ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 473/2008

Estructura organizativa. Su modificación.

Bs. As., 14/10/2008

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13325-28-2008, del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO, se propone la modificación de la estructura organizativa en el ámbito de la Subdirección General de Administración Financiera.

Que el Decreto Nº 1399 del 4 de Noviembre de 2001 ratifica el carácter autárquico de la AFIP, confiriéndole amplias atribuciones para el manejo de sus recursos humanos y presupuestarios y para disponer de todos los medios a su alcance para prestar servicios de calidad a los contribuyentes y usuarios del servicio aduanero, facilitando el cumplimiento de sus obligaciones en tiempo y forma.

Que a tales fines, y con el objeto de afianzar la presencia institucional en todo el territorio nacional, esta Administración Federal se encuentra invirtiendo en inmuebles propios, a fin de asegurar el funcionamiento de las dependencias operativas en lugares fijos con el estándar de funcionamiento requerido por el Organismo.

Que en consecuencia, durante los últimos años se han adquirido tanto inmuebles como terrenos para la edificación de obras, algunas de ellas de gran envergadura y complejidad, tal los casos de las Direcciones Regionales Impositivas y Aduaneras de Posadas, Salta, Córdoba, Tucumán y Rosario, entre otras.

Que por otra parte, a este volumen deben agregarse las obras civiles necesarias para la instalación de escáneres fijos en las localidades de Dock Sud, Uspallata, Paso de los Libres y Santo Tomé, así como también las obras públicas necesarias para la readecuación de los inmuebles propios, tanto centrales como aduaneros e impositivos.

Que en tal sentido, la Subdirección General de Administración Financiera impulsa la creación de una unidad de estructura responsable de llevar a cabo las actividades de planificación y seguimiento de los contratos de Obra Pública, así como también de intervenir en el asesoramiento técnico para la selección de contratistas, en apoyo de las instancias involucradas en la redacción de los requisitos técnicos que deban contener los Pliegos de Bases y Condiciones utilizados en los procesos de contratación de obras y de colaborar en aquellos casos que le sea requerido por las áreas con competencia en la materia.

Que asimismo, con el objeto de reforzar las acciones de planificación y ejecución de los servicios y de los mantenimientos, los cuales como consecuencia de la política anteriormente mencionada se incrementarán en forma sustancial, resultando por lo dicho conveniente actuar de manera preventiva para evitar los deterioros generados por el uso intensivo de las instalaciones de los edificios centralizados, se hace necesario generar una separación de funciones en el Departamento Administración de Bienes y Servicios que contribuya a lograr una mayor eficiencia y eficacia en los resultados esperados.

Que el Departamento Coordinación y Procedimientos y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

Artículo 1º — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Dirección denominada "Infraestructura", dependiente de la Subdirección General de Administración Financiera.

Art. 2º — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Gestión y Supervisión de Obras", dependiente de la Dirección de Infraestructura creada por el ARTICULO 1º anterior.

Art. 3º — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División denominada "Planificación y Desarrollo de Proyectos", dependiente de la Dirección de Infraestructura creada por el ARTICULO 1º anterior.

Art. 4º — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Control de Gestión de Obras" e "Inspección de Obras", dependientes del Departamento Gestión y Supervisión de Obras creado por el ARTICULO 2º anterior.

Art. 5º — Eliminar de la estructura organizativa vigente las unidades dependientes del Departamento Administración de Bienes y Servicios, en el ámbito de la Dirección de Logística.

Art. 6º — Crear TRES (3) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Planificación de Servicios y Mantenimientos", "Ejecución de Servicios y Mantenimientos" e "Intendencia", dependientes del Departamento Administración de Bienes y Servicios.

Art. 7º — Crear DIEZ (10) cargos de Jefe de Sección asignados de la siguiente manera:

TRES (3) para el cupo de la Dirección de Infraestructura, dependiente de la Subdirección General de Administración Financiera.

SIETE (7) para el cupo de la Dirección de Logística, dependiente de la Subdirección General de Administración Financiera.

Art. 8º — Crear CUATRO (4) cargos de Jefe de Oficina asignados de la siguiente manera: UNO (1) para el cupo de la Dirección de Infraestructura, dependiente de la Subdirección General de Administración Financiera.

