ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 31/2009

Estructura organizativa. Modificación.

Bs. As., 28/1/2009

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12836 - 5 - 2009 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO se propone modificar la estructura organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas, en el ámbito de la Dirección General Impositiva y de la Subdirección General de Coordinación Operativa de los Recursos de la Seguridad Social, en el ámbito de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la adecuación propuesta guarda relación con la iniciativa tomada por el Gobierno Nacional que ha puesto en práctica medidas para impulsar la regularización del empleo no registrado y la promoción y protección del empleo registrado, sancionando a esos y otros fines la Ley Nº 26.476 del 18 de diciembre de 2008.

Que en tal sentido, con el objeto de fortalecer el control del cumplimiento de las obligaciones de la seguridad social, resulta necesario reforzar las atribuciones y los recursos a cargo de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.

Que en ese contexto y con el propósito de afianzar dichas medidas, resulta conveniente trasladar el Departamento Comprobaciones Area Metropolitana al ámbito de la Subdirección General de Coordinación Operativa de los Recursos de la Seguridad Social.

Que a fin de sumar recursos a la actual fuerza operativa de que dispone esta última, se ha previsto la asignación de los trabajadores provenientes de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) incorporados a la AFIP, con fundamento en lo establecido en el artículo 14 de la Ley Nº 26.425 del 20 de noviembre de 2008.

Que la presente modificación cuenta con la conformidad de las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social.

Que el Departamento Coordinación y Procedimientos y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

Artículo 1º — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Comprobaciones Area Metropolitana" y sus unidades dependientes, existentes en la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas, pasen a depender de la Subdirección General de Coordinación Operativa de los Recursos de la Seguridad Social.

Art. 2º — Reemplazar en la estructura organizativa vigente los Anexos A06 y A18 y la parte pertinente del B18, por los que se aprueban por la presente.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO A06

ANEXO A18

ANEXO B18

SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION OPERATIVA DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO COMPROBACIONES AREA METROPOLITANA

ACCION

Entender en la coordinación y supervisión de las tareas inherentes a la percepción y verificación de las obligaciones de los recursos de la seguridad social y a la aplicación de las normas técnico previsionales, en el ámbito jurisdiccional correspondiente a las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas Metropolitanas y de Grandes Contribuyentes Nacionales.

TAREAS

1 Supervisar el trámite a otorgar a las denuncias presentadas al Organismo, respecto de las. obligaciones de los recursos de la seguridad social, de acuerdo con los programas, normas y procedimientos dictados al efecto.

2. Efectuar la planificación de las fiscalizaciones a realizar por sus áreas dependientes y supervisar su cumplimiento.

3 Intervenir en la determinación de la deuda en materia de los recursos de la seguridad social,. en los casos de contribuyentes y/o responsables presentados en concursos preventivos, declarados en quiebra y/o en las solicitudes de certificados de libre deuda previsional.

4. Supervisar las tareas de índole jurídica que se lleven a cabo para determinar y resolver impugnaciones de deuda, en materia de seguridad social.

5 Ejercer las funciones de juez administrativo, con los alcances y facultades que se establecen. en la materia.

DIVISION FISCALIZACION DE ASUNTOS PREVISIONALES

ACCION

Entender en el ámbito de su competencia, en la recepción y tramitación de denuncias, de concursos preventivos, de declaraciones de quiebra y en las solicitudes de certificados de libre deuda previsional, vinculadas con el cumplimiento dado por los contribuyentes y/o responsables a las obligaciones de la seguridad social.

TAREAS

1. Realizar la fiscalización de las denuncias efectuadas a los contribuyentes y/o responsables de los recursos de la seguridad social, de acuerdo con los planes establecidos por el Departamento.

2. Determinar la deuda en materia de los recursos de la seguridad social a los contribuyentes y/o responsables denunciados, a los presentados en concurso preventivo, a los declarados en quiebra y a los que formulen solicitudes de certificados de libre deuda previsional.

DIVISION FISCALIZACION PREVENTIVA

ACCION

Entender dentro del ámbito de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas, en las tareas inherentes a la percepción y verificación de los recursos de la seguridad social y a la aplicación de las normas técnico previsionales, tendientes a comprobar y mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes y/o responsables, de acuerdo con los planes establecidos y convenidos con las dependencias de la jurisdicción.

TAREAS

1. Realizar la fiscalización de las obligaciones en materia de seguridad social a los contribuyentes y/o responsables, de acuerdo a los planes, normas y procedimientos establecidos.

2. Coordinar tareas no originadas en órdenes de intervención constituida por trámites de documentación de contribuyentes y/o responsables.

3. Inspeccionar a contribuyentes y/o responsables por informaciones surgidas de cruces informáticos o proporcionadas por terceros sobre aspectos vinculados a la situación previsional, cuando la importancia de la misma así lo aconseje.

DIVISION JURIDICA

ACCION

Entender en el ámbito de su competencia, en las tareas técnico jurídicas relativas a la determinación de deuda, accesorios, multas e impugnaciones, por incumplimiento a las obligaciones de los recursos de la seguridad social y derivados de la actuación de las áreas del Departamento e instruir los sumarios por infracciones a las normas legales.

TAREAS

1. Entender en la instrucción y resolución de sumarios formales y materiales por infracciones a las leyes, decretos, resoluciones y disposiciones que rigen la aplicación de los recursos de la seguridad social a cargo del Organismo.

2. Intervenir en los proyectos de resolución de impugnaciones contra las resoluciones dictadas, considerando las pruebas ofrecidas.

3. Responder a las consultas y solicitudes que efectúen las dependencias fiscalizadoras, en relación con asuntos cuyo trámite haga presuponer la necesidad de determinar administrativamente la deuda.

4. Emitir dictámenes jurídicos y proyectos de resolución, en los casos previstos en las normas vigentes o por necesidades de servicio.