MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1220/2008

Registro Nº 872/2008

Bs. As., 18/9/2008

VISTO el Expediente Nº 1.232.878/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 95 de la citada actuación obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (F.O.E.E.S.I.T.R.A.), y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2.004).

Que mediante el referido Acuerdo las partes pactan el otorgamiento por parte de la empleadora de dos francos compensatorios para el caso en que el trabajador deba presentarse a laborar un día feriado o que concuerde con sábado o domingo, con fecha de vigencia a partir del 1 de julio de 2008, y conforme los detalles allí impuestos.

Que el ámbito de aplicación del Acuerdo referido se corresponde con la actividad principal de la empleadora signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical firmante, emergentes de su Personería Gremial.

Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), como así la representación invocada por los presentantes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (F.O.E.E.S.I.T.R.A.), y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 95 del Expediente Nº 1.232.878/07, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo obrante a fojas 95 del Expediente Nº 1.232.878/07.

ARTICULO 3º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, remitiéndose copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.232.878/07

Buenos Aires, 19 de septiembre de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1220/08, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 95 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 872/08. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación -D.N.R.T.

Buenos Aires a los 24 días del mes de junio de 2008, se constituye la Comisión Paritaria Nacional del CCT 201/92, con la presencia de los Señores Rogelio RODRIGUEZ, Diógenes SALAZAR, Osvaldo CASTELNUOVO, Roberto CATALANO, en representación de la FEDERACION DE OBREROS ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIAS DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por una parte; y los Sres. José María PASTOR BEDOYA, Raúl GIORDANENGO y Daniel DI FILIPPO, en representación de TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., por la otra; quienes en consideración de las actuaciones de las partes y del dictamen Nº 3811 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social correspondiente al expediente Nº 1.232.878/07, convienen lo siguiente:

1) Cuando el trabajador deba presentarse a trabajar un día feriado que concuerde con sábado o domingo en virtud de haber sido convocado por la empresa para la realización de turnos diagramados, se le deberá otorgar dos francos compensatorios.

2) Las partes elevan el presente acuerdo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, para su correspondiente homologación.

3) El presente acuerdo tendrá vigencia a partir del 1º de julio de 2008.

En prueba de conformidad se firman 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.