ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Nota Externa Nº 19/2008

Asunto: Informatización Acuerdos de Complementación Económica Nº 35 (MERCOSUR -Chile) y Nº 36 (MERCOSUR - Bolivia)

Bs. As., 14/11/2008

Visto que en la actualidad las destinaciones de importación efectuadas al amparo de los Acuerdos de Complementación Económica Nº 35 (MERCOSUR - Chile) y Nº 36 (MERCOSUR - Bolivia) se declaran por medio de autoliquidación, LML 02 o LML 03, según corresponda, se informa que a partir de los cinco días posteriores a la publicación de la presente, se implementará un mecanismo que permitirá que el Sistema Informático MARIA liquide automáticamente los derechos a tributar, teniendo en cuenta la preferencia porcentual correspondiente a la Posición NALADISA declarada en el campo NALADISA/GATT de cada uno de los ítems. Este mecanismo no abarcará inicialmente todas las posiciones negociadas, sino que la conversión se irá haciendo en forma paulatina comenzando por aquellas posiciones con mayor movimiento comercial. El mencionado mecanismo controlará que si se utiliza una autoliquidación la Posición NALADISA declarada no se encuentre entre las que ya fueron automatizadas y también obligará a utilizar autoliquidación si la posición NALADISA aún no fue automatizada.

Cabe recordar que los mencionados acuerdos se encuentran negociados en NALADISA 1993.

Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido, archívese. — Sr. SILVIO LUIS MINISINI, Subdirector General de Control Aduanero, Dirección General de Aduanas.

e. 18/11/2008 Nº 17473/08 v. 18/11/2008