SECRETARIA DE ENERGIA

Resolución 1416/2008

Apruébase el Reglamento Particular para la Transferencia de Fondos provenientes de Compensaciones Evitadas Ley Nº 26.019.

Bs. As., 12/12/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0428715/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, Ley Nº 26.019, la Resolución Nº 268 de fecha 11 de mayo de 2007 y la Resolución Nº 267 de fecha 11 de abril de 2008, ambas del Ministerio antes mencionado y,

CONSIDERANDO:

Que en el marco de las obras de infraestructura energética destinadas a fomentar el normal desenvolvimiento del Sistema Energético Nacional se han desarrollado numerosos proyectos vinculados con la sustitución del Gas Propano Indiluido por redes por gas natural.

Que el financiamiento de las obras de los proyectos antes mencionados se realiza generalmente, a través del aporte de fondos del adjudicatario de la contratación para la ejecución de las obras y/o el aporte de las obras al fideicomiso que se constituyan o hubieren constituido oportunamente.

Que el repago del financiamiento de dichos proyectos se realizará a través de algunas de la/s opciones que siguen: a) la aplicación de lo dispuesto en la Ley Nº 26.019; b) el ahorro que pudiesen generar los futuros usuarios de gas natural, no contemplados en el repago previsto en la ley antes mencionada por la sustitución de combustible; c) la aplicación de cargos específicos en el marco de la Ley Nº 26.095 y su normativa reglamentaria y; d) u otra forma de repago que las partes pudieren acordar en observancia a las normas vigentes en la materia, incluido los recursos provenientes del Fondo Fiduciario creado por el Artículo 75 de la Ley Nº 25.565 para el caso en que se sancione la normativa que permita su aplicación.

Que por medio de la Resolución Nº 268 de fecha 11 de mayo de 2007 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se aprobó el Reglamento General para la Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos a Provincias, Municipios y/u otros Entes, aplicable a la totalidad de los Programas que operan en la órbita del Ministerio mencionado, que cuenten con crédito presupuestario en los incisos 5 y 6.

Que por otra parte, dicha Resolución dispone que las Unidades Ejecutoras de Programas y Entidades que administran tales Programas, deben elaborar en un plazo de NOVENTA (90) días contados a partir de la entrada en vigencia de la citada Resolución, los Reglamentos Particulares que consideren necesarios en el marco de cada Plan.

Que mediante la Resolución Nº 267 de fecha 11 de abril de 2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se efectuaron modificaciones a la Resolución anteriormente mencionada, las cuales tienen aplicación a partir de la entrada en vigencia de la misma.

Que dicha Resolución, por un lado, sustituye el Reglamento General aprobado para la Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos a Provincias, Municipios y/u otros Entes, y su correspondiente Instructivo, siendo de aplicación para aquellos Programas o Entidades que operen en la órbita del mencionado Ministerio y cuenten en sus presupuestos con créditos de los incisos 5 y 6, que se ejecuten en virtud de Convenios y/o Acuerdos con Provincias, Municipios y/u otros Entes, y para los Fondos Fiduciarios.

Que por otro lado, prorroga el plazo establecido en la Resolución Nº 268 anteriormente mencionada, instruyendo a las Unidades Ejecutoras a readecuar sus Reglamentos Particulares en un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos contados a partir de su entrada en vigencia.

Que es en virtud de ello que resulta necesario aprobar el Reglamento Particular para la Transferencia de Fondos provenientes de Compensaciones Evitadas Ley Nº 26.019, el cual se ejecuta en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que a través del mismo se establecen las responsabilidades de las partes intervinientes y la metodología de ejecución de la sustitución de gas propano indiluido por redes por gas natural, así como también los mecanismos que deberán respetarse para la rendición de cuentas y la auditoría respecto de las transferencias que se aprueben.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se encuadra en las facultades conferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, y por la Resolución Nº 267 de fecha 11 de abril de 2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Reglamento Particular para la Transferencia de Fondos provenientes de Compensaciones Evitadas Ley Nº 26.019, que forma parte integrante como Anexo a la presente resolución, en el marco de la Resolución Nº 267 de fecha 11 de abril de 2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Art. 2º — Instrúyase a la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para que en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, se elabore el MANUAL DE EJECUCION conforme a lo establecido en el punto 2.13 del INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACION DEL REGLAMENTO PARTICULAR, Anexo al Artículo 2º de la Resolución Nº 267 de fecha 11 de abril de 2008 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Art. 3º — La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel O. Moroni.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar