CONTRATOS

Decreto 564/95

Apruébase un contrato suscripto con la firma de origen español Telecomunicación, Electrónica y Conmutación S.A. (TECOSA), para la provisión de bienes y servicios.

Bs. As., 19/4/95

VISTO el Expediente del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 10.428/94, por el que se gestiona la adquisición de bienes y servicios de origen español para el reequipamiento de la red radioeléctrica de la GENDARMERIA NACIONAL, el TRATADO GENERAL DE COOPERACION Y AMISTAD ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA y EL REINO DE ESPAÑA, y

CONSIDERANDO:

Que tal proyecto se incluye dentro del marco del Tratado arriba mencionado, que fuera suscripto en la Ciudad de MADRID, REINO DE ESPAÑA, el 3 de junio de 1988 y ratificado por la Ley 23.670.

Que el proyecto contempla dotar a la GENDARMERIA NACIONAL de un moderno equipamiento para el combate del narcotráfico y la guarda de las fronteras nacionales.

Que el señor Director Nacional de Gendarmería llamó oportunamente a licitación para la provisión de los elementos necesarios para proceder a la modernización de la red radioeléctrica de ese organismo de seguridad.

Que el 15 de junio de 1994 se procedió a la apertura de la única oferta presentada, que correspondió a la firma TELECOMUNICACION, ELECTRONICA Y CONMUTACION S.A. (TECOSA).

Que conforme la autorización conferida por la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO del MINISTERIO DE DEFENSA, la Comisión de Preadjudicación de la GENDARMERIA NACIONAL procedió a preadjudicar el acto licitatorio a la empresa TELECOMUNICACION, ELECTRONICA Y CONMUTACION S.A. (TECOSA).

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en los convenios de crédito a ser suscriptos son los usuales y resultan adecuados a los propósitos y objetivos para los cuales estará destinado el mismo.

Que para el costo del proyecto se ofrece su financiamiento mediante un crédito con Fondos de Ayuda al Desarrollo (Crédito FAD) a través del INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL DEL REINO DE ESPAÑA (I.C.O.) y otro similar a través de un crédito comercial otorgado por el BANCO BILBAO VIZCAYA (BBV), mediante una línea de crédito cuya tasa de interés es establecida por la ORGANIZACION PARA LA COOPERACION Y EL DESARROLLO ECONOMICO (OCDE).

Que asimismo, dado que dentro del Sector Público la GENDARMERIA NACIONAL integra la administración centralizada por tratarse de una dependencia del MINISTERIO DE DEFENSA, los respectivos convenios de crédito con las entidades españolas serán suscriptos por la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en carácter de Prestataria.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (T.O. 1994) y los Artículos 99 inciso 1), 100 inciso 1) y Disposición Transitoria Duodécima de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 60 de la Ley 24.156.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase el Contrato, suscripto el 8 de agosto de 1994 por la GENDARMERIA NACIONAL con la firma de origen español TELECOMUNICACION, ELECTRONICA Y CONMUTACION S.A. (TECOSA) dentro del TRATADO DE COOPERACION Y AMISTAD ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL REINO DE ESPAÑA aprobado por la Ley Nº 23.670, para la provisión de bienes y servicios por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO (U$S 59.999.921), y que forma parte del presente Decreto, como ANEXO I.

Art. 2º —- Apruébase el modelo de Convenio de Crédito que como ANEXO II forma parte integrante del presente Decreto, a ser suscripto entre la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y el INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL DEL REINO DE ESPAÑA por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL (U$S 29.850.000).

Art. 3º — Apruébase el modelo de Convenio de Crédito que como ANEXO III forma parte del presente Decreto, a ser suscripto entre la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y el BANCO BILBAO VIZCAYA S.A. (BBV) por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO (U$S 30.149.921).

Art. 4º — Facúltase al señor Secretario de Hacienda del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, o al funcionario o funcionarios que éste designe, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA los Convenios de Crédito aprobados en los artículos 2º y 3º del presente Decreto y todo otro documento e instrumento relativos a los mismos.

Art. 5º — Facúltase al señor Secretario de Hacienda del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe a suscribir, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones a los Convenios de Crédito aprobados por los artículos 2º y 3º del presente Decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los convenios o no deriven en un incremento de sus montos.

Art. 6º — El MINISTERIO DE DEFENSA o el organismo de su dependencia que el mismo designe formalmente, elaborará la nómina de bienes a importar afectados al proyecto aludido en los considerandos, con características identificatorias precisas de cada uno de ellos y su valor, con una desagregación compatible con las posiciones arancelarias a utilizar para el despacho a plaza de los mismos y afectará las facturas definitivas a utilizarse en dicho acto. La UNIDAD DE COORDINACION EJECUTIVA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS emitirá la documentación pertinente y visará las facturas definitivas que permitan la importación de los referidos bienes.

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Oscar H. Camilión. — Domingo F. Cavallo.

NOTA: Este Decreto se publica sin Anexos. La Documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).