Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 2859/2008

Ofrécese una recompensa destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Sofía Yasmín Herrera.

Bs. As., 2/10/2008

VISTO la Ley Nº 25.765, la Ley Nº 26.338, la Decisión Administrativa 1 de fecha 18 de enero de 2008 y el Legajo Nº 2/08 MI – Programa de Administración del Fondo Permanente de Recompensas, y

CONSIDERANDO:

Que siendo aproximadamente las 11.00 horas del día 28 de septiembre de 2008, se produjo la desaparición de la menor Sofía Yasmín HERRERA, en ocasión de encontrarse la misma en compañía de su padre en el Camping John Goodall distante a 60 kilómetros de la ciudad de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego.

Que por ante el Juzgado de Instrucción de 1ra. Nominación del Distrito Judicial Norte a cargo del Dr. Eduardo LOPEZ, Secretaría Unica a cargo de la Dra. Sandra LOMBARDI por Subrogancia Legal, tramita la causa Nº 13.139/08.

Que el Art. 3º de la Ley 25.765 dispone que la autoridad de aplicación podrá, por iniciativa propia, efectuar el ofrecimiento de recompensa.

Que la Ley Nº 26.338 de fecha 7 de diciembre de 2007, en su artículo 3º, transfiere del MINISTERIO DEL INTERIOR al MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS las competencias relativas a la Seguridad Interior.

Que asimismo, mediante Decisión Administrativa Nº1/08 —Distributiva de Presupuesto de la Administración Nacional— se incluyó la partida correspondiente al Fondo Permanente de Recompensas en el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, circunstancia que ratifica el funcionamiento del fondo referido en el ámbito de esta Cartera de Estado.

Que ha tomado la intervención de su competencia tanto la Dirección General de Administración como la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Ofrécese como recompensa, dentro de la República Argentina, la suma de $ 70.000 (pesos setenta mil), destinada a aquellas personas quienes, sin haber intervenido en el delito, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Sofía Yasmín HERRERA.

(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 1015/2017 del Ministerio de Seguridad B.O. 9/10/2017, Incremento de Recompensa.)

Art. 2º — Instrúyase la difusión de la presente en medios gráficos de circulación Nacional.

Art. 3º — Regístrese, Comuníquese, publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández.