MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 720/2008

Registro Nº 547/2008

Bs. As., 26/6/2008

VISTO el Expediente Nº 1.266.798/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/5 del Expediente Nº 1.266.798/08 obra el Acuerdo suscripto entre la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y la FEDERACION DE OBREROS ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FOEESITRA), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo los firmantes pactan, en orden a lo establecido en el punto 16 del acta, cuya copia obra a fojas 6/11 y en el artículo 62 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 201/92, que dentro de los treinta (30) días de firmado el mismo, será publicada la correspondiente convocatoria para cubrir cuarenta (40) vacantes de la Categoría seis (6), de acuerdo al detalle de la cláusula primera.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y la FEDERACION DE OBREROS ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FOEESITRA), que luce a fojas 3/5 del Expediente Nº 1.266.798/08, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo, a fojas 3/5 del Expediente Nº 1.266.798/08.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 201/92.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.266.798/08

Buenos Aires, 2 de julio de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 720/08, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/5 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 547/08. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

Buenos Aires a los 11 días del mes de abril de 2008, se constituye la Comisión Paritaria Nacional del CCT 201/92, con la presencia de los Señores Rogelio RODRIGUEZ, Diógenes SALAZAR, Osvaldo CASTELNUOVO, Roberto CATALANO, Julio BUSTAMANTE, Angel BARREIRO, Daniel RODRIGUEZ, Jose MORETTI, Juan Carlos RANIERI, José RODRIGUEZ, Alberto TELL y Mario GUIÑAZU, en representación de la FEDERACION DE OBREROS ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIAS DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por una parte; y los Sres. José María PASTOR BEDOYA, Raúl GIORDANENGO y Daniel DI FILIPPO, en representación de TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., por la otra; quienes acuerdan lo siguiente:

PRIMERO: En cumplimiento de los dispuesto en el punto 16) del Acta Nº 1 de fecha 30/07/07, y en un todo de conformidad con los establecidos por el Sistema de Promociones que se establece en el Anexo I del CCT 201/92, las partes acuerdan que dentro de los próximos 30 días de firmada la presente serán publicadas las correspondientes convocatorias para cubrir las 40 vacantes de la Categoría 6, de acuerdo al siguiente detalle por sindicato adherido:

Sindicato

Vacantes

9 de Julio

2

Bahía Blanca

7

Chubut

4

Gral. Pico

2

La Plata

6

Mar del Plata

7

Mendoza

6

Pergamino

2

San Juan

2

Tandil

1

Villa Mercedes

1

1- GRUPO LABORAL EQUIPOS: la convocatoria para cubrir las vacantes considerará los conocimientos y habilidades de kilos postulantes en todas aquellas materias que le permitan desempeñar las funciones de "Oficial Técnico con funciones especiales de Equipos" categoría 6, perteneciente al Grupo Laboral Equipos:

a) Determinar y/o ejecutar acciones correctivas de emergencia; introducir en los elementos de planta modificaciones en su software; ejecutar los planes de Contingencia a fin de restablecer la prestación del servicio en los equipos que tengan asignados: así como también la Administración y mantenimiento en funcionamiento de Sistemas o Herramientas de Gestión y el análisis de datos de tráficos, facturación o de otro tipo que se hayan obtenido de los elementos de planta, con la correspondiente emisión de las acciones preventivas o correctivas que permitan asegurar y mejorar la prestación del Servicio.

b) Además de realizar las siguientes funciones propias del área de Planta Interna de las categorías inferiores:

I) Actividades de conservación, mantenimiento preventivo, las rutinas que sean necesarias a tal fin y su correcto registro, sobre los diversos elementos que componen los equipos de planta, así como también tareas de recolección rutinaria de información de tráfico, facturación o de otro tipo; la activación de líneas, facilidades y restricciones, mediante la modificación del perfil de la línea de clientes, ya sea por orden de servicio o reclamo; pudiendo utilizar como usuarios, terminales manuales, automáticos u otro medios informáticos para la introducción y obtención de los datos necesarios para su cometido.

II) Registrar, diagnosticar, localizar y reparar o gestionar la reparación de las averías, detectadas a través de comprobaciones, inspecciones, reclamos de clientes, alarmas de equipos u otros medios similares, sobre los elementos de Planta que se hayan fijado para su actuación, así como también las tareas de asignación de recursos de la Red para la provisión de Servicios; la generación de informes de tráfico, facturación o de otro tipo a partir de datos obtenidos de la Red, el registro y control de los trabajos programados en la Red y la provisión de servicios mediante la configuración de la base de datos de los elementos de planta; Colaborarán además con los responsables de Creación de Planta en la instalación y puesta en servicio de equipos, utilizando para ello las pruebas, elementos de medidas, datos estadísticos u otros métodos que sean necesarios para el desarrollo de la tarea.

La Comisión Paritaria continuará evaluando la posibilidad de agregar a esta categoría algún otro sector de Grupo Equipo en la que se ejecuten planes de contingencia, además del sector de Planta Interna.

2- GRUPO LABORAL INGENIERIA: La convocatoria para cubrir las vacantes para el puesto "Oficial Técnico con funciones especiales de Ingeniería", categoría 6, perteneciente al Grupo Laboral Ingeniería considerará los conocimientos de los postulantes en la totalidad de las siguientes materias:

a) Conocimientos y capacidad suficientes para el diseño y/o control de obras de Redes de Acceso en Cobre y Fibra Optica.

b) Conocimientos y capacidad suficientes para el diseño y/o control de redes de Transporte en Fibra Optica.

c) Capacidad para desarrollar proyectos o controlar obras en forma autónoma o coordinado dentro de un equipo cumpliendo cualquiera de las funciones para desarrollarlo.

d) Conocimiento integral de materiales y tecnologías aplicables al diseño de Redes de Acceso tanto físicas como inalámbricas y de Redes Físicas de Transporte.

e) Manejo de Herramientas informáticas de Registro de planta, Dibujo Técnico, Seguimiento de factibilidades y Programa Cota 2000.

f) Conocimientos y capacidad para el libramiento manual de solicitudes y la cotización de pedidos FATB.

g) Conocimientos y capacidad para diseñar y emitir Proyectos SPLX.

h) Dominio de Herramientas del entorno Windows.

i) Estudios de Demanda y Procesos de evaluación y seguimiento de inversiones. El personal seleccionado pasará a revistar en la categoría 6 a partir del 01/05/08.

SEGUNDO: Las partes han analizado la situación en referencia a las postulaciones del presente año para obtener las Becas previstas en el Art. 62 del CCT 201/92, y en función de los cupos existentes, han decidido con carácter excepcional incorporar al beneficio del corriente año a 40 postulantes pertenecientes a escuelas privadas.

Quedan comprometidas las partes a realizar un análisis equivalente en los años sucesivos.

Las partes solicitarán la homologación de la presente acta a la autoridad de aplicación.

Se firman 3 ejemplares de un mismo tenor.