MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 1545/2008

Apruébanse las aperturas inferiores de las unidades organizativas de la Unidad Ministro de Defensa y de la Secretaría de Estrategia y Asuntos Militares.

Bs. As., 29/12/2008

VISTO el Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994, el Decreto Nº 1451 de fecha 10 de setiembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1451/08, por el cual se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE DEFENSA faculta al Ministro de Defensa a aprobar SEIS (6) niveles de conducción.

Que a fin de optimizar las funciones y responsabilidades asignadas a este Ministerio, resulta necesario proceder a la aprobación de aperturas estructurales inferiores en el ámbito de la UNIDAD MINISTRO DE DEFENSA y de la SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES.

Que las unidades organizativas que se aprueban se encuadran en el régimen aplicable a las estructuras organizativas establecido por el Decreto Nº 1545/94.

Que el servicio jurídico del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete determinando que la medida propuesta es legalmente viable.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dictar en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 1451/08 y por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94.

Por ello,

LA MINISTRA DE DEFENSA

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébanse las aperturas inferiores de las unidades organizativas de la UNIDAD MINISTRO DE DEFENSA y de la SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES, de conformidad con el organigrama y acciones, que como Anexos la. y Ib. y II forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente de la Jurisdicción.

Art. 3º — Comuníquese; publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Nilda Garre.

ANEXO la.

ANEXO Ib.

ANEXO II

UNIDAD MINISTRO

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

AUDITORIA ADJUNTA SECTORIAL

ACCIONES

1. Asistir técnicamente de manera permanente y continua a los equipos de trabajo destacados en las subjurisdicciones y organismos, en los procesos de planificación operativa, programación y ejecución de los proyectos de auditoría.

2. Desarrollar tareas de supervisión de campo del cumplimiento de la planificación detallada de los proyectos de auditoría ejecutados por los equipos de trabajo destacados en las subjurisdicciones y organismos, a través del control continuo de los procedimientos y la calidad de los subproductos.

3. Supervisar los informes preliminares elaborados por los equipos de trabajo destacados en las subjurisdicciones y organismos, evaluando la suficiencia, pertinencia y validez de las evidencias obtenidas.

4. Formular la planificación específica y detallada, y ejecutar los proyectos de auditoría y exámenes que se le encomienden.

AUDITORIA ADJUNTA OPERACIONAL

ACCIONES

1. Asistir técnicamente a los grupos de Especialización y Representaciones.

2. Realizar por sí y/o supervisar a las Representaciones en la ejecución de Auditorías operacionales.

3. Elaborar normas técnicas y procedimientos vinculados a la planificación, programación y ejecución de las auditorías y a la confección de sus informes.

DIRECCION DE ANALISIS Y EVALUACION INSTITUCIONAL

ACCIONES

1. Administrar el Tablero de Comando que permite suministrar a la máxima autoridad y a las respectivas Secretarías la información centralizada proveniente de las Fuerzas.

2. Entender en el seguimiento de las acciones a implementar en cumplimiento de las directivas emanadas de la máxima autoridad del Ministerio a través del diseño y actualización de un Tablero de Control de Proyectos y Programas a ejecutar en el seno de cada una de las Secretarías y Subsecretarías.

3. Entender en la implementación y control de ejecución de las normas de calidad que rigen los procesos de los Organismos del Ministerio.

4. Asistir en el relevamiento y seguimiento permanente de los proyectos de gestión.

5. Entender en la elaboración, implementación y monitoreo de indicadores de seguimiento de la gestión.

6. Proponer herramientas que permitan la jerarquización de la información que nutre los procesos de toma de decisiones de la gestión en búsqueda de una mayor economía, eficacia y eficiencia en el desempeño.

7. Implementar los proyectos especiales que puedan ser encomendados por la máxima autoridad del Ministerio.

DIRECCION DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL

ACCIONES

1. Asesorar al Ministro de Defensa en el diseño de acciones destinadas a promover la participación ciudadana en la elaboración de las políticas del sector, generando nuevas instancias o utilizando los mecanismos y herramientas ya existentes para la recepción de opiniones, ideas, observaciones y sugerencias tanto de particulares como de organizaciones de la sociedad civil.