TRES (3) para el cupo de la Dirección de Logística, dependiente de la Subdirección General de Administración Financiera.

Art. 9º — Reemplazar en la estructura organizativa vigente el Anexo A40 y la parte pertinente de los Anexos I, B40 y C, por los que se aprueban por la presente.

Art. 10.— La presente disposición entrará en vigencia a partir de los TREINTA (30) días corridos contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 11.— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Claudio O. Moroni.

ANEXO I

ANEXO A40

ANEXO B40

SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION FINANCIERA

DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la planificación, evaluación, desarrollo y control de los proyectos y obras de arquitectura e instalaciones, correspondientes a las obras nuevas y mejoras edilicias, para los edificios centralizados y descentralizados de AFIP que se contraten sobre la base de la Ley de Obras Públicas, como así también en todas las obras que deban ejecutarse en los edificios centralizados que no se encuadren en las disposiciones de la Ley de Obra Pública, distintas de los trabajos rutinarios de mantenimiento.

ACCIONES

1. Coordinar y supervisar la aplicación de las decisiones adoptadas por el Organismo en materia de obras y proyectos de infraestructura edilicia.

2. Entender en la planificación, desarrollo, coordinación y evaluación de los anteproyectos y proyectos de ingeniería civil, arquitectura e instalaciones, incluyendo el análisis de los programas de necesidades requeridos para los edificios centralizados y descentralizados.

3. Validar los proyectos y pliegos de bases y especificaciones técnicas, correspondientes a las obras de arquitectura e instalaciones, destinados a la construcción de inmuebles nuevos o a mejoras y/o ampliaciones edilicias en los inmuebles centralizados y descentralizados preexistentes.

4. Entender en la definición y control de los contratos de construcción, proyecto y dirección de obras, correspondientes a edificio nuevos o de mejoras edilicias pertenecientes a los inmuebles centralizados y descentralizados de AFIP.

5. Intervenir, coordinar y controlar los acuerdos de asistencia técnica suscriptos con entidades oficiales y/o privadas, en temas relacionados con obras de infraestructura, incluyendo los aspectos inherentes al programa de necesidades, proyecto y realización de las obras.

6. Brindar colaboración a las áreas descentralizadas, a requerimiento de las mismas, en temas de su competencia.

7. A requerimiento de la Superioridad, participar en los concursos de anteproyectos como miembro del jurado en la elección de las propuestas representando a la AFIP.

8. Recepcionar, registrar y despachar la documentación que ingrese a la Dirección, realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes patrimoniales asignados, ejecutar las distintas tareas administrativas, atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y administrar y comunicar al área pertinente los movimientos de los fondos de la Caja Chica asignada a la Dirección.

DIVISION PLANIFICACION Y DESARROLLO DE PROYECTOS

ACCION

Entender en los aspectos relacionados con la planificación, el desarrollo y la supervisión de los anteproyectos y proyectos para las obras de arquitectura e instalaciones, correspondientes a los edificios nuevos y/o las mejoras edilicias, que deban realizarse en los inmuebles centralizados y descentralizados de la AFIP.

TAREAS

1. Coordinar la elaboración de los anteproyectos y proyectos de arquitectura e instalaciones, incluyendo el análisis de los programas de necesidades, desarrollados por personal de la AFIP o contratados.

2. Supervisar la elaboración de las especificaciones técnicas, cómputos, estimación de costos y documentación necesaria para realizar las contrataciones de obras civiles e instalaciones, a efectos de construir, mejorar o ampliar los inmuebles, en concordancia con las necesidades operativas del Organismo y las condiciones de ocupación.

3. Evaluar los requerimientos en materia edilicia de las áreas descentralizadas que deban ejecutarse sobre la base de la Ley de Obras Públicas.

4. Intervenir en la evaluación técnica y económica de inmuebles para la adquisición o alquiler por parte de la AFIP, que servirán de sustento para efectuar la programación presupuestaria en sus diversos períodos.

5. Participar, juntamente con el área de comunicaciones, en los proyectos de cableado estructurado en las obras encaradas en el marco de la Ley 13.064.

6. Participar, representando a la AFIP y en carácter de asesor, en la elaboración de las bases de los concursos de anteproyectos.

DEPARTAMENTO GESTION Y SUPERVISION DE OBRAS

ACCIONES

Entender en las tareas relacionadas con la correcta ejecución de los contratos de las obras nuevas y de las mejoras y/o ampliaciones que deban realizarse en los edificios centralizados de la AFIP y en los descentralizados en los que se ejecuten en el marco de la Ley de Obra Pública.

TAREAS

1. Coordinar la planificación, presupuesto y calidad de las obras y proyectos a cargo del área.

2. Elaborar los pliegos de condiciones y los términos de referencia para la contratación de las direcciones de obra e inspecciones requeridas para el control de los contratos de construcción correspondientes.

3. Entender en la conformación de los equipos propios o de terceros para la revisión de la documentación ejecutiva o de detalle de las obras.

4.Supervisar el cumplimento de los contratos de dirección de obra y de asistencia técnica y validar los requerimientos de pago correspondientes.

5. Supervisar las determinaciones de economías y adicionales correspondientes a las obras de arquitectura, ingeniería civil e instalaciones.

6. Supervisar la ejecución de los contratos de obra en los aspectos económicos, técnicos y de planificación, verificando el cumplimiento de lo establecido en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas y condiciones contractuales.

7. Aprobar los certificados de obra e intervenir en las recepciones parciales y totales de las obras, de acuerdo a lo establecido en los pliegos de condiciones, especificaciones técnicas correspondientes.

8. Relevar el estado de conservación de los edificios centralizados y, a requerimiento, de los descentralizados, proponiendo cursos de acción que tiendan a preservar y/o mejorar el patrimonio edilicio de la AFIP.

9. Brindar colaboración a las áreas descentralizadas, a requerimiento de las mismas, en el soporte técnico de disciplinas inherentes a su competencia.

DIVISION CONTROL DE GESTION DE OBRAS

ACCIONES

Intervenir en las tareas relacionadas con el control presupuestario, la elaboración de informes mensuales de avance de las obras y en las certificaciones y redeterminaciones de precios de las obras desarrolladas en el ámbito y bajo la responsabilidad de la Dirección.

TAREAS

1. Elaborar los informes periódicos necesarios para ilustrar sobe la marcha de las obras y posibilitar la toma de decisiones oportunas respecto de la ejecución de los contratos, como así también mantener actualizada la información correspondiente en los sistemas informáticos de la organización en los aspectos de su competencia.

2. Intervenir en la programación y reprogramación física de las obras civiles, que servirán de sustento a la programación presupuestaria en sus diversos períodos.

3. Intervenir en la evaluación técnica y contractual de las certificaciones de avance y de las solicitudes de redeterminaciones de precios de los contratos de obra, como así también de los adicionales, de las economías, de las modificaciones de las curvas de inversiones, de los planes de trabajo y de los cambios que se propongan para los proyectos aprobados.

4. Desarrollar los análisis de precios y presupuestos necesarios para la evaluación de proyectos y dar sustento a los presupuestos oficiales que forman parte de las licitaciones de las obras.

5. Entender en el seguimiento interno de las actuaciones, en interacción con las demás áreas de la Dirección.

DIVISION INSPECCION DE OBRAS

ACCIONES

Intervenir en las tareas de control de calidad y medición de las obras nuevas y de ampliaciones y/o mejoras edilicias que se realicen en los inmuebles centralizados de la AFIP y en los descentralizados en los que se ejecuten en el marco de la Ley de Obra Pública.

TAREAS

Verificar, para cada obra en ejecución, el cumplimiento de las disposiciones establecidas en los pliegos de condiciones, especificaciones técnicas y condiciones contractuales, en cuanto a los requerimientos de seguridad, calidad y medición de las obras, ya sea por medio de inspectores propios o a través de las direcciones de obra contratadas.

Aprobar las actas de medición de las obras y visar los legajos correspondientes a los certificados básicos, de redeterminaciones, de economías, de adicionales y de acopios.

Instrumentar y administrar las comunicaciones de obra hacia y desde los Contratistas, Direcciones de Obra y AFIP, mediante la implementación de los libros de Notas de Pedido, Ordenes de Servicio e informes establecidos en los contratos.

