MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE TRANSPORTE

Resolución Nº 1020/2008

Bs. As., 30/12/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0061554/2007 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA, titular de la concesión de la explotación de los servicios públicos de transporte de pasajeros de la Línea SARMIENTO, según el Contrato de Concesión aprobado por el Decreto Nº 730 de fecha 23 de mayo de 1995, modificado por la Addenda aprobada por el Decreto Nº 104 de fecha 25 enero de 2001, solicita se aprueben los trabajos y provisiones para la ejecución de la obra "Remodelación de estaciones. Estación Once de Septiembre, Línea SARMIENTO" y afectar los montos del Canon para el pago de obras imprescindibles de realizar, que tienen efecto directo en el servicio de pasajeros.

Que conforme la documentación técnica visada que obra en la carpeta anexa al expediente citado en el Visto, la obra de que se trata comprende en la primera etapa, la modificación de las estructuras de las plataformas y vías para que funcionen como andenes islas y a la vez aumentar la distancia existente entre los paragolpes y la línea de molinetes, comprendiendo la provisión de la mano de obra, herramientas, equipos y parte de los materiales necesarios para su completa ejecución.

Que en el marco de la Ley Nº 25.561 de Emergencia Pública prorrogada por las Leyes Nros. 25.972, hasta el 31 de diciembre de 2005; 26.077, hasta el 31 de diciembre de 2006; 26.204, hasta el 31 de diciembre de 2007 y 26.339 hasta el 31 de diciembre de 2008, se dictó el Decreto Nº 2075 de fecha 16 de octubre de 2002, que declaró en estado de emergencia a la prestación de los servicios correspondientes al sistema ferroviario de superficie y subterráneo de transporte de pasajeros en el AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.

Que mediante el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005 el ESTADO NACIONAL aprobó el programa de Obras, Trabajos Indispensables y Adjudicación de Bienes para Fortalecer y Desarrollar el programa de Obras del Sistema Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.

Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3º del Decreto Nº 1683/05 citado precedentemente, la SECRETARIA DE TRANSPORTE resulta competente a efectos de la incorporación de nuevas obras, trabajos indispensables y adquisición de bienes que no se encuentran comprendidas en el Artículo 1º del citado decreto, y que resultan necesarias y oportunas para el fortalecimiento y desarrollo del sistema ferroviario en su conjunto.

Que la obra "Remodelación de estaciones. Estación Once de Septiembre, Línea SARMIENTO" cumple con dichos requisitos, al mejorar significativamente la atención a los usuarios de dicha línea.

Que en el marco de la normativa vigente TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA propone la ejecución de la obra a través del método por administración.

Que la aplicación de este método permite ejecutar la obra en el corto plazo, utilizando las instalaciones y equipamiento existentes, aprovechando la mano de obra especializada propia y los conocimientos y experiencia técnica.

Que el monto a erogar por los trabajos y provisiones precitados, asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 3.515.432,37), incluido el Impuesto al Valor Agregado, siendo dicho monto admisible técnicamente y económicamente.

Que de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente el monto máximo a reconocer en concepto de gastos de administración y gerenciamiento, supervisión e inspección de obra, asciende a PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON DIECISEIS CENTAVOS ($ 283.871,16), incluido el Impuesto al Valor Agregado.

Que TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA solicitó atento la urgencia e imperiosa necesidad de ejecutar la obra señalada en el párrafo precedente atender con fondos del canon los gastos que genere la aplicación de la presente resolución.

Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado en el presente expediente la intervención que le compete.

Que resulta de aplicación lo establecido por la Resolución Nº 267 de fecha 11 de abril de 2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en todo aquello que resulte pertinente al servicio de transporte ferroviario de pasajeros.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la medida a adoptar encuadra en los decretos Nros. 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Incorpórase la obra "Remodelación de estaciones. Estación Once de Septiembre, Línea SARMIENTO" al Anexo I - SERVICIOS FERROVIARIOS METROPOLITANOS, LINEA SARMIENTO del Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005.

ARTICULO 2º — Apruébase a TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA, titular de la Concesión de los Servicios Ferroviarios Metropolitanos de Transporte de Pasajeros de la Línea SARMIENTO, según el Contrato de Concesión aprobado por el Decreto Nº 730 de fecha 23 de mayo de 1995, modificado por la Addenda aprobada por el Decreto Nº 104 de fecha 25 enero de 2001, la realización de los trabajos y provisiones necesarios para la ejecución de la obra "Remodelación de estaciones. Estación Once de Septiembre, Línea SARMIENTO".

ARTICULO 3º — Apruébase el monto máximo a erogar para la ejecución de la obra indicada en el Artículo 2º, en la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 3.515.432,37) incluido el Impuesto al Valor Agregado.

ARTICULO 4º — Apruébase el monto máximo a erogar en concepto de gastos de administración y gerenciamiento, supervisión e inspección de obra de los trabajos indicados en el Artículo 2º de la presente resolución, en la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON DIECISEIS CENTAVOS ($ 283.871,16) incluido el Impuesto al Valor Agregado.

ARTICULO 5º — Autorízase a TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA a destinar fondos del canon establecidos en el Artículo 7.3. del Contrato de Concesión aprobado por el Decreto Nº 730 de fecha 23 de mayo de 1995, modificado por la Addenda aprobada por el Decreto Nº 104 de fecha 25 enero de 2001, para atender los gastos que surjan de la aplicación de la presente resolución.

ARTICULO 6º — Comuníquese a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y a la empresa TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. RICARDO RAUL JAIME, Secretario de Transporte.

e. 13/01/2009 Nº 1490/09 v. 13/01/2009