PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 541/95

Apruébase la estructura organizativa de la Secretaría de la Función Pública.

Bs. As., 12/4/95

VISTO los Decretos Nº 290 del 27 de febrero de 1995, el Nº 290 del 7 de mayo de 1993 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la reestructuración organizativa establecida en el artículo 15 del Decreto Nº 290/95, resulta procedente adecuar la estructura de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que de acuerdo con el Decreto Nº 990/93 y modificatorios, la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, tiene por objetivo promover el perfeccionamiento de la organización y el adecuado funcionamiento de la Administración Nacional, dictando las normas a esos efectos y estableciendo las políticas de recursos humanos y tecnológicas de aplicación en su ámbito.

Que dicho objetivo se enmarca dentro de la política de modernización y optimización del funcionamiento del Estado en que se halla inmerso el Gobierno Nacional, en el cual la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION como órgano rector en la gestión de dicha política, requiere de una conformación organizativa que posibilite alcanzar los objetivos asignados con una utilización racional de sus recursos.

Que asimismo la estructura organizativa que se aprueba por el presente acto responde al criterio de concentrar actividades afines en una única conducción transfiriendo las actividades duplicadas a otras áreas del Estado, reduciendo en consecuencia los costos operativos de las actividades involucradas.

Que el Poder Ejecutivo Nacional se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de los Artículos 99 inciso 1º, 100 inciso 1º y la Disposición Transitoria Duodécima de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Modificase el Artículo 1º del Decreto Nº 479/90 y modificatorios, en la parte pertinente a la PRESIDENCIA DE LA NACION —Item X— SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, cuya conformación será la siguiente:

"X. — SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA

— SUBSECRETARIA PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO

— SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS PARA EL SECTOR PUBLICO".

Art. 2º — El INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA dependerá en forma directa de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º — Apruébase la estructura organizativa de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de acuerdo con el Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones y Cargos - Planta Permanente, los que como Anexos I, II, III forman parte integrante del presente decreto.

Art. 4º(Artículo derogado por art. 1° del Decreto N° 1110/2000 B.O. 30/11/2000).

Art. 5º — Transfiérense al MINISTERIO DEL INTERIOR - SECRETARIA DE ASISTENCIA para la REFORMA ECONOMICA PROVINCIAL las funciones de asistencia técnica a Provincias y Municipios referida a la implementación de metodologías y tecnologías administrativas que propendan al fortalecimiento de la gestión de las mismas, asignadas a la ex-Dirección General de Asistencia Técnica a Provincias y Municipios de la ex-SUBSECRETARIA DE INNOVACION ADMINISTRATIVA Y CALIDAD DE SERVICIOS de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 6º — Los organismos de la Administración Nacional deberán comunicar a la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION - SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS PARA EL SECTOR PUBLICO, el inicio de los procesos de adquisición y contrataciones de los bienes y servicios cuya regulación es materia de competencia de dicha Subsecretaría, como así también remitir copia de los pliegos y bases de condiciones con sus correspondientes especificaciones técnicas o normativas equivalentes y de toda otra información y documentación que les sea requerida, relativas a dichas adquisiciones o contrataciones, a los efectos que la mencionada Subsecretaría pueda dar cumplimento a sus objetivos.

Art. 7º — Modifícase la distribución administrativa del Presupuesto de la Administración Nacional —Recursos Humanos— de la Jurisdicción - 20.04 conforme con el detalle que como anexo IV forma parte integrante del presente decreto.

Art. 8º — Exceptúase a la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION de lo dispuesto en el Artículo 18 del Decreto Nº 2043 del 23 de diciembre de 1980, en el pto. 1.1.3 y el 1.3 del Anexo I del Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994 y en el Artículo 18º del Decreto Nº 2360 del 28 de diciembre de 1994.

Art. 9º — Deróganse los Decretos Nº 990/93, 1778/93, 1112/94, modificatorios y complementarios, en la parte pertinente a la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Domingo F. Cavallo.

ANEXO II

SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA

OBJETIVOS:

1 — Proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL y al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS las medidas que promuevan el perfeccionamiento de la organización y el adecuado funcionamiento de la Administración Nacional y dictar las normas de su competencia en esa materia.

2 — Proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL y al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS las medidas que establezcan la política de recursos humanos que asegure el desarrollo y el buen funcionamiento de un sistema eficiente de carrera administrativa.

3 — Proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL y al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS los actos administrativos que propicien la simplificación y transparencia de los procedimientos administrativos.

4 — Intervenir en el análisis de la política salarial del Sector Público y participar en las negociaciones establecidas por la ley Nº 24.185 y normas reglamentarias.