4. Verificar el cumplimiento de la revisión y aprobación en tiempo y forma de la documentación ejecutiva de las obras, ya sea mediante los contratos de Dirección de Obra o por intermedio del personal propio de AFIP.

5. Implementar y mantener el archivo técnico de la documentación de las obras, incluyendo planos conforme a obra y manuales de mantenimiento y operación.

DIRECCION DE LOGISTICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la adquisición, provisión y registración de los bienes muebles e insumos que integran el patrimonio del Organismo y su guarda.

Ejecutar y/o coordinar las acciones de mantenimiento y reparación de los edificios, instalaciones y mobiliario de los inmuebles descentralizados, arbitrando las medidas de seguridad.

Definir y controlar la existencia y funcionamiento de las medidas inherentes a la seguridad de las personas y al resguardo patrimonial de los bienes de la Repartición.

Entender en los procedimientos referidos a las licitaciones y contrataciones de bienes muebles y/o servicios cuando jurisdiccionalmente así corresponda.

Entender en lo relacionado con la locación, compra, venta y transferencia de inmuebles del Organismo.

ACCIONES

1. Planificar, coordinar y supervisar la aplicación de las decisiones adoptadas por el Organismo en materia de adquisiciones, logística de abastecimiento y prestación de servicios.

2. Resolver y/o asesorar en licitaciones y contrataciones, ya sea como autoridad jurisdiccional o como función propia.

3. Coordinar los proyectos y las propuestas de adquisiciones de bienes y servicios tanto para el desenvolvimiento de las áreas centralizadas como de las descentralizadas.

4. Supervisar la gestión de compra, almacenaje, distribución y provisión de bienes muebles e insumos, así como también la contratación y suministro de servicios.

5. Controlar y validar la documentación relacionada con la provisión de servicios públicos y la relacionada con los registros patrimoniales de los movimientos de bienes del Organismo.

6. Promover, arbitrar y supervisar las medidas que correspondan para lograr la custodia de los edificios centralizados de la Repartición.

7. Entender en los sistemas y los tratamientos a que deben ser sometidas las mercaderías para su depósito y/o destrucción, en el marco de la normativa vigente.

8. Entender en el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene del Organismo.

9. Recepcionar, registrar y despachar la documentación que ingrese a la Dirección, realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes patrimoniales asignados, ejecutar las distintas tareas administrativas, atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y administrar y comunicar al área pertinente los movimientos de los fondos de la Caja Chica asignada a la Dirección.

DEPARTAMENTO ADMINISTRACION DE BIENES Y SERVICIOS

ACCIONES

Entender en las actividades relacionadas con la guarda y distribución del equipamiento informático, insumos críticos y con la impresión y distribución de formularios en el ámbito nacional; la asignación de espacios, el mantenimiento y reparación de los bienes muebles e inmuebles, el uso de los automotores, la mayordomía y custodia de las dependencias y el control y gestoría de los servicios básicos en el ámbito centralizado.

TAREAS

1. Coordinar las reparaciones y el mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles en el edificio sede y en edificios dependientes del ámbito central.

2. Entender en los análisis técnicos referidos a la asignación de espacios en áreas centralizadas.

3. Coordinar la custodia y seguridad de edificios y de personas en los inmuebles centralizados.4. Organizar y supervisar las tareas de intendencia, mayordomía, vigilancia y de traslado interno de muebles y bultos en inmuebles centralizados.

5. Entender en las tareas inherentes a la utilización, control y mantenimiento de los automotores asignados al área centralizada.

6. Efectuar el control de las prestaciones de los distintos servicios contratados con terceros y los de su competencia.

7. Efectuar el control y gestoría de los servicios básicos centralizados y la formulación de los requerimientos para su renovación.

8. Entender en las tareas inherentes a la recepción, almacenamiento, registro, control y distribución de bienes muebles, materiales, formularios, insumos, elementos y ropa de trabajo.

9. Supervisar las tareas de diagramación, confección y producción de formularios, publicaciones, reproducciones e impresos en general, que se realicen con medios propios.

10. Entender en la tramitación de los seguros generales de edificios, automotores, bienes y equipamiento informático del Organismo.

