ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 827/2008

Prorróganse convenios suscriptos dentro del marco del Sistema de Descuentos a Favor de Terceras Entidades.

Bs. As., 17/10/2008

VISTO el Expediente Nº 024-99-81155425-8- 790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el Decreto Nº 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003, la Resolución DE-N Nº 212 de fecha 9 de marzo de 2006 y su modificatoria Resolución DE-N Nº 281 de fecha 30 de marzo de 2006, y el expediente Nº 024-99-81127879-0-790, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la presente se tramita una prórroga de la vigencia de los Convenios vencidos o a vencer entre esta Administración Nacional y las entidades que se encuentran dentro del marco normativo aplicable al "Sistema de Descuentos a Favor de Terceras Entidades" regulado por las Resoluciones DE-N Nº 212 de fecha 9 de marzo de 2006, texto modificado por su similar Nº 281 del 30 de marzo de 2006.

Que con el objeto de mejorar el marco normativo aplicable al "Sistema de Descuentos a Favor de Terceras Entidades" regulado por las Resoluciones DE-N Nº 212 de fecha 9 de marzo de 2006, texto modificado por su similar Nº 281 del 30 de marzo de 2006 y dotar de mayor transparencia y eficiencia a la operatoria en cuestión, esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL proyectó las reformas que entendía necesarias.

Que en virtud de las disposiciones del Decreto Nº 1172/03 y a fin de posibilitar la participación de las entidades involucradas, distribuyó entre ellas las normas proyectadas de manera de escuchar sus sugerencias y de posibilitar que brindaran los aportes que estimaran conducentes al logro del objetivo propuesto.

Que el proceso abierto en consecuencia, generó una profusa participación de las entidades involucradas, provocando la necesidad de procesar y analizar las propuestas realizadas de manera de poder consensuar normas duraderas.

Que en aras de un ordenamiento correcto en la materia, se juzgó inapropiado proceder a la renovación de los contratos y convenios que se fueran venciendo hasta tanto no contar con una norma definitiva regulatoria del sistema.

Que a través del expediente Nº 024-99- 81127879-0-790 esta Administración se encuentra abocada en la implementación del nuevo marco aplicable a las entidades incluidas en el "Sistema de Descuentos a Favor de Terceras Entidades".

Que, sin embargo, no puede desconocerse que las entidades mutuales constituyen la expresión de la libre iniciativa comunitaria llevada adelante por personas inspiradas en la solidaridad y sin fines de lucro, encaminadas a brindarse ayuda recíproca frente a eventuales riesgos o de concurrir a su bienestar material y espiritual, mediante una contribución periódica, complementaria de la acción del Estado en la tarea de contribuir al logro del bienestar general de la sociedad, en especial de los sectores más desprotegidos y vulnerables, lo que aconseja mantener en vigencia tales convenios hasta tanto se defina el régimen jurídico al que deberán ajustarse.

Que resolver lo contrario afectaría los derechos de las entidades, pero al mismo tiempo dejar en la desprotección a los propios beneficiarios, cercenando sus derechos de acceder libremente a la más amplia variedad de productos y servicios, que aquéllas les ofrecen en condiciones favorables.

Que en aras de la seguridad jurídica resulta necesario reconocer las operaciones realizadas dentro del marco normativo del "Sistema de Descuentos a Favor de Terceras Entidades" regulado por las Resoluciones DE-N Nº 212/06, texto modificado por su similar Nº 281/06, desde el 1º de enero de 2008 y hasta tanto entre en vigencia el nuevo régimen regulatorio que la sustituya.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, a través del dictamen Nº 39.307 de fecha 16 de octubre de 2008.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 14 y 36 de la Ley Nº 24.241, y por el Artículo 3º del Decreto Nº 2741/1991.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Prorróganse los Convenios suscriptos entre esta Administración Nacional y las Entidades encuadradas dentro del marco normativo del "Sistema de Descuentos a Favor de Terceras Entidades" regulado por las Resoluciones DE-N Nº 212/06, texto modificado por su similar Nº 281/06, que a la fecha de publicación de la presente se encuentren vencidos o que venzan en lo sucesivo, hasta tanto entre en vigencia su nuevo régimen regulatorio.

Art. 2º — Las operaciones realizadas dentro del marco normativo del "Sistema de Descuentos a Favor de Terceras Entidades" regulado por las Resoluciones DE-N Nº 212/06, texto modificado por su similar Nº 281/06, desde el 1º de enero de 2008 y hasta tanto entre en vigencia el nuevo régimen que la sustituya, se consideran reconocidas teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1º de la presente.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese. — Amado Boudou.