MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES

Decreto 1592/2008

Declárase Monumento Histórico Nacional a la Biblioteca Bernardino Rivadavia, de la Ciudad de Bahía Blanca y a la Sociedad de Educación y Biblioteca Popular "Antonio Mentruyt", de la ciudad de Lomas de Zamora, ambas de la Provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 2/10/2008

VISTO el Expediente Nº 209/08 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por el cual tramita la declaratoria como monumento histórico nacional de la BIBLIOTECA BERNARDINO RIVADAVIA, de la Ciudad de BAHIA BLANCA, y de la SOCIEDAD DE EDUCACION Y BIBLIOTECA POPULAR "ANTONIO MENTRUYT", de la Ciudad de LOMAS DE ZAMORA, ambas en la Provincia de BUENOS AIRES, y

CONSIDERANDO:

Que la BIBLIOTECA BERNARDINO RIVADAVIA de la Ciudad de BAHIA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES, fue fundada en el año 1882 y funcionó en diversos locales alquilados, hasta el año 1895, cuando se instaló en un inmueble propio sito en la calle MORENO Nº 86.

Que en agosto de 1930 inauguró su edificio en la Avenida COLON Nº 31, que ocupa en la actualidad, proyectado por el Arquitecto Ernesto GUIRAUD y construido por Justo José QUEREL.

Que el mencionado inmueble integra el inventario de inmuebles de valor patrimonial del Municipio de BAHIA BLANCA.

Que el edificio consta de un amplio salón con capacidad para más de CUATROCIENTAS (400) personas sentadas, una sala de lectura de diarios, otra sala de lectura infantil, otras dependencias administrativas, amplios depósitos y una sala teatral.

Que la fachada se desarrolla a partir de un cuerpo central y dos laterales, siendo su basamento un almohadillado rústico de piedra y destacándose el paño central con cuatro columnas jónicas sobre altos podios y dos pilares para los cierres laterales que sostienen el entablamento coronado por un frontis, ornamentado con guirnaldas, palmetas y alegorías.

Que el espacioso recinto de la Biblioteca Rivadavia, su distribución interna, detalles decorativos y equipamiento hacen de ella, un acertado modelo dentro de su tipo, en el país, manteniendo aún en la actualidad sus funciones originales.

Que su patrimonio bibliográfico se integra con alrededor de CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL (156.000) volúmenes, incluyendo ejemplares raros y antiguos como una edición veneciana del año 1515 de "La Farsalia" de LUCANO.

Que, asimismo, se destaca su hemeroteca, la cual incluye todos los diarios publicados en BAHIA BLANCA desde el año 1883, abarcando las más variadas expresiones ideológicas, constituyendo dicho repositorio un registro valioso de la evolución de las ideas sociales y políticas locales y del sur de la Provincia de BUENOS AIRES.

Que a comienzos del siglo XX, don Antonio MENTRUYT realizó un llamado a los vecinos de LOMAS DE ZAMORA, a través del diario "LA UNION", para propender al progreso y difusión de la enseñanza y sostener un Instituto Popular Modelo en aquella ciudad bonaerense.

Que, reunidos varios vecinos lomenses, fundaron la "Sociedad Popular de Educación de Lomas de Zamora" el 12 de mayo de 1900, redactando los respectivos estatutos y reglamento interno.

Que la primera asamblea institucional tuvo lugar en el Club Social ubicado en la calle LAPRIDA Nº 451.

Que el Instituto Popular Modelo vinculado a aquella Sociedad Popular fue creado el 7 de junio de 1900 y ocupó el solar de la quinta "PATIÑO" en la calle ESPAÑA Nº 631, pasando el año 1912 a jurisdicción Nacional y dio lugar a la escuela Normal Nacional Mixta "ANTONIO MENTRUYT’’.

Que en el año 1929 la Sociedad Popular resolvió, tras ocupar distintos edificios, la construcción de una sede en la calle ITALIA Nº 44, donde continuó funcionando hasta la actualidad.

Que el edificio de lineamientos neoclásicos, fue construido por la empresa de Pío RICAGNO e inaugurado en el año 1931 y su salón de actos, de inspiración modernista, fue inaugurado en el año 1937.

Que la denominación actual de la institución es SOCIEDAD DE EDUCACION Y BIBLIOTECA POPULAR "ANTONIO MENTRUYT", y continúa desempeñando un papel preponderante en la cultura de la ciudad de LOMAS DE ZAMORA.

Que tanto la BIBLIOTECA BERNARDINO RIVADAVIA como la SOCIEDAD DE EDUCACION Y BIBLIOTECA POPULAR "ANTONIO MENTRUYT", son instituciones centenarias y configuran ejemplos significativos de la misión cultural de las bibliotecas públicas y su instalación en edificios especialmente diseñados para su función.

Que la COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS aconseja la declaratoria de ambos inmuebles.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la debida intervención.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 12.665 y su modificatoria.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Declárase monumento histórico nacional la BIBLIOTECA BERNARDINO RIVADAVIA de la ciudad de BAHIA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES, sita en la calle COLON Nº 31 de la Ciudad de BAHIA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES.

Art. 2º — Declárase monumento histórico nacional la SOCIEDAD DE EDUCACION Y BIBLIOTECA POPULAR "ANTONIO MENTRUYT", sito en la calle ITALIA Nº 44 de la Ciudad de LOMAS DE ZAMORA, Provincia de BUENOS AIRES.

Art. 3º — Invítase a los titulares de los inmuebles declarados en los artículos precedentes a suscribir los respectivos convenios de conservación, incluyendo en ellos la preservación de sus fondos bibliográficos, hemerográficos y documentales, y su mobiliario y equipamiento de lectura original.

Art. 4º — La COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos en la Ley Nº 12.665 modificada por su similar Nº 24.252, en su reglamentación y en las normas complementarias debiendo practicar las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa. — Florencio Randazzo.