FUERZA AEREA ARGENTINA

COMANDO DE REGIONES AEREAS

Disposición Nº 122/2008

Bs. As., 16/12/2008

VISTO lo informado por el Departamento Gestión del Tránsito Aéreo y lo propuesto por el Director de Tránsito Aéreo y,

CONSIDERANDO:

Que el Comando de Regiones Aéreas, como autoridad rectora de la actividad aeronáutica civil en la República Argentina y en cumplimiento del dictado de las reglas de vuelo y de suministrar los servicios de tránsito aéreo a través de las dependencias correspondientes, entendió conveniente la reordenación de las normas y procedimientos que regulan la aviación civil en la República Argentina.

Que la Dirección de Tránsito Aéreo es Autoridad de aplicación, conforme a lo establecido en las leyes, normas y reglamentos nacionales, en todo lo relacionado con los Anexos de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) que regulan y ordenan los aspectos concernientes a la circulación aérea.

Que de las funciones propias del mencionado organismo establecidas en su Manual de Procedimientos Orgánicos (MAPO), puntualmente en el Apartado 4, inciso 2º, se desprende la función de "Supervisar el cumplimiento de las leyes, reglamentos y normas que rigen la actividad aeronáutica en el espacio aéreo y en los aeródromos".

Que en virtud de dicha función y por medio de la Disposición Conjunta Nº 1/2005 (3 de agosto de 2005 BO 30.721) se puso en vigencia la RAAC Parte 91 "Reglas de Vuelo y Operación General".

Que con posterioridad se procedió a actualizar dicha normativa mediante la Disposición Conjunta Nº 03/05 (29 de diciembre de 2005 BO 30.824).

Que ulteriormente se realizó una revisión completa de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil, habiéndose efectuado modificaciones al texto de dichas regulaciones.

Que el Comando de Regiones Aéreas mediante Disposición Nº 58/08 de fecha 17 de julio de 2008, aprobó el texto ordenado y modificado de las "Regulaciones Argentinas de Aviación Civil" (RAAC) – Edición 2008, en vigencia a partir del 31 de julio del corriente.

Que posteriormente dicho texto ordenado fue actualizado en el marco del proceso de elaboración participativa de normas mediante Disposición Nº 111/08 de fecha 24 de noviembre de 2008.

Que la Parte 91 de las mencionadas Regulaciones corresponde a las normas establecidas en el Reglamento de Vuelos por lo que deviene abstracto mantener vigentes dos textos que poseen similares caracteres y jerarquías normativas.

Que la Asesoría Jurídica del Comando de Regiones Aéreas, ha tenido la intervención legal que le compete.

Que el suscrito es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las atribuciones conferidas por la Resolución Nº 440/91 (JEMGFA).

Por ello,

EL COMANDANTE DE REGIONES AEREAS

DISPONE:

ARTICULO 1º — Derógase, a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial, el Reglamento de Vuelos, 8ª Edición – 1998.

ARTICULO 2º — Regístrese; dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y oportunamente archívese copia, en el Registro de Disposiciones del Comando de Regiones Aéreas. — Brigadier JOSE ANTONIO ALVAREZ, Comandante de Regiones Aéreas.

e. 08/01/2009 Nº 134/09 v. 08/01/2009