DIVISION PLANIFICACION DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS

ACCIONES

Entender en la planificación, programación y seguimiento de las acciones de mantenimiento para los bienes muebles e inmuebles del edificio sede y áreas centralizadas, así como también en la provisión y prestación de los servicios necesarios para el normal funcionamiento de los mismos.

TAREAS

1. Planificar y programar los servicios y los mantenimientos necesarios para conservar los muebles e inmuebles de la AFIP.

2. Programar y controlar la prestación de los servicios necesarios para el normal desarrollo de las actividades que se lleven a cabo en los edificios centralizados.

3. Programar y gestionar la adquisición de los elementos necesarios para el desarrollo de las tareas de mantenimiento y reparación, efectuando el control de calidad de las provisiones y del stock de materiales.

4. Supervisar el cumplimiento de las órdenes de compra (Régimen General de Contrataciones AFIP), correspondientes a los servicios y mantenimientos impulsados por el Departamento.

5. Relevar el estado de conservación de los edificios centralizados y, a requerimiento, de los descentralizados, proponiendo cursos de acción que tiendan a preservar y/o mejorar el patrimonio edilicio de la AFIP.

6. Definir juntamente con el área de comunicaciones, los proyectos de cableado estructurado en las obras cuya implementación se ejecute con personal propio.

7. Brindar colaboración a las áreas descentralizadas, a requerimiento de las mismas, en el soporte técnico de temáticas y disciplinas inherentes a su competencia.

DIVISION EJECUCION DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS

ACCIONES

Entender en las tareas inherentes a la ejecución de los servicios y mantenimientos programados por la División Planificación de Servicios y Mantenimientos.

TAREAS

1. Ejecutar tareas de mantenimiento y obras menores de reparación en los inmuebles propios o alquilados correspondientes a las áreas centralizadas.

2. Gestionar el retiro de bienes muebles para su reparación, efectuando el control patrimonial correspondiente.

3. Supervisar las prestaciones a su cargo para edificios centralizados y las contratadas con terceros.

4. Elaborar y proponer los lineamientos para el diseño de mobiliario, equipamiento general de los edificios y la señalética.

5. Analizar, evaluar y proyectar la asignación de espacios en las dependencias centralizadas, atendiendo al plan de necesidades respectivo y proponiendo las alternativas de optimización y racionalización más convenientes.

6. Entender en los proyectos de distribución de puestos de trabajo para los espacios de dependencias con asiento en la Administración Central y, en aquellos casos que le sea requerido, para dependencias descentralizadas.

7. Realizar el seguimiento y control de las locaciones centralizadas.

8. Brindar colaboración a las áreas descentralizadas, a requerimiento de las mismas, en el soporte técnico de disciplinas inherentes a su competencia.

DIVISION INTENDENCIA

ACCIONES

Entender en las tareas de intendencia, en las cuestiones relacionadas con la custodia de los edificios y la seguridad de las instalaciones y de las personas que transitan por los mismos, tanto en inmuebles propios como alquilados del área central, así como en los aspectos relacionados con la aplicación y el cumplimiento de la Ley Nº 19.587 y demás normas reglamentarias y complementarias, a fin de promover y mantener adecuadas condiciones ambientales y de seguridad e higiene en el trabajo.

TAREAS

1. Entender en el cumplimiento de las normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo, adoptando las medidas adecuadas a cada tipo de tarea, en coordinación con el Servicio de Medicina del Trabajo, de corresponder.

2. Elaborar planes de contingencia ante situaciones de inseguridad de las instalaciones y de las personas que transitan por éstas, así como también proponer las pautas para su corrección.

3. Recepcionar y atender las novedades de los distintos puestos de control, dando intervención al área de mantenimiento que corresponda.

4. Coordinar y supervisar las tareas de mayordomía que deban realizarse en el edificio sede y en los restantes inmuebles centralizados, así como también las relacionadas con el traslado interno de muebles y bultos.

5. Coordinar y supervisar las actividades relativas a la utilización y mantenimiento de los automotores asignados a las distintas dependencias de las áreas centralizadas.

6. Entender en la elaboración de propuestas de reglamentaciones, normas y procedimientos para promover y mantener adecuadas condiciones ambientales de seguridad e higiene en el trabajo, para su consideración por la superioridad.