2. Asesorar al Ministro de Defensa en la implementación de medidas que faciliten a la ciudadanía el control sobre las decisiones y políticas del sector, difundiendo adecuadamente la información necesaria a tal efecto.

3. Supervisar el cumplimiento en la jurisdicción de las previsiones del Decreto 1172/03, específicamente en todo lo referente al registro y publicidad de las audiencias de gestión de intereses por todos los funcionarios obligados, a la observancia de la metodología a aplicar en caso de proceder a la realización de audiencias públicas o a la elaboración participativa de normas y a la garantía de acceso a la información pública.

4. Oficiar de enlace con la SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS constituyéndose en la responsable de garantizar el acceso a la información pública de la jurisdicción.

5. Coordinar con la DIRECCION DE PLANIFICACION DE POLITICAS DE TRANSPARENCIA de la OFICINA ANTICORRUPCION la implementación en la jurisdicción de las recomendaciones de políticas y programas preventivos de hechos de corrupción que realice la OFICINA como consecuencia de su PLAN DE ACCION —elaborado en el marco del Decreto Nº 102/99— y según aquellos estudios o relevamientos que realice y de los que surjan posibles cursos de acción para la mejora de los índices de transparencia.

SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES

DIRECCION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

DIRECCION DE POLITICAS DE GENERO

ACCIONES.

1. Coordinar con las instancias estatales que corresponda las acciones necesarias para el diseño y ejecución de planes, programas y acciones de difusión, sensibilización y capacitación para la incorporación de la perspectiva de género en el diseño de las políticas públicas del sector Defensa.

2. Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO en la propuesta de planes y programas de capacitación y sensibilización tendientes a prevenir, atender y contener problemáticas derivadas de la discriminación en razón del género, atendiendo específicamente a la problemática del acoso sexual y/o laboral.

3. Intervenir en el análisis de las reformas normativas e institucionales a fines de dictaminar la adecuación de las acciones y medidas institucionales a las exigencias de una adecuada integración de la perspectiva de género.

4. Intervenir, cuando así se lo requiera la DIRECCION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO, en la atención y seguimiento de denuncias y/o peticiones que involucren supuestos de discriminación basados en el género.

5. Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO en las acciones relativas a la inclusión de normativa internacional en materia de género en el ámbito de las operaciones internacionales de paz.

6. Proponer protocolos de atención de casos de violencia laboral con componentes de discriminación y otras formas de violencia en razón del género.

7. Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO en todo lo relativo a la adopción de medidas tendientes a garantizar una adecuada protección de la maternidad y la paternidad responsable en el ámbito de las instituciones de la Defensa Nacional.

8. Llevar un registro o base de datos sobre casos de discriminación y otras formas de violencia en razón del género.

9. Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO en la coordinación de acciones con los servicios de salud y las estructuras de personal de las instituciones de la Defensa a fin de garantizar la adecuada incorporación de la perspectiva de género para la correcta detección y atención de casos que puedan involucrar violencia de género.

DIRECCION DE PROGRAMAS

ACCIONES:

1. Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO en la propuesta de planes y programas de capacitación en materia de Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario, en coordinación con la Subsecretaría de Formación.

2. Proponer a la DIRECCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO acciones de difusión y sensibilización en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.

3. Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO en la implementación y puesta en funcionamiento y monitoreo del nuevo sistema de justicia militar.

4. Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO en la coordinación con las instancias estatales para el adecuado desarrollo del proceso de búsqueda y producción de información referida a los procesos por violaciones a los derechos humanos durante la vigencia del terrorismo de Estado y/o violaciones al Derecho Internacional Humanitario.

5. Asistir a la DIRECCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO en la creación, mantenimiento y sistematización de bases de datos y fuentes documentales referidas a la situación de los derechos humanos en las FUERZAS ARMADAS.

6. Supervisar, cuando así se lo requiera la DIRECCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO, la adecuada implementación de las medidas ministeriales en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.