Ministerio del Interior

CIRCUITOS ELECTORALES

Resolución 792/2008

Apruébase la subdivisión de un circuito, conforme lo resuelto por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Santiago del Estero.

Bs. As., 11/9/2008

VISTO el Expediente Nº S02:0006949/2008 del registro de este Ministerio, el artículo 40 del Código Electoral Nacional aprobado por Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que con motivo de la creación de diversos Comisionados Municipales en la Provincia de Santiago del Estero, es propiciada por dicha jurisdicción la creación del Circuito Nº 139 "A" - Lilo Viejo.

Que a raíz de la solicitud incoada por el señor Director Provincial Electoral ante el señor Juez Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Santiago del Estero, el magistrado mediante Resolución de fecha 11 de julio de 2008, ha dispuesto la creación del Circuito Nº 139 "A" - Lilo Viejo, y al mismo tiempo, la subdivisión del Circuito Nº 139 -Tintina, cuyos límites y composición, en ambos casos, se describen en el Anexo I de la presente medida.

Que, a su vez, dispone que las mesas comiciales a constituirse, en los términos del artículo 41 del Código Electoral Nacional funcionarán en la Escuela Nº 210 "Coronel Lorenzo Lugones".

Que analizados los antecedentes traídos a consideración, resulta pertinente aprobar lo dispuesto por la judicatura.

Que al respecto, deberá tomarse nota de la modificación operada, por parte de la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL en el marco de la tarea de actualización de la cartografía electoral asumida por dicho organismo.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébense la subdivisión del Circuito Nº 139 – Tintina y la creación del Circuito Nº 139 "A" – Lilo Viejo, de la Sección Electoral Mariano Moreno, los que quedan conformados y limitados, según la descripción obrante en el Anexo I de la presente medida, de conformidad con lo resuelto por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Santiago del Estero.

Art. 2º — Por la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL se procederá a la actualización de la información cartográfica obrante en dicha Dependencia

Art. 3º, Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Florencio Randazzo.

ANEXO I

LIMITES CIRCUITO 139 "A" LILO VIEJO (SECC. ELEC. MARIANO MORENO)

NORTE.

Departamento Alberdi

SUDESTE:

El Municipio de Tintina

CIRCUITO 139 "A" LILO VIEJO

COMPUESTO POR PARAJES:

Lilo Viejo

Patay

La Frontera

Lote 13

El Canchón

Pozo del Castaño

Quilumpa

CIRCUITO 139 "TINTINA" (LUEGO DE LASUBDIVISION)

PARAJES:

Bajo Lindo

Cádiz

El Gualacho

El Prado

El Simbolar

El Tambo

El Tanque

El 27

Garabato

Pozo

Granadero Gatica

Haase

Huacana

Km. 23

Km. 691

Km. 7

Km. 85

La Pepita

Los Milagros

Lote F

Lote 4,

Lote 89

Lote 90

Monte Alto

Santa Elena

Tintina.