Comisión Nacional de Trabajo Agrario

SALARIOS

Resolución 46/2008

Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad arándanos, con ámbito de aplicación en todo el país, con excepción de la provincia de Tucumán.

Bs. As., 17/9/2008

VISTO, el expediente Nş 1.284.533/08 del Registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y

CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente obra copia de un Acta de fecha 17 de julio de 2008, en la cual la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores y la Cámara Argentina de Arándanos y otros Berries de la República Argentina, elevan a consideración de la COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO un Acuerdo de incremento de las remuneraciones mínimas establecidas en la Resolución C.N.T.A. Nş 61 de fecha 31 de octubre de 2007, para el personal que se desempeña en la actividad de ARANDANOS en el ámbito de todo el país, con excepción de la Provincia de Tucumán.

Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia de los valores y del incremento en las remuneraciones para la actividad, debe procederse a su determinación.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por artículo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, aprobado por la Ley 22.248, y el Decreto Reglamentario Nş 563 del 24 de marzo de 1981, y sus modificatorios.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

Artículo 1ş — Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de ARANDANOS, con ámbito de aplicación en todo el país, con excepción de la Provincia de Tucumán, conforme se detalla en el Anexo I de la presente Resolución.

Art. 2ş — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alvaro Daniel Ruiz. — José María Iñiguez. — Mario Burgueño Hoesse. — Alfredo Megna. — Abel Francisco Guerrieri. — Guillermo Giannasi. — Jorge Herrera. — Ernesto Ramón Ayala.

ANEXO I

Remuneraciones Mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de Arándanos en el ámbito de todo el País, excepto la provincia de Tucumán.

VIGENCIA: a partir del 1ş julio de 2008

 

POR MES

POR DIA

Trabajador calificado

$ 1416.58

$ 58.43

Trabajador Semicalificado

$ 1328.04

$ 54.89

Trabajador no calificado

$ 1239.50

$ 51.35

Encargado

$ 1682.18

 

Capataz

$ 1505.11

 

Casero

$ 1416.58

 

Conductor de Máq. Agrícolas

$ 1416.58

$ 58.43

Cosechadores

$ 1313.90

$ 54.61

Empacadores

$ 1416.58

$ 58.43

Adicional Permanencia

   

Cosecheros

$ 65.69

$ 2.72