Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 3767/2008

Déjase sin efecto la Resolución Nº 3372/08, mediante la cual se ofreció una recompensa destinada a aquellas personas que brindaran datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Ricardo Aleks.

Bs. As., 12/12/2008

VISTO la Ley Nº 26.375, la Resolución MJSyDH Nº 1720 de fecha 27 de junio de 2008 y el Legajo Nº 17/08 de la Unidad Especial para Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia, y

CONSIDERANDO:

Que por ante el Juzgado Federal Nº 1 de Mendoza, se instruye Expediente Nº 181 F, caratulado "Fiscal c/ Mirotta, Luís J. y otros s/Av. Inf. art. 80 del C.P".

Que en la citada causa interviene la Fiscalía Federal Nº 1 de Mendoza a cargo de la Dra. Maria Alejandra OBREGON.

Que mediante la Resolución Nº 3372 con fecha 11 de noviembre de 2008 se ofreció como recompensa dentro de la República Argentina, la suma de pesos CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Ricardo ALEKS, D.N.I. Nº 4.998.247, sobre quien pesaba pedido de captura nacional desde el 13 de diciembre de 2007.

Que con fecha 10 de diciembre de 2008 se recibió oficio Nº 1093 donde conforme la resolución emanada de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza se ha otorgado la exención de prisión del ciudadano Ricardo ALEKS.

Que por tal motivo desde el día 3 de diciembre del corriente año se deja sin efecto el pedido de captura que pesaba respecto del nombrado.

Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Déjese sin efecto la Resolución Nº 3372 con fecha 11 de noviembre de 2008 por la que se ofrece dentro de la República Argentina, la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Ricardo ALEKS, D.N.I. Nº 4.998.247.

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández.