HOMENAJES

Ley N° 24.405

Autorizase al P.E.N. a instrumentar el emplazamiento de un busto recordatorio del prócer uruguayo Luis Alberto de Herrera.

Sancionada: Noviembre 24 de 1994.

Promulgada: Diciembre 12 de 1994.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1° — Autorízase al Poder Ejecutivo de la Nación para que a través de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires instrumente el emplazamiento de un busto recordatorio del prócer uruguayo D. Luis Alberto de Herrera, donado por el señor Presidente de la República del Uruguay, doctor Luis Alberto Lacalle Herrera.

ARTICULO 2°— La colocación dispuesta en el artículo 1° será llevada a cabo en la plaza "República Oriental del Uruguay", dentro del término de ciento veinte días a contar de la recepción de la donación.

ARTICULO 3°— Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO