo croquis forma parte del presente como Anexo I—, ubicado en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. Datos Catastrales: Circunscripción 16, Sección 29, Manzana 110 A.

Art. 2º — Declárase lugar histórico nacional al predio y restantes edificios de la ex ESCUELA DE MECANICA DE LA ARMADA (ESMA) en toda su extensión, ubicado en la Avenida DEL LIBERTADOR Nº 8151/8209/8305/8401/8461 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. Datos Catastrales: Circunscripción 16, Sección 29, Manzana 110 A.

Art. 3º — Invítase al ENTE PUBLICO ESPACIO PARA LA MEMORIA Y PARA LA PROMOCION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS a convenir con la COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS las modalidades de intervención en el área declarada lugar histórico nacional por el artículo precedente, debiendo respetarse la configuración actual del predio y sus edificaciones, la relación volumétrica y espacial entre esta última y el marco paisajístico existente; todo ello a efectos de preservar la memoria morfológica del sitio en cuestión, exceptuándose de tal protección las estructuras de hormigón en desuso sobre la Avenida LUGONES, cuya demolición se autoriza, por el riesgo que importan.

Art. 4º — La COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos en la Ley Nº 12.665 modificada por la Ley Nº 24.252, en su reglamentación y en las normas complementarias debiendo practicar las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa.— Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I