ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

SUBDIRECCION GENERAL DE CONTROL ADUANERO

Nota Externa Nº 20/2008

Quincuagésimo Noveno Protocolo Adicional al ACE Nº 18. Decisión CMC Nº 25/07. Llenado Certificado de Origen.

Bs. As., 19/11/2008

De acuerdo con la Nota Nº 390 de fecha 14 de noviembre de 2008 del Area Origen de Mercaderías, dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, relativa al llenado del Certificado de Origen para aquellas operaciones que se realicen en el marco de lo dispuesto en la Decisión CMC Nº 25/07, se informa que:

1. — En el Campo 12 "Valor FOB en Dólares" deberá consignarse el valor de la factura en moneda local.

2. — En el Campo 14 "Observaciones" deberá indicarse la siguiente leyenda: "el monto consignado en el Campo 12 corresponde al valor en moneda local al amparo del LIX Protocolo Adicional al ACE Nº 18".

Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. — Sr. SILVIO LUIS MINISINI, Subdirector General de Control Aduanero, Dirección General de Aduanas.

e. 21/11/2008 Nº 17831/08 v. 21/11/2008