MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 1052/2008

Bs. As., 22/12/2008

VISTO las Resoluciones Nros. 497/06-SSSalud, 389/08-SSSalud y 973/08-SSSalud y el Expediente Nº 107.086/06-SSSALUD (Cpos. 1/8); y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 497/06-SSSalud se aprueba el Programa de Asistencia Técnica celebrado con la FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, con fecha 22 de agosto de 2006.

Que por dicho Convenio la Facultad brinda asistencia técnica a esta Superintendencia, a través de estudios en Evaluación de Tecnologías Sanitarias, a fin de analizar exhaustivamente la viabilidad y conveniencia de la inclusión de dichas tecnologías en el P.M.O.

Que conforme art. 2º de la Resolución Nº 973/08-SSSalud, se instruye a la Gerencia General a someter a consideración de la Máxima Autoridad de este Organismo, la conveniencia de continuar con los Convenios de Asistencia Técnica y Cooperación Institucional que se hubieran celebrado con las Universidades Nacionales.

Que en este orden, la Gerencia General se expide mediante Providencia Nº 1671/2008-GG/ SSSalud, concluyendo que no considera conveniente la continuación del vínculo contractual.

Que en consecuencia, el Superintendente ordena al Servicio Jurídico Permanente del Organismo, a arbitrar los medios necesarios para que, dentro del marco contractual y de la normativa vigente, se de por rescindido el Programa de Asistencia Técnica celebrado con la FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos toma la intervención de su competencia, señalando que por Resolución Nº 389/08-SSSalud se aprueba la última de las prórrogas efectuadas al Convenio, pactando las signatarias la expiración de la misma el 22 de agosto de 2008.

Que de las constancias obrantes en el Expediente del VISTO, se advierte que las partes no rubricaron ningún nuevo instrumento acordando prorrogar el citado plazo.

Que en consecuencia, debe tenerse por resuelto el Programa de Asistencia Técnica, con fecha 22 de agosto de 2008.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1615/96 y 1892/08 PEN.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE

ARTICULO 1º — Téngase por resuelto con fecha 22 de agosto de 2008, el Programa de Asistencia Técnica celebrado con la FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES el 22 de agosto de 2006, con fundamento en lo expuesto en los CONSIDERANDOS de la presente.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y, oportunamente archívese. — Dr. JUAN ANTONIO RINALDI, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.

e. 26/12/2008 Nº 26832/08 v. 26/12/2008