CONTRATOS

Decreto 1/2009

Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº AR-L1013, destinado a la ejecución del Programa de Competitividad del Norte Grande, a suscribirse entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Bs. As., 5/1/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0288695/2008 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONO- MIA Y PRODUCCION y el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº AR-L1013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Contrato de Préstamo BID Nº AR-L1013, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA, a fin de posibilitar la ejecución del PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DEL NORTE GRANDE, por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES DIECISEIS MILLONES (U$S 16.000.000).

Que el mencionado programa será ejecutado por la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DEL NORTE GRANDE será financiado parcialmente con los recursos del Contrato de Préstamo precedentemente señalado y tendrá por finalidad contribuir al desarrollo económico sustentable de la región del Norte Grande, mediante el fortalecimiento de la competitividad de los conglomerados productivos que en el marco del programa se seleccionen.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, períodos de gracia, tasa de interés, comisión de crédito y demás cláusulas contenidas en el Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto, son las usuales que se adoptan en este tipo de contratos y resultan adecuadas a los propósitos y objetivos a los que será destinado este financiamiento.

Que conforme al Artículo 20 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, corresponde al ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION entender en las negociaciones internacionales de naturaleza monetaria y financiera y en las relaciones con los organismos monetarios y financieros internacionales.

Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID Nº ARL1013 y su documentación complementaria, y acuerde modificaciones al mismo, siempre que sean convenientes para la ejecución del PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DEL NORTE GRANDE y la administración del empréstito, y no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.

Que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado intervención, conforme lo dispone el Artículo 48 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), el Decreto Nº 434 de fecha 15 de mayo de 1997 y la Decisión Administrativa Nº 210 de fecha 15 de mayo de 1997.

Que ha tomado intervención el Servido Jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Artículo 40 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), los Artículos 57 y 60 in fine de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones y la Ley Nº 26.135.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº AR-L1013, destinado a la ejecución del PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DEL NORTE GRANDE, a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES DIECISEIS MILLONES (U$S 16.000.000), que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por una parte introductoria, SIETE (7) Capítulos, y SIETE (7) Cláusulas, de las Normas Generales integradas por NUEVE (9) Capítulos, NUEVE (9) Artículos y UN (1) Anexo único, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente decreto como Anexo I.

Asimismo, forman parte integrante de la presente medida como Anexos II y III, las versiones en idioma español de las "Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)" y las "Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)", ambas correspondientes a la edición del mes de julio de 2006.

Art. 2º — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID Nº ARL1013 y su documentación adicional relativa al Modelo que se aprueba por el Artículo 1º del presente decreto.

Art. 3º — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir modificaciones al Contrato cuyo Modelo se aprueba por el Artículo 1º del presente decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto del Préstamo, ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado.

(Nota Infoleg: por art. 2° del Decreto N° 505/2016 B.O. 28/3/2016, se faculta a la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN a convenir y suscribir modificaciones al Contrato cuyo Modelo se aprobara por el Artículo 1° del presente Decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto del Préstamo, ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.)

Art. 4º — Desígnase a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DEL NORTE GRANDE. Asimismo autorízase al señor Secretario de Política Económica del citado Ministerio, a tomar las medidas que estime correspondientes para el comienzo de las actividades del programa, su correcta y normal ejecución, así como la consecución de los objetivos previstos.

(Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 505/2016 B.O. 28/3/2016, se designa a la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DEL NORTE GRANDE, previsto en el presente Decreto, la que queda facultada a realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para su ejecución. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.)

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa. — Carlos R. Fernández.

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NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar