CONVENIOS
Ley 26.433
Apruébase el Convenio Internacional del Aceite de Oliva y las Aceitunas de Mesa, concluido en Ginebra, Confederación Suiza, el 29 de abril de 2005.
Sancionada: Noviembre 26 de 2008.
Promulgada de Hecho: Diciembre 18 de 2008.
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Apruébase el CONVENIO INTERNACIONAL DEL ACEITE DE OLIVA Y LAS ACEITUNAS DE MESA, concluido en Ginebra —CONFEDERACION SUIZA— el 29 de abril de 2005, que consta de CUARENTA Y OCHO (48) artículos y TRES (3) Anexos, cuyas fotocopias autenticadas en idioma castellano forman parte de la presente ley.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL OCHO.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.433 —
JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.