INMUEBLES

Ley 26.442

Transfiérese a la Municipalidad de Chos Malal, Provincia del Neuquén un inmueble de propiedad del Estado Nacional.

Sancionada: Diciembre 3 de 2008

Promulgada: Diciembre 29 de 2008

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1ş — Transfiérase a título gratuito a la Municipalidad de Chos Malal, provincia del Neuquén, el dominio del inmueble de propiedad del Estado nacional, Secretaría de Comunicaciones, individualizado como Lote A 1 de la Chacra 27, Matrícula Catastral Nş 02-20-74-8508, con una superficie de ONCE (11) has. 9.113.25 m2.

ARTICULO 2ş — La transferencia que se dispone en el artículo precedente se efectúa con cargo a que la beneficiaria lo destine a la ejecución del plan de construcción de viviendas.

ARTICULO 3ş — La posesión del inmueble a transferir se hará una vez trasladada y puesta en funcionamiento la antena de Radio Nacional al predio destinado para su emplazamiento en el Lote H, que es parte de Lote Oficial 8 – Fracción D Sección XXX – Matrícula Catastral 02-20-076-0713-0000, Matrícula Registral Nş 1151 – Chos Malal.

ARTICULO 4ş — El Poder Ejecutivo nacional, dentro de los NOVENTA (90) días de sancionada la presente, procederá a realizar los trámites necesarios para el otorgamiento de la respectiva escritura traslativa de dominio, la que contendrá expresamente la condición establecida en los artículos precedentes, a efectos de su inscripción registral.

ARTICULO 5ş — Los gastos que demande la presente, según acuerdo celebrado con la Municipalidad de Chos Malal, estarán a cargo de la provincia del Neuquén.

ARTICULO 6ş — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.

— REGISTRADO BAJO EL Nş 26.442 —

JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FEL LNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.