Ente Nacional Regulador de la Electricidad

PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA

Resolución 409/2008

Apruébanse con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas distribuidoras Edenor S.A., Edesur S.A. y Edelap S.A., durante el período comprendido entre el 10 de julio y el 9 de agosto de 2008.

Bs. As., 20/8/2008

VISTO: el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005, la Resolución SE Nº 1063/2005, la Resolución SE Nº 942/2006, la Resolución SE Nº 797/2008, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005, la Resolución ENRE Nº 602/2005, la Resolución ENRE Nº 324/2008, la Resolución ENRE Nº 356/2008 y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante "Versión 2005 del PUREE"), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/2004, (en adelante "Versión 2004 del PUREE").

Que, por su parte, el artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (en adelante ENRE) es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este organismo la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del 10% estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre el día 10/6/2008 y el 9/7/2008 inclusive, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.

Que, en este sentido, "EDESUR S.A.", mediante Nota de ENTRADA Nº 146.757 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión ascendieron a 49.680.273 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% en esta categoría alcanzó a 149.723.574 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS CON 38/100 ($ 5.770.416,38) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS SESENTA CON 50/100 ($ 21.360,50); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 16.076.745 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 11.375.030 kWh lo que implicó Ia aplicación de cargos por exceso por PESOS DOS MILLONES SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 57/100 ($ 2.073.743,57) y ajustes por PESOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 57/100 ($ 43.341,57); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 3.502.185 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 13.260.730 kWh y los cargos en exceso alcanzaron PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 21/100 ($ 1.828.598,21) y ajustes por PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 21/100 ($ 6.489,21); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 1.045.221 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 13.690.720 kWh, Ios cargos en exceso alcanzaron a PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA SElS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 96/100 ($ 1.376.544,96) y los ajustes aplicados ascendieron a PESOS TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 16/100 ($ 3.376,16); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 11.509.174 kWh en tanto el consumo en exceso fue de 23.692.610 kWh lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 12/100 ($ 2.664.264,12) y ajustes por PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 95/100 ($ 6.836,95); los usuarios T3 BT ahorraron 7.887.441 kWh, consumieron en exceso 28.737.498 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUATRO CON 99/100 ($ 2.438.704,99) y ajustes por PESOS DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA CON 83/100 ($ 2.230,83); los T3 MT ahorraron 9.732.831 kWh, consumieron en exceso 30.169.004 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO VEINTIOCHO CON 76/100 ($ 2.451.128,76) o así también ajustes por valor de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES CON 63/100 ($ 381.773,63); en el caso de los usuarios de peaje BT los ahorros alcanzaron 134.043 kWh, los consumos en exceso 546.191 kWh y los cargos afrontados PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 65/100 ($ 44.797,65) y ajustes por $ 2/100; en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de 928.905 kWh, los consumos en exceso 3.799.514 kW y los cargos abonados PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTITRES con 77/100 ($ 341.223,77) y ajustes por $ 1/100.

Que, por su parte mediante Nota de ENTRADA Nº 146.755 "EDELAP S.A." informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 6.194.086 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 16.888.010 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS SETECIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 66/100 ($ 709.295,66); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 97/100 ($ 36.554,97); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 1.570.474 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 1.382.051 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 22/100 ($ 236.335,22); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS SIETE MIL SETECIENTOS SEIS CON 81/100 ($ 7.706,81); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 314.772 kWh, los consumos en exceso de Ia pauta del 10% fueron de 1.043.448 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CIENTO TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON 35/100 ($ 133.561,35), registrándose ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 90/100 ($ 20.854,90); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 117.953 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 688.057 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 28/100 ($ 64.677,28); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 79/100 ($ 54.756,79); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 804.478 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 2.108.693 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y TRES CON 57/100 ($ 236.173,57) mientras los ajustes fueron de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CATORCE CON 13/100 ($ 156.614,13); los usuarios T3 BT ahorraron 789.632 kWh, consumieron en exceso 1.915.907 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 76/100 ($ 147.524,76), en tanto los ajustes ascendieron a PESOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA CON 4/100 ($ 45.630,04); los T3 MT ahorraron 634.403 kWh, consumieron en exceso 2.108.866 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y SEIS CON 8/100 ($ 156.056,08) siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 74/100 ($ 165.755,74); en cuanto a los usuarios de peaje, los consumos en exceso en BT fueron de 1.522 kWh y los cargos afrontados de PESOS TRECE CON 36/100 ($ 13,36) y los ajustes ascendieron a PESOS CIENTO CUARENTA CON 75/100 ($ 140,75), mientras que en MT los consumos en exceso ascendieron a 293.886 kWh siendo los cargos iguales a PESOS UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 80/100 ($ 1.451,80).

Que a su vez, "EDENOR S.A.", por medio de Nota de ENTRADA Nº 146.591, informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 62.146.064 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 192.166.219 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS OCHO MILLONES SETENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON 46/100 ($ 8.070.980,46), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS CON 80/100 ($ 29.822,80); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 15.117.488 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 10.285.892 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 19/100 ($ 1.923.484,19), mientras los ajustes fueron de PESOS DOCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 71/100 ($ 12.651,71); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 2.498.960 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 10.106.838 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL SESENTA Y NUEVE CON 76/100 ($ 1.425.069,76), y los ajustes fueron de PESOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON 16/100 ($ 24.561,16); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 369.745 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 7.684.696 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS VEINTICINCO CON 32/100 ($ 791.525,32), y los ajustes fueron de PESOS QUINCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 60/100 ($ 15.282,60); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 11.014.165 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 25.026.066 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO DIEZ CON 22/100 ($ 2.978.110,22), y los ajustes fueron de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 88/100 ($ 664,88); los usuarios T3 BT ahorraron 7.420.012 kWh, consumieron en exceso 28.100.881 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y TRES CON 16/100 ($ 1.276.173,16); los T3 MT ahorraron 7.096.829 kWh, consumieron en exceso 31.993.356 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 64/100 ($ 2.463.488,64) y ajustes por PESOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SEIS CON 19/100 (63.606,19) en cuanto a los usuarios de peaje, en BT los ahorros fueron de 108.923 kWh, el consumo en exceso fue de 348.112 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 9/100 ($ 28.197,09), mientras que los usuarios en MT ahorraron 1.188.934 kWh, consumieron en exceso 20.000.504 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA MIL TREINTA Y SEIS CON 57/100 ($ 1.540.036,57).

Que mediante Resolución ENRE Nº 324/2008 (rectificada por la Nº 356/2008) se aprobaron los nuevos Cuadros Tarifarios (CT) de las empresas Distribuidoras con vigencia a partir del 1/7/08, de acuerdo a las pautas señaladas por la Secretaría de Energía en su Nota SE Nº 858/2008.

Que al respecto, cabe señalar que el "PUREE versión 2005" (Resolución SE Nº 745/2005), establece que los cargos adicionales que abonen los usuarios al consumir por sobre el objetivo de ahorro sean debitados al usuario en esa misma facturación; la valorización de estas sanciones se efectúa aplicando sobre la energía consumida en exceso los cargos variables correspondientes a cada categoría tarifaria.

Que a fin de evitar los inconvenientes que produce la entrada en vigencia de un nuevo CT en el desarrollo del programa, el esquema de valorización de los cargos adicionales debe ponderar los cargos variables de cada categoría tarifaria por la cantidad de días de facturación en que se encontraba vigente el CT anterior y la cantidad de días en que rige el nuevo CT, a partir del momento de la notificación de este último por parte de las Distribuidoras.

Que adicionalmente, la Resolución ENRE Nº 324/2008 introduce una nueva segmentación de la categoría Residencial que debe ser incorporada sin afectar el funcionamiento operativo del PUREE.

Que en este sentido, ajustando este cambio al Modelo de Datos aprobado por Resolución ENRE Nº 479/2005, el valor del coeficiente Kp al que se valorizarán las bonificaciones de la categoría Residencial será único, independientemente de la segmentación aludida.

Que asimismo, corresponde mencionar la Resolución SE Nº 797/2008 y el cambio que incorpora al programa, que suprime el pago de bonificaciones para aquellos consumos Residenciales mayores a 1000 kWh/bimestre.

Que la energía ahorrada por aquellos consumos superiores a 1000 kWh/bimestre debe incluirse en eI campo 9 (Energía ahorrada total en el período) de la TABLA 1 - GENERAL del Modelo de Datos, formando parte del cálculo del Kp de la categoría Residencial.

Que la entrada en vigencia de esta Resolución SE 797/2008, según lo establecido en su artículo 4º, es a partir de la facturación cuya medición se produzca con posterioridad al 31/7/2008.

Que en este sentido, considerando que los períodos analizados para el desarrollo del programa se inicia los días DIEZ (10) de cada mes y finalizan el día NUEVE (9) del mes siguiente (ARTICULO 2 de la Resolución ENRE Nº 479/2005), la eliminación de las bonificaciones para los consumos residenciales mayores a 1000 kWh/bimestre comenzará a regir para los ciclos de facturación cuyas mediciones finalicen con las lecturas que se produzca a partir del día 10/8/2008.

Que con relación al valor de los cargos adicionales para los distintos segmentos, continuando con el lineamiento establecido en la Resolución SE 745/2005, deberá utilizarse el cargo variable de cada escalón de consumo, considerando para su encuadramiento el correspondiente a un período (bimestral o mensual) ideal de duración.

Que se ha producido el correspondiente dictamen legal conforme lo previsto en el inciso d) del artículo 7 de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución SE Nº 745/2005 y el inciso s) del Artículo 56 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

Artículo 1º — Aprobar con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A." durante el periodo comprendido entre los días 10/07/2008 y 9/08/2008, que figuran como ANEXO I de la presente Resolución, conforme la información presentada con carácter de declaración jurada por las Distribuidoras.

Art. 2º — Disponer que ante el cambio del cuadro tarifario dispuesto por la Resolución ENRE Nº 324/2008 y su rectificatoria, el esquema de valorización de los cargos adicionales deberá ponderar los cargos variables de cada categoría por la cantidad de días de facturación en que rige el nuevo cuadro tarifario, a partir del momento de la notificación de este último por parte de la Distribuidora.

Art. 3º — Disponer que el coeficiente Kp al que se valorizan las bonificaciones de la categoria Residencial adoptará un único valor.

Art. 4º — Instruir a las Distribuidoras "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A." a incluir la energía ahorrada por los consumos Residenciales superiores a 1000 kWh/bimestre en el campo 9 (Energía ahorrada total en el período) de la TABLA 1 - GENERAL del Modelo de Datos aprobado por Resolución ENRE Nº 479/2005.

Art. 5º — Disponer que la eliminación de las bonificaciones para los consumos residenciales mayores a 1000 kWh/bimestre comenzará a regir para los ciclos de facturación cuyas mediciones finalicen con las lecturas que se produzcan a partir del día 10/8/2008.

Art. 6º — Disponer que a fin de valorizar los consumos en exceso de la categoría residencial, deberá utilizarse el cargo variable de cada segmento de consumo establecido en la Resolución ENRE Nº 324/2008, considerando para su encuadramiento el correspondiente a un período (bimestral o mensual) ideal de duración.

Art. 7º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como ANEXO II de la presente Resolución.

Art. 8º — Notifíquese a "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A.", "EDELAP S.A." y a la SECRETARIA DE ENERGIA.

Art. 9º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario H. de Casas. — Luis Barletta. — Jorge D. Belenda. — Marcelo Baldomir Kiener. — Eduardo O. Camaño.

ANEXO I DE LA RESOLUCION ENRE Nº 409/2008