5 — Asegurar la Secretaría Permanente del Consejo Federal de la Función Pública.

6 — Planificar, programar y desarrollar las acciones que tiendan a la Reforma del Estado proponiendo la normativa que resulte necesaria, como así también elevar a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL y del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS los proyectos de reglamentación de Ley de Ministerios en el ámbito de su competencia específica.

7 — Establecer la política sobre tecnologías referidas a informática, teleinformática o telemática, telecomunicaciones, "ofimática" o "burótica", tecnologías multimedios, instalaciones y comunicaciones asociadas y otros medios y sistemas electrónicos; y dictar el marco regulatorio en esta materia para los organismos comprendidos en los incisos a) y b) del artículo 8º de la Ley 24.156, con excepción de los comprendidos en el Sistema Científico Técnico Nacional. Brindar asistencia técnica a los organismos del Sector Público.

8 — Administrar y coordinar la Red Telemática Nacional de Información Gubernamental en sus aspectos técnicos, económicos y presupuestarios.

9 — Dirigir y supervisar el accionar del Cuerpo de Administradores Gubernamentales, de acuerdo con lo establecido por el Decreto Nº 2098 del 30 de diciembre de 1987.

10 — Supervisar el accionar del INSTITUTO NACIONAL de la ADMINISTRACION PUBLICA.

(Objetivos sustituidos por art. 4° del Decreto Nº 909/95 B.O. 06/07/1995)

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Planificar, programar y ejecutar exámenes y evaluaciones posteriores a las actividades del organismo en sus aspectos presupuestarios, económico financiero, patrimonial, normativo operacional y de gestión, ejerciendo un control integral e integrado fundado en criterios de economía, eficiencia y eficacia, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 24.156 y sus decretos reglamentarios.

ACCIONES:

1. Elaborar el planeamiento general de la auditoría interna de acuerdo con las normas generales de control interno y de auditoría interna, aplicando el modelo de control integral e integrado.

2. Elaborar el plan anual de auditoría interna.

3. Remitir el plan anual de auditoría interna a la Sindicatura General de la Nación para su discusión y aprobación final.

4. Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer en acuerdo con la autoridad jerárquica superior de la Secretaría de la Función Pública el sistema de control interno, y posteriormente efectuar s seguimiento.

5. Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad y financieros.

6. Verificar si las erogaciones son efectuadas de acuerdo con las normas legales y de contabilidad aplicables y a los niveles presupuestarios correspondientes.

7. Determinar la precisión de las registraciones de los activos y las medidas de resguardos tomados para protegerlos.

8. Producir informes sobre las actividades desarrolladas y en su caso, formular las recomendaciones u observaciones que correspondan.

9. Remitir copias de los informes y de las recomendaciones y observaciones al superior jerárquico del organismo y a la Sindicatura General de la Nación.

10. Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.

11. Informar sobre los temas requeridos por el superior jerárquico de la Secretaría de la Función Pública y de la Sindicatura General de la Nación.

AUDITORIA OPERACIONAL

ACCIONES:

1. Asesorar y colaborar estrechamente con el auditor interno en las tareas de auditoría.

2. Participar en la elaboración del planeamiento general de la auditoría interna y del plan anual de auditoría interna.

3. Tomar parte en la definición de normas y procedimientos del sistema de control interno, y posteriormente efectuar su seguimiento.

4. Coordinar las acciones de la unidad de auditoría interna, supervisando la aplicación del modelo de control integral e integrado de las actividades del organismo en sus aspectos presupuestario, económico, financiero patrimonial, normativo, operacional y de gestión.

5. Analizar los resultados de los trabajos elevados por los responsables de auditoría, evaluar y conformar las conclusiones respectivas.

6. Participar en la elaboración de informes sobre las actividades desarrolladas, en la formulación de las recomendaciones u observaciones que correspondan, efectuando el seguimiento y control de las mismas.

7. Proponer un orden de prioridades de las auditorías a realizar.

8. Analizar el comportamiento técnico-profesional del personal, en el desarrollo de las acciones de auditoría, evaluando los rendimientos individuales en relación al resultado de los programas aprobados.

9. Asistir a los responsables de auditoría en la realización de sus actividades específicas, prestando la colaboración y asesoramiento que requieran.

10. Ejercer el remplazo del auditor interno en su ausencia.

AUDITORIA LEGAL

ACCIONES:

1. Asistir en la formulación de la planificación global y anual y de las auditorías específicas en materia legal.

2. Realizar el control integral e integrado de los procedimientos y actos administrativos de los aspectos de su competencia.

3. Prestar asesoramiento legal dentro del conjunto interdisciplinario de la unidad de auditoría.

4. Producir informes y formular recomendaciones y observaciones, efectuando el seguimiento y verificación de las correcciones propuestas.

5. Examinar lo dictámenes emitidos por la Dirección General del Servicio Civil.

6. Auditar las contrataciones y compras efectuadas por la Dirección General de Administración, conforme la normativa vigente en al materia.

7. Auditar los dictámenes que emite la Dirección Nacional de Sistemas de información, referente a los proyectos de pliegos que recibe.

AUDITORIA EN INFORMÁTICA

ACCIONES:

1. Asistir en la formulación de la planificación global y anual de la auditoría interna en todos los aspectos relativos a la política general de los sistemas de información.

2. Proponer normas y procedimientos en materia de control interno de compras y contrataciones de sistemas.

3. Realizar el control de gestión en la evaluación, aprobación y fiscalización de los planes de sistemas de información.

4. Ejecutar auditorías de acuerdo con el plan anual de auditoría, en lo atinente a la intervención del organismo en la aprobación de todo tipo de adquisiciones de naturaleza informática o de sistema de comunicación.

AUDITORIA CONTABLE

ACCIONES:

1. Asistir en la formulación de la planificación global y anual en materia presupuestaria, contable, económica, financiera y patrimonial.

2. Ejecutar auditorías contables de acuerdo al plan anual de auditoría, programando la aplicación de métodos y procedimientos más adecuados a cada caso.

3. Producir informes sobre las actividades desarrolladas, formulando recomendaciones y/u observaciones y efectuando el seguimiento y verificación de las correcciones propuestas.

4. Auditar custodia física, inventarios, codificación y recuento de bienes.

5.Auditar el cumplimiento del decreto Nº 2662/92 por parte del organismo.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Administrar los recursos humanos y financieros del programa presupuestario de la Secretaría y del CONSEJO NACIONAL de la MUJER.

ACCIONES:

1. Estudiar y proponer el presupuesto anual de la Secretaría y efectuar la evaluación económica financiera de sus planes de acción y programas.

2. Realizar las compras, contrataciones, mantenimiento y suministros de bienes y servicios.

3. Coordinar y controlar los procedimientos administrativo-contables y ser responsable del estado de compromisos y fondos disponibles en virtud del presupuesto de gastos y recursos de la Administración Pública Nacional.

4. Fiscalización y mantener actualizado el registro de bienes patrimoniales del organismo, efectuando las verificaciones que normativamente correspondan.

5. Administrar los recursos humanos de la Secretaría, interviniendo en las tramitaciones y actos administrativos y verificando el cumplimento de las reglamentaciones vigentes.

6. Diligenciar la documentación que ingresa y egresa de la Secretaría así como la protocolización y archivo de los actos administrativos que genere la misma.

SUBSECRETARIA PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO

OBJETIVOS:

1 — Formular las políticas, definir las estrategias, programar y coordinar las acciones tendientes al perfeccionamiento de al administración de los recursos humanos, la organización, los procedimientos administrativos y los instrumentos normativos aplicables a la Administración Nacional, ejerciendo la supervisión de resultados y proponiendo las correcciones necesarias.

2 — Elaborar, proponer e impulsar programas de Reforma Administrativa en los ámbitos de su competencia.

3 — Intervenir en el análisis de la evolución del empleo público y de la política salarial del sector público, y participar en las negociaciones establecidas por la Ley Nº 24.185 y sus normas reglamentarias.

4 — Asistir técnica y administrativamente al Secretario de la Función Pública en las funciones de Secretaría Permanente del Consejo Federal de la Función Pública.

5 — Ejercer la Secretaría Técnica del Comité Ejecutivo de Contralor de la Reforma Administrativa (CECRA).

6 — Conducir las actividades relacionadas con la aplicación de la Ley Nº 24.127 - Premio Nacional a la Calidad.

(Objetivos sustituidos por art. 4° del Decreto Nº 909/95 B.O. 06/07/1995)

DIRECCION DE ASITENCIA AL CONSEJO FEDERAL DE LA FUNCION PUBLICA.

ACCIONES:

1. Efectuar las tareas de coordinación y enlace entre los distintos organismo que componen el Consejo Federal de la Función Pública, brindando la asistencia técnico-administrativa derivada de la Secretaría Permanente de la misma.

2. Convocar a reuniones, llevar la agenda de los temas a tratar, y elaborar las actas respectivas.

3. Difundir la síntesis de la actividad desarrollada, promover investigaciones difundiendo los casos de interés.

4. Establecer nexos con organismo similares a nivel internacional y compartir experiencias.

5. Establecer vínculos con los organismos prestadores de asistencia técnica y promover la formulación de convenios.

DIRECCION GENERAL DEL SEVICIO CIVIL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Proponer políticas y programas relativos al perfeccionamiento de la administración de los recursos humanos de la Administración Nacional. Diseñar y proponer, e interpretar las normas que las regulen, como así también efectuar la evaluación y seguimiento de las acciones emprendidas.

ACCIONES:

1. Dirigir el estudio, elaboración e interpretación de los regímenes estatutarios, escalafonarios y demás normas jurídicas que rigen las relaciones laborales de la Administración Nacional, con sus agentes, proponer modificaciones, supresiones y nuevas normas.

2. Dirigir el estudio y elaboración de políticas, normas y medidas relativas al funcionamiento del Sistema de Carrera Administrativa del personal de la Administración Nacional como así también el seguimiento y evaluación del Sistema Nacional de al Profesión Administrativa en particular y de los otros sistemas escalafonarios, proponiendo medidas para la mejor gestión e integración de los diversos regímenes de carrera.

3. Conducir los estudios y las propuestas de los mecanismos de delegación de las facultades del PODER EJECUTIVO NACIONAL y del JEFE DE GABINETE en los temas de su competencia.

4. Asesorar en le cumplimiento de las responsabilidades de la Secretaría de la Función Pública en las negociaciones colectivas establecidas por la Ley Nº 24.185 y normas reglamentarias.

5. Intervenir en el estudio de propuestas en materia de política salarial en los aspectos escalafonarios, estatutarios y en los vinculados con la relación de empleo público y coordinar el análisis de las propuestas de determinación de adicionales, bonificaciones, asignaciones y suplementos. Administrar los registros vinculados con la situaciones excepcionales de revista del personal y regímenes especiales de ingreso a la Administración Nacional.

6. Asegurar la recopilación y edición de normas, jurisprudencia, doctrina y dictámenes referente al régimen jurídico de los agentes públicos, y la informatización y actualización del Digesto Administrativo del Servicio Civil y asegurar su difusión en le ámbito nacional y organismos internacionales con competencia en la materia.

7. Coordinar la Secretaría Administrativa de la Comisión Permanente de Carrera del Sistema Nacional para la Profesión Administrativa.

8. Establecer y mantener relaciones institucionales con organismos nacionales e internacionales con el fin de intercambiar conocimientos y experiencias en los temas de su competencia.

DIRECCION DE ASUNTOS TECNICOS

ACCIONES:

1. Interpretar los regímenes estatutarios, escalafonarios y demás normas jurídicas que rigen las relaciones laborales de la Administración Nacional Central y Descentralizada y en materia de delegación de facultades, detectando necesidades de actualización de las normas vigentes en la materia, a partir de la información sistematizada sobre casos y consultas resueltos por la Dirección General.

2. Analizar los recursos administrativos, reclamos y denuncias tramitadas ante el Poder Ejecutivo Nacional, en materias vinculadas con la relación de empleo.

3. Interpretar, en el marco de su competencia específica, la normativa referente a los subsistemas componentes de la carrera administrativa para el estudio de casos concretos.

4. Entender en las distintas acciones vinculadas con la permanente actualización de la jurisprudencia y doctrina en temas de su competencia.

DIRECCION PARA LA CARRERA ADMINISTRATIVA

ACCIONES:

1. Estudiar y elaborar propuestas de medidas relativas al buen funcionamiento del sistema de carrera administrativa del personal de la Administración Nacional.

2. Efectuar el seguimiento y evaluación de la implementación del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa proponiendo medidas necesarias para su mejor gestión e integración con los demás regímenes de carrera.

3. Intervenir en lo concerniente a la estructuración de los agrupamientos componentes del SINAPA y sus respectivas estructuras de carrera así como en la determinación de las actividades específicas de capacitación.

4. Analizar propuestas en materia de política salarial en los aspectos escalafonarios, estatutarios y en los vinculados con la relación de empleo público y de determinación de adicionales, bonificaciones, asignaciones y suplementos.

5. Promover el perfeccionamiento del sistema de evaluación de desempeño del personal y efectuar acciones tendientes a su implementación.

6. Asegurar el cumplimiento del sistema de búsqueda y selección de personal para la cobertura de cargos vacantes del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa.

DIRECCION DE LEGISLACION LABORAL

ACCIONES:

1. Estudiar, elaborar y proponer modificaciones referentes a los mecanismos de delegación de facultades, regímenes estatutarