MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1124/2008

Registro Nº 803/2008

Bs. As., 2/9/2008

VISTO el Expediente Nº 166.109/06 del Registro de MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1, 9 y 10 del Expediente Nº 167.717/08, agregado como foja 147 al Expediente citado en el Visto, obra el Acuerdo y Escalas Salariales, celebrado entre el SINDICATO DE PRENSA DE BAHIA BLANCA y las Empresas DIARIO LA NUEVA PROVINCIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y RADIO BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, PUBLICITARIA DE RADIO Y TELEVISION, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las partes convienen nuevas escalas salariales para los trabajadores de las empresas signatarias, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 403/75, conforme a los términos y contenidos del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de las partes empresarias signatarias y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que en atención al ámbito de aplicación personal del Acuerdo a homologar, es menester dejar expresamente aclarado que no corresponde calcular y fijar base promedio de remuneraciones y tope indemnizatorio, respecto de los convenios colectivos de trabajo y acuerdos salariales aplicables a los trabajadores que se desempeñen en la actividad regulada por la Ley Nº 12.908 "Estatuto del Periodista Profesional" y el Decreto-Ley Nº 13.839/46 "Estatuto del Empleado Administrativo de Empresas Periodísticas", en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 305/07.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo y Escalas Salariales suscripto entre el SINDICATO DE PRENSA DE BAHIA BLANCA y las empresas DIARIO LA NUEVA PROVINCIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y RADIO BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, PUBLICITARIA DE RADIO Y TELEVISION, obrante a fojas 1, 9 y 10 del Expediente Nº 167.717/08, agregado como foja 147 al Expediente Nº 166.109/06, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo obrante a fojas 1, 9 y 10 del Expediente Nº 167.717/08, agregado como foja 147 al Expediente Nº 166.109/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 403/75.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 166.109/06

Buenos Aires, 5 de septiembre de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1124/08, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1, 9 y 10 del expediente 167.717/08, agregado como fojas 147 al expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 803/08. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

Expte. N° 167.717/08

Delegación Regional Bahía Blanca

En la ciudad de Bahía Blanca, partido del mismo nombre, de la Provincia de Buenos Aires, a los dos (2) días del mes de julio de 2008, comparecen espontáneamente por ante mí, Heriberto Oscar Gigena, Coordinador de la Delegación Regional Bahía Blanca del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, por una parte los señores DANIEL CORREA, (DNI 22.537.451) y PABLO PRESTI, (DNI 22.049.882) en carácter de SECRETARIO GENERAL y SECRETARIO GREMIAL respectivamente, en representación del SINDICATO DE PRENSA DE BAHIA BLANCA, circunstancia que acreditan con copia que se acompaña de constancia emitida por el Director Nacional de Asociaciones Sindicales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social con fecha 1 de noviembre de 2007; KARINA ELIZABETH KUCHERENO (DNI 22.537.060); OSCAR HUGO BALEIRON (DNI 11.674.716), PABLO ANDRES PASCUAL (DNI 23.776.043), y HERNAN ALFREDO GUERCIO (DNI 26.423.429), en carácter de delegados gremiales de la Empresa "DIARIO LA NUEVA PROVINCIA S.R.L." y el Sr. OSCAR RUBEN BALTIAN (DNI 12.378.052), en carácter de delegado gremial de "RADIO BAHIA BLANCA S.A." quienes acreditan su personería acompañando las constancias de comunicación a las respectivas empresas, todos los nombrados precedentemente vienen patrocinados por el Doctora ROSANA YOLANDA STADLER (DNI 22.122.705) y por la representación empresaria, en carácter de gerente administrador del DIARIO LA NUEVA PROVINCIA S.R.L. (Cuit Nº 30- 50009286-2) el Contador DOMINGO MARRA (L.E. 7.650.805) y RADIO BAHIA BLANCA S.A. (Cuit 30-54951330-8) también representada por el Contador DOMINGO MARRA, en su carácter de apoderado, quien tiene acreditada la personería invocada en el EXPEDIENTE 166.109/06, quien asiste patrocinado por el Doctor GABRIEL ENRIQUE PERI (DNI 14.173.030), Tº 51 Fa 640 CSJN.

Abierto que fuera el acto por el funcionario actuante, el mismo procede a ceder el uso de la palabra a las partes, quienes de común acuerdo, MANIFIESTAN: Que concurren ante este Organismo a efectos de acompañar y ratificar íntegramente el acuerdo salarial arribado, adjuntando las Escalas que rigen a partir del 01/04/08 las que regían hasta esa fecha en dos fojas o sea una de la Radio y otra del Diario con respecto al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 403/75, con vigencia hasta el día 31/03/09, asimismo las partes solicitan que los presentes actuados se agreguen al EXPEDIENTE Nº 166.109/06, SOLICITANDO LA HOMOLOGACION DEL ACUERDO ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo. Que no tienen nada más que agregar.

Con lo que se dio por terminado el acto, previa lectura y ratificación íntegra de lo expuesto precedentemente, firmando los comparecientes de conformidad, por ante mí, funcionario actuante que certifica.