Ministerio del Interior

CIRCUITOS ELECTORALES

Resolución 779/2008

Apruébase la subdivisión y creación de circuitos electorales, de conformidad con lo resuelto por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Santiago del Estero.

Bs. As., 8/9/2008

VISTO el Expediente Nº S02:0006951/2008 del registro de este Ministerio, el artículo 40 del Código Electoral Nacional aprobado por Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que con motivo de la creación de diversos Comisionados Municipales en la Provincia de Santiago del Estero, es propiciada por dicha jurisdicción la creación del Circuito Nº 195 "A" - Manogasta.

Que a raíz de la solicitud incoada por el señor Director Provincial Electoral ante el señor Juez Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Santiago del Estero, el magistrado, mediante Resolución de fecha 11 de julio de 2008, ha dispuesto la creación del Circuito Nº 195 "A" - Manogasta, y al mismo tiempo la subdivisión del Circuito Nº 195 - Arraga, cuyos límites y composición, en ambos casos, se describen en el Anexo I de la presente medida.

Que, a su vez, dispone que las mesas comiciales a constituirse, en los términos del artículo 41 del Código Electoral Nacional funcionaran en la Escuela Nº 810 "Santa Bárbara".

Que analizados los antecedentes traídos a consideración, resulta pertinente aprobar lo dispuesto por la judicatura.

Que al respecto, deberá tomarse nota de la modificación operada, por parte de la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL en el marco de la tarea de actualización de la cartografía electoral asumida por dicho organismo.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébense la subdivisión del Circuito Nº 195 - Arraga y la creación del Circuito Nº 195 "A" - Manogasta, de la Sección Electoral Silípica, los que quedan conformados y limitados, según la descripción obrante en el Anexo I de la presente medida, de conformidad con lo resuelto por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Santiago del Estero.

Art. 2º — Por la DIRECCION NACIONAL ELECTORALse procederá a la actualización de la información cartográfica obrante en dicha Dependencia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Florencio Randazzo.

LIMITES CIRCUITO 195 "A" MANOGASTA (SECCION ELECTORAL SILIPICA)

NORTE:

Sección Electoral Capital

SUR:

Sección Electoral Loreto.

ESTE:

El Río Dulce.

OESTE:

La Ruta Nacional N° 9

CIRCUITO 195 "A" MANOGASTA COMPOSICION

COMPUESTO POR PARAJES:

Buey Rodeo

Campo Nuevo

La Higuera

Manogasta

Upianita

CIRCUITO 195 "ARRAGA" (LUEGO DE LA SUBDIVISION)

PARAJES: