INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 1892/2008

Bs. As., 2/12/2008

VISTO, el artículo 3 inciso a) de la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/2001), y

CONSIDERANDO:

Que entre las atribuciones de la Presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES previstas en la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001.) y sus modificatorias se encuentran las de ejecutar las medidas de fomento tendientes a desarrollar la cinematografía argentina, pudiendo a tal efecto auspiciar concursos y emplear todo otro medio necesario para el logro de ese fin, así como fomentar el desarrollo de la cinematografía argentina en sus aspectos culturales, técnicos, artísticos, industriales y comerciales, en tal sentido se estima conducente promover la producción de películas nacionales de Cortometrajes.

Que el concurso para la producción al que alude la presente Resolución se inscribe en el marco para la promoción de nuevos realizadores en el ámbito de la producción nacional.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que debe dictarse Resolución al respecto.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Llámase a Concurso Abierto para la selección de DIEZ (10) Cortometrajes terminados de Ficción, Documental, Animación o Experimental.

ARTICULO 2º — Podrán participar en el Concurso sólo aquellos directores argentinos o extranjeros que acrediten una residencia fehaciente no menor a los TRES (3) años en el país.

ARTICULO 3º — Los proyectos deberán ser sobre ideas originales y de temática libre, no aceptándose guiones con adaptaciones de obras literarias preexistentes. Las películas no podrán contener publicidad comercial.

ARTICULO 4º — Cada postulante tiene derecho a la presentación de un solo proyecto.

ARTICULO 5º — Fíjanse los días 22 de julio de 2008 al 15 de septiembre de 2009 como fechas de apertura y cierre de las presentaciones al Concurso al que se llama por la presente Resolución.

ARTICULO 6º — Los Cortometrajes deberán haber sido realizados en formato digital calidad broadcasting Beta Digital —HDV o HDCAM— debiendo entregar 1 copia del Master en el formato elegido para su registro. Y una copia en formato DVD para su visualización por el Jurado.

ARTICULO 7º — Su duración máxima será de OCHO (8) minutos, incluyendo títulos y rodantes.

ARTICULO 8º — Todos los cortometrajes, documentos y materiales deberán ser remitidos al INCAA a la siguiente dirección Lima 319 —Mesa de Entradas—1º Piso Concurso Cortometraje 2008. Todo material recibido por el INCAA en esta dirección permanecerá en su poder en los términos de este Reglamento, hasta la selección definitiva de los ganadores.

ARTICULO 9º — Los Cortometrajes no podrán contener publicidad comercial.

ARTICULO 10º — El participante garantiza que posee y es titular de todos los derechos necesarios para que el Cortometraje reciba el tratamiento, uso y explotación señalados en este Reglamento, incluyendo sin que implique limitación alguna, todos los permisos, autorizaciones y licencias requeridas por los titulares de los derechos musicales, imágenes, actores, colaboradores, sindicatos, gremios y entidades de gestión. En caso de existir algún reclamo de un tercero, el Participante será el único responsable y mantendrá al INCAA, indemne en todo momento y circunstancia frente a los mismos. Asimismo declara que toda persona que aparece en el cortometraje suministrado ha dado su consentimiento para ser filmado. Expresamente declara que si los actores que aparecen en el cortometraje son menores de edad, el Participante obtuvo con anterioridad los permisos de ambos padres y/o guardianes legales pertinentes.

ARTICULO 11º — La Presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES designará un Jurado de CINCO (5) miembros a los fines de la selección de los cortometrajes a premiar.

ARTICULO 12º — El INCAA escogerá los diez (10) mejores Cortometrajes entre aquellos Participantes cuyo material cumpla los requisitos, condiciones y términos establecidos en el Reglamento. La selección implica la autorización para el INCAA de difundir y/o exhibir en forma total o parcial, por las señales de televisión públicas o privadas con las que el Organismo celebre Convenios al efecto y/o por la página Web del INCAA por un término de 3 años contados a partir de la fecha en que se dicte la Resolución declarando los ganadores, asimismo El INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES podrá disponer de los cortometrajes ganadores a los efectos de su difusión en las ocasiones que considere pertinentes y que tenga como objetivo la promoción y presencia del cine nacional en diversos encuentros así como actos culturales y otros de fines similares. En cuanto a la comercialización, el VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) de lo recaudado será para el realizador, y el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75 %) restante a favor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTICULO 13º — El INCAA entregará a cada uno de los Diez (10) Participantes ganadores la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-) pagadero mediante cheque, en concepto de compra de derechos de exhibición no exclusiva por el término de 3 años. Esta cantidad será transferida al banco comercial indicado por los Participantes ganadores. La liberación de las sumas aportadas por el INSTITUTO estarán sujetas a disponibilidad presupuestaria.

ARTICULO 14º — Vencido el plazo de presentación de los cortometrajes, el Jurado tendrá un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días para la selección de los proyectos ganadores. Las decisiones se tomarán por simple mayoría de votos. La decisión del Jurado será irrecurrible.

ARTICULO 15º — Los Participantes ganadores deberán informar y solicitar la debida autorización al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para la participación de sus cortometrajes en Muestras, Festivales y/o Concursos Nacionales e Internacionales.

ARTICULO 16º — Los Cortometrajes seleccionados deberán incluir en los títulos de presentación en primer término, un cartel con la leyenda: "EL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES PRESENTA" como así también dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 727/07/INCAA o aquella que la reemplace en el futuro. Dicha leyenda deberá figurar en la publicidad y en la presentación del Cortometraje en Festivales o Muestras de Cine, tanto en el país como en el exterior.

ARTICULO 17º — Los Anexos I y II forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 18º — La participación en el Concurso implica el conocimiento y aceptación del presente Reglamento por parte de los intervinientes. Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTICULO 19º — No podrán intervenir en el concurso al que se llama por esta Resolución quienes registren deudas vencidas e impagas con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTICULO 20º — Cada postulante tiene derecho a la presentación de un solo CORTO y deberá hacerlo bajo Seudónimo. Los proyectos presentados al presente concurso no podrán participar en ningún otro llamado que convoque el Organismo durante el ejercicio del año 2009. En caso de incumplimiento el proyecto se tendrá por no presentado en ninguno de los concursos y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo el presentante restituir toda suma que hubiese percibido por parte del INSTITUTO.

ARTICULO 21º — Los Cortometrajes que no resultaran ganadores del presente concurso, tendrán TREINTA (30) días corridos a partir de la publicación por Resolución de los beneficiarios de los premios, para retirar dichas presentaciones; de lo contrario se procederá a la destrucción del material.

ARTICULO 22º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO l

CONCURSO CORTOMETRAJES EN DIGITAL TERMINADOS 2009

REQUISITOS PARA LA PRESENTACION

Los interesados deberán acompañar los siguientes requisitos para la presentación de los proyectos:

1. -

a) Fotocopia del Certificado de Depósito en la Dirección Nacional de Derechos de Autor del guión.

b) Autorización por escrito del guionista al director presentante, en el caso de no ser la misma persona, con firma certificada por escribano público, o autoridad bancaria.

c) Ficha con los datos personales según modelo del Anexo ll.

d) Documento de la que resulte la residencia, pudiendo consistir la misma en título de propiedad, de pagos de impuestos o servicios públicos, debiendo resultar de dicha documentación la antigüedad en la residencia requerida para participar en el concurso.

e) Antecedentes del director postulante.

f)CINCO (5) copias del cortometraje en formato DVD .

g) Nómina de Equipo Técnico y Artístico.

2. Deberá hacerse constar, en forma notoria, la leyenda "CONCURSO CORTOMETRAJES EN DIGITAL TERMINADOS 2009", título del proyecto, nombre y apellido del director presentante al concurso, número de documento, teléfonos, domicilio, dirección de correo electrónico del mismo.

3. Los CORTOS deberán ser presentados en la Mesa de Entradas del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, Lima 319, Piso 1º (Código Postal 1073) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10:00 a 17:00 horas, por Remisión por vía postal tomándose la fecha de imposición de la Oficina respectiva.

4. El incumplimiento de los requisitos y forma de presentación dispuestos en este Anexo producirá la automática eliminación de la participación en el Concurso.

ANEXO II

e. 10/12/2008 Nº 21009/08 v. 10/12/2008