MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1344/2008

Registro Nº 959/2008

Bs. As., 2/10/2008

VISTO el Expediente Nº 1.256.211/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 11 del Expediente Nº 1.256.211/08, obra el Acuerdo celebrado por el SINDICATO REGIONAL DE LUZ Y FUERZA DE LA PATAGONIA y YACIMIENTOS CARBONIFEROS RIO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RIO GALLEGOS, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo las precitadas partes establecen otorgar la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500.-) a cuenta de futuras negociaciones al personal representado por la entidad gremial y demás consideraciones obrantes en el texto al cual se remite.

Que las partes convienen la vigencia del presente Acuerdo a partir del 1 de enero de 2008.

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que alteren los principios, derechos y garantías del orden público laboral.

Que el ámbito territorial y personal se corresponde con la actividad desarrollada por la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar el cálculo de tope previsto por el Artículo 245 de la Ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo celebrado por el SINDICATO REGIONAL DE LUZ Y FUERZA DE LA PATAGONIA y YACIMIENTOS CARBONIFEROS RIO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RIO GALLEGOS, a foja 11 del Expediente Nº 1.256.211/08, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo, obrante a foja 11 del Expediente Nº 1.256.211/08.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva, para la notificación a las partes signatarias intimándoselas a acompañar las escalas salariales correspondientes. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.256.211/08

Buenos Aires, 7 de octubre de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1344/08, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 11 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 959/08. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.256.211

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de febrero de 2008, siendo las 12.00 hs, comparecen, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante mí, Dra. Margarita Mercedes Gadea, Jefe de Departamento de Relaciones Laborales Nº 1 de la Dirección de Relaciones del Trabajo; el Cr. Miguel Angel Larregina, con D.N.I. 12.758.219, en el carácter de Coordinador General, con facultades suficientes establecidas mediante Resolución YCRT Nº 05/08, constituyendo domicilio en Av. Julio A. Roca 651, Piso 3º, Sector 30 de la C.A.B.A., en representación de YACIMIENTO CARBONIFERO RIO TURBIO (YCRT), por una parte y por la otra, Marco Navarrete, con D.N.I. 17.651.480, en su carácter de Secretario Seccional Río Turbio; Luis Avendaño, con D.N.I. 18.240.107, en su carácter de Secretario Seccional Adjunto Río Turbio, y Adriano Abelardo Villagra, en su carácter de Secretario Gremial Adjunto del Sindicato Regional de Luz y Fuerza de la Patagonia, con la acreditación que se adjunta a la presente, en representación del SINDICATO REGIONAL DE LUZ Y FUERZA DE LA PATAGONIA.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, cedida la palabra a la representación sindical, la misma manifiesta: Que venimos en el marco de asambleas sectoriales en el ámbito de este Yacimiento a solicitar: 1º) El otorgamiento de pesos quinientos ($ 500,00), al personal representado por nuestra entidad gremial, a cuenta de futuras negociaciones salariales, teniendo en cuenta el defasaje sufrido por los sueldos y el elevado costo de la canasta familiar. 2º) Establecer los rubros salariales de Dedicación Funcional y Cargo.

Cedida la palabra a la representación de YCRT, manifiesta: 1º) Que con relación a la incorporación a lo solicitado precedentemente por la representación gremial, la Empresa acepta la propuesta sindical, la que se implementará a partir del 01/01/08. 2º) Con respecto al apartado segundo requerido por el gremio, la empresa acepta la propuesta, por lo que instruirá al área del Yacimiento que corresponda, a los efectos de su instrumentación, a partir del 01/02/08.

Cedida la palabra a las partes en forma conjunta, manifiestan que ratifican todo lo acordado precedentemente en el acta del día de la fecha, solicitando se proceda a la homologación de la misma.

Sin más, siendo las 12.30 horas, se da por finalizado el presente acto, firmando los comparecientes, ante mí, que así lo Certifico.