JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1372/2008

Créase la "Marca Argentina", isologotipo que permitirá homogeneizar la imagen Nacional en el Mundo.

Bs. As., 26/8/2008

VISTO el Decreto Nº 21 del 10 de diciembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el decreto citado en el visto se reordenaron las responsabilidades de distintas áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL en función de las competencias asignadas a cada una de ellas.

Que el Jefe de Gabinete de Ministros es responsable de la administración general del país, y en tal sentido resulta prioritario articular una estrategia nacional que coordine esfuerzos, tanto del sector público como del privado, para optimizar la imagen de la República Argentina en el exterior, con el beneficio que de ello se deriva, para todos los sectores de la sociedad.

Que, a los fines de homogeneizar la imagen nacional en el mundo a través de una Marca Argentina, ha resultado pertinente denominar a la mencionada estrategia "ESTRATEGIA MARCA PAIS (EMP) la que ha sido puesta en marcha por la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con la colaboración del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, a partir de la presentación de su Documento Fundacional el 21 de julio de 2004.

Que asimismo resulta pertinente la creación del Signo Oficial que luce en el Anexo del presente, cuyo isologotipo ha sido elegido mediante concurso público nacional, cuyo acto de selección final fue realizado según consta en acta notarial del 19 de diciembre de 2005 ante Escribano General de la Nación.

Que compete al PODER EJECUTIVO NACIONAL definir las áreas que entenderán en el cumplimiento de los objetivos de la citada ESTRATEGIA MARCA PAIS (EMP).

Que han tomado la intervención que les compete la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1º de la Constitución Nacional.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Créase la "MARCA ARGENTINA", cuyo Signo Oficial será el isologotipo que luce en el ANEXO que forma parte integrante del presente, la que permitirá homogeneizar la imagen nacional en el mundo.

Art. 2º — Créase, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la "COMISION INTERSECTORIAL DE LA ESTRATEGIA MARCA PAIS ARGENTINA", la que estará conformada por un representante de las siguientes jurisdicciones: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO; SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, quienes deberán revestir un cargo no inferior a Director Nacional.

Art. 3º — La COMISION creada en el Artículo 2º tendrá los siguientes objetivos:

1. Administrar y gerenciar la ESTRATEGIA MARCA PAIS (EMP) y la MARCA ARGENTINA.

2. Articular, con el sector público y el privado, la utilización de la MARCA ARGENTINA para optimizar la imagen de la República Argentina en el exterior.

3. Coordinar el trabajo interjurisdiccional en materia logística, administrativa y organizativa y en todo aquello que resulte pertinente para el cumplimiento de sus objetivos.

Art. 4º — La COMISION INTERSECTORIAL DE LA ESTRATEGIA MARCA PAIS ARGENTINA será presidida por el SECRETARIO DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en representación de dicha jurisdicción. La SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS atenderá por cuenta propia las posibles erogaciones presupuestarias que implique el funcionamiento de la Comisión.

Art. 5º — Facúltase a los titulares de los Organismos citados en el Artículo 2º, a requerir la participación y colaboración de Organismos Públicos Nacionales, Provinciales o Municipales para el cumplimiento de los objetivos señalados.

Art. 6º — Invítase a los Organismos Públicos Provinciales y Municipales de todo el país a colaborar en la coordinación de las acciones de la ESTRATEGIA MARCA PAIS (EMP).

Art. 7º — Instrúyese al Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para la implementación de lo establecido en el presente decreto.

Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa. — Jorge E. Taiana.

ANEXO: ISOLOGOTIPO

Tipografía para "Argentina": Trade Gothic®

Cinta Superior: Celeste - Uso prioritario en turismo

Pantone 306C

CMYK C100 / M0 / Y15 / K0

RGB R0 / G158 / B184

Hexadecimal 1 / 9C / B1

Vinilo Oracal 851 > blue 067

Cinta Central: Gris / Plata - Uso prioritario en conocimiento

Pantone 421C

CMYK C30 / M20 / Y26

RGB R179 / G179 / B161

Hexadecimal B3 / B4 / A3

Vinilo Oracal 8510 > simple grey 730

Cinta inferior: Azul - Uso prioritario en comercio

Pantone 301C

CMYK C100 / M65 / Y35 / K0

RGB R8 / G72 / B135

Hexadecimal 9 / 35 / 68

Vinilo Oracal 851 > blue 067