PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 574/2008

Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. Modifícase la distribución del Presupuesto Nacional para el Ejercicio 2008.

Bs. As., 3/12/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0243073/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, aprobado por la Ley Nº 26.337 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional tiene como objetivo concretar una importante cantidad de obras de infraestructura energética y planes de acción que permitan acompañar el crecimiento económico del país.

Que los recursos que se recaudan con destino a contribuir el fomento de los planes de electrificación y a establecer la equidad tarifaria en el país, se hacen efectivos a través del Fondo para el Desarrollo Eléctrico del Interior (FEDEI) y del Fondo Subsidiario para Compensaciones Regionales de Tarifas a Usuarios Finales (FCT), respectivamente.

Que la Ley Nº 26.337 de Presupuesto General de la Administración Nacional en su Artículo 16 faculta al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a disponer ampliaciones de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 56 - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, mediante la incorporación de los saldos de remanentes recaudados de los años 2004, 2005 y 2006 del Fondo para el Desarrollo Eléctrico del Interior (FEDEI) y del Fondo Subsidiario para Compensaciones Regionales de Tarifas a Usuarios Finales (FCT)

Que por otra parte, mediante el Decreto 1539 de fecha 19 de septiembre de 2008 se creó el Programa Nacional de Consumo Residencial de Gas Licuado de Petróleo Envasado y se aprobó la reglamentación de los Artículos 44, 45 y 46 de la Ley, Nº 26.020.

Que el mencionado Decreto tiene como objetivo establecer las condiciones para que las garrafas de Gas Licuado de Petróleo puedan ser adquiridas por los usuarios residenciales a un precio diferencial establecido.

Que los gastos que demande la ejecución del citado programa serán financiados con recursos con afectación específica provenientes de una mayor recaudación y de compensaciones dentro del total aprobado en la Ley 26.337.

Que en consecuencia resulta necesario modificar los créditos y recursos vigentes de la Jurisdicción 56 - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a efectos de adecuarlos a las actuales necesidades operativas para cumplir con los fines y objetivos establecidos.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9 y 16 de la Ley Nº 26.337 del Presupuesto General de la Administración Nacional y el Artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 56 – MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Sergio T. Massa. — Carlos R. Fernández. — Julio M. De Vido.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar