INMUEBLES
Ley 26.442
Transfiérese a la Municipalidad de Chos Malal, Provincia del Neuquén un inmueble de propiedad del Estado Nacional.
Sancionada: Diciembre 3 de 2008
Promulgada: Diciembre 29 de 2008
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1ş Transfiérase a título gratuito a la Municipalidad de Chos Malal, provincia del Neuquén, el dominio del inmueble de propiedad del Estado nacional, Secretaría de Comunicaciones, individualizado como Lote A 1 de la Chacra 27, Matrícula Catastral Nş 02-20-74-8508, con una superficie de ONCE (11) has. 9.113.25 m2.
ARTICULO 2ş La transferencia que se dispone en el artículo precedente se efectúa con cargo a que la beneficiaria lo destine a la ejecución del plan de construcción de viviendas.
ARTICULO 3ş La posesión del inmueble a transferir se hará una vez trasladada y puesta en funcionamiento la antena de Radio Nacional al predio destinado para su emplazamiento en el Lote H, que es parte de Lote Oficial 8 Fracción D Sección XXX Matrícula Catastral 02-20-076-0713-0000, Matrícula Registral Nş 1151 Chos Malal.
ARTICULO 4ş El Poder Ejecutivo nacional, dentro de los NOVENTA (90) días de sancionada la presente, procederá a realizar los trámites necesarios para el otorgamiento de la respectiva escritura traslativa de dominio, la que contendrá expresamente la condición establecida en los artículos precedentes, a efectos de su inscripción registral.
ARTICULO 5ş Los gastos que demande la presente, según acuerdo celebrado con la Municipalidad de Chos Malal, estarán a cargo de la provincia del Neuquén.
ARTICULO 6ş Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.
REGISTRADO BAJO EL Nş 26.442
JULIO C. C. COBOS. EDUARDO A. FEL LNER. Enrique Hidalgo. Juan H. Estrada.