Secretaría de Salud Pública

ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS

RESOLUCION Nº 588

Sicotrópicos.

Se incorporan productos a las listas anexas al decreto-ley 19.303/71.

Bs. As., 14/4/75

VISTO que el inciso b) del artículo 1º del Decreto-Ley Nº 19.303/71 faculta a la autoridad sanitaria nacional para modificar las listas de sicotrópicos anexos al mismo; y

CONSIDERANDO:

Que conforme al estudio practicado por la Subárea Medicamentos y Alimentos, que tiene a su cargo el contralor, fiscalización y aplicación del decreto-ley en el orden nacional, es necesario incluir el dichas listas algunas drogas y especialidades farmacéuticas que son susceptibles de producir dependencia física y psiquiátrica.

Por ello y atento a las facultades conferidas por el apartado 11, artículo 4º del Decreto Nº 19.303 del 20 de noviembre de 1973,

El Secretario de Salud Pública,

Resuelve:

Artículo 1º — Inclúyese en la Lista II anexa al Decreto-Ley Nº 19.303/71 las siguientes drogas:

a - (isopropil) a (B-dimetilaminopropil) fenilacetonitrilo.

Pentazocina.

Inclúyense en la misma Lista II las siguientes especialidades farmacéuticas:

Peracon; Sosegon.

Art. 2º — Regístrese, publíquese en el Boletín del Día durante tres (3) días, comuníquese y archívese.

Yáñez.