MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

OFICINA ANTICORRUPCION

Resolución Nº 8/2008

Bs. As., 21/8/2008

VISTO los Decretos del Poder Ejecutivo Nacional números 102/99, 1862/04, 516/05, 466/2007 y la Resolución MJSyDHN Nº 1316/00 del 21/05/08; Y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución FCA Nº 6/2005 de fecha 8 de junio de 2005 el suscripto autorizó al Sr. DIRECTOR DE INVESTIGACIONES de esta OFICINA ANTICORRUPCION, a rubricar las resoluciones adoptadas en las actuaciones que se formen en dicha Dirección, enunciadas en los incisos b) y c) del artículo 2º del Reglamento Interno de la Dirección de Investigaciones de la Oficina Anticorrupción aprobado por Resolución MJDH Nº 749/00, es decir aquellas que resuelven la desestimación de la actuación cuando no surja la comisión de ningún hecho delictivo o irregularidad administrativa, el archivo y la remisión a la dependencia correspondiente o al fuero competente, cuando las irregularidades puestas en conocimiento no son del ámbito, competencia o gestión de la OFICINA ANTICORRUPCION; todo ello sin perjuicio de la facultad de revisión del suscripto cuando lo estime pertinente.

Que al día de la fecha se mantienen los motivos que aconsejaron el dictado de dicha autorización.

Que con fecha 21 de mayo de 2008 el Sr. Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación dictó la Resolución MJSyDH Nº 1316/08 que aprueba un nuevo Reglamento Interno de la Dirección de Investigaciones y deroga el establecido en la Resolución MJDH Nº 749/00.

Que la nueva disposición no modifica la redacción del artículo 2º de la Resolución MJDH Nº 749/00 ni altera las facultades del Director de Investigaciones, manteniéndose vigente la delegación conferida por la Resolución FCA Nº 6/2005.

Que no obstante ello, resulta aconsejable sustituir el texto de la citada resolución por otro que consigne expresamente las nuevas normas reglamentarias, a fin de evitar posibles confusiones interpretativas.

Que a fs. 14/15 se ha expedido en tal sentido la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio;

Por ello;

EL SEÑOR FISCAL DE CONTROL ADMINISTRATIVO DE LA OFICINA ANTICORRUPCION

RESUELVE:

ARTICULO 1º — AUTORIZAR al Sr. DIRECTOR DE INVESTIGACIONES de esta OFICINA ANTICORRUPCION, a rubricar las resoluciones adoptadas en las actuaciones que se formen en dicha Dirección, enunciadas en los incisos b) y c) del artículo 2º del Reglamento Interno de la Dirección de Investigaciones de la Oficina Anticorrupción aprobado por Resolución MJSyDH Nº 1316/08; ello sin perjuicio de la facultad de revisión de quien suscribe cuando lo estime pertinente.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — ABEL FLEITAS ORTIZ DE ROZAS, Fiscal de Control Administrativo, Oficina Anticorrupción.

e. 28/08/2008 Nº 7775/08 v. 28/08/2008