Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

PRODUCCION DE GANADO BOVINO

Resolución 217/2008

Establécese como fecha límite el día 30 de setiembre de 2008, para la presentación de documentación faltante o errónea de aquellas solicitudes presentadas, para acceder al Sistema de Compensación aprobado por la Resolución Nº 319/07 y modificada por la Resolución Nº 443/07.

Bs. As., 16/9/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0271563/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Resoluciones Nros. 319 de fecha 13 de julio de 2007 y 443 de fecha 6 de diciembre de 2007, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del mencionado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 319 de fecha 13 de julio de 2007, modificada por su similar Nº 443 de fecha 6 de diciembre de 2007, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se aprobó un Sistema de Compensación destinado a productores de cría bovina perjudicados por condiciones comerciales desfavorables por las ventas de terneros/as con destino exclusivo a invernada durante el período comprendido entre el 1 de enero al 30 de junio de 2007.

Que mediante la citada Resolución Nº 443/07 se estableció el día 31 de diciembre de 2007 como fecha límite para acceder al Sistema de Compensación aprobado por la Resolución Nº 319/07.

Que han ingresado, en tiempo hábil, presentaciones que requieren documentación adicional o correctiva a efectos de dar continuidad al trámite.

Que dichas circunstancias han sido comunicadas a los interesados.

Que resulta conveniente fijar una fecha límite para la presentación de esta documentación.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Establécese el día 30 de setiembre de 2008 como fecha límite, para el envío de la documentación faltante o errónea de aquellas solicitudes presentadas antes del 31 de diciembre de 2007 para acceder al Sistema de Compensación aprobado por la Resolución Nº 319 de fecha 13 de julio de 2007, modificada por su similar Nº 443 de fecha 6 de diciembre de 2007, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Art. 2º — Transcurrido el plazo establecido por el Artículo 1º de la presente medida, se procederá al archivo de las solicitudes que no hubieren completado o corregido la presentación en los términos en que se les hubiere comunicado.

Art. 3º — La documentación deberá presentarse en la Dirección de Ganadería dependiente de la Dirección Nacional de Producción Agropecuaria y Forestal de la SUBSECRETARIA DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y FORESTAL de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sita en Avenida Paseo Colón Nº 982, Piso 2º, Oficina 204 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o remitirse por correo, en cuyo caso se considerará presentada en la fecha de su imposición en la oficina de correos.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi.