MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución Nº 973/2008

Bs. As., 2/12/2008

VISTO los Decretos Nros. 1615/96, 1547/07 y 1618/08 P.E.N. y el Expediente Nº 146345/08-SSSalud y;

CONSIDERANDO:

Que la significativa importancia de las funciones asignadas a esta Superintendencia, conlleva un alto compromiso por parte de la entidad, del control de las tareas desarrolladas por los diferentes niveles de la estructura organizativa interna del Organismo.

Que resulta obligación indeclinable de este Superintendente, la supervisión del cumplimiento de los objetivos correspondientes al Organismo y de todos sus dependientes conforme Decreto 1547/07, como así, la verificación de la eficiencia y eficacia en la ejecución del plan estratégico de la Superintendencia de Servicios de Salud y de los planes operativos anuales, desarrollando las medidas correctivas que fuere menester a fin de optimizar los resultados esperados.

Que a efectos de conocer el desenvolvimiento de gestión de todas las unidades operativas y poder de esta manera planificar las estrategias futuras, como así, las correcciones necesarias para la optimización del funcionamiento del Organismo, resulta conveniente ordenar un corte de gestión y un análisis de las políticas que se han venido desarrollando en los últimos años.

Que con el fin de obtener una mirada crítica, objetiva e imparcial de los aspectos mencionados en los Considerandos precedentes, deviene imprescindible la participación de profesionales y técnicos propuestos por la Universidad de Buenos Aires.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615/96 y 1892/08 P.E.N.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Instrúyase a la Gerencia General de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD a efectos de gestionar para la rúbrica de este Superintendente, un Convenio Marco de Cooperación Institucional y Asistencia Técnica con la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES a fin de desarrollar las tareas de auditoría de corte de gestión, como así, del cumplimiento de los objetivos y responsabilidad primaria y acciones de cada una de las unidades operativas del Organismo, de conformidad con el Decreto Nº 1547/07, como toda otra tarea o acción desarrollada de hecho por cada una de las unidades operativas.

ARTICULO 2º — Instrúyase asimismo a la Gerencia General a someter a consideración de este Superintendente, la conveniencia de continuar con otros Convenios de Asistencia Técnica y Cooperación Institucional que hubieren sido celebrados por esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD con Universidades Nacionales u Organismos similares.

ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — Dr. JUAN ANTONIO RINALDI, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.

e. 09/12/2008 Nº 20398/08 v. 09/12/2008