COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL 18.8.77

Resolución General 9/2008

Establécense para el período fiscal 2009, las fechas de vencimiento para el pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral.

Bs. As., 18/11/2008

VISTO y CONSIDERANDO:

Que es conveniente mantener fechas de vencimiento uniformes para el pago y la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el universo de contribuyentes que lo liquidan bajo las normas del Convenio Multilateral y de presentación de la Declaración Jurada anual.

Que en tal sentido, es necesario establecer el calendario de vencimientos para el año 2009.

Por ello,

LA COMISION ARBITRAL

(Convenio Multilateral del 18.8.77)

RESUELVE:

Artículo 1º — Establecer para el período fiscal 2009, las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral, detalladas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — Establecer que el vencimiento para la presentación de la declaración jurada —Formulario CM05— correspondiente al período fiscal 2008 operará el 30 de junio del año 2009, sin perjuicio de aplicar a partir del cuarto anticipo el coeficiente unificado y determinar las bases imponibles jurisdiccionales según lo establecido en los artículos 66 y 67 de la R.G. Nº 1/2008.

Art. 3º — Comunicar la presente resolución a las Jurisdicciones adheridas para que dicten las normas complementarias de lo dispuesto en los artículos anteriores.

Art. 4º — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese. — Alicia Cozzarin de Evangelista. — Mario A. Salinardi.

ANEXO I

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - CONVENIO MULTILATERAL

FECHA DE VENCIMIENTOS

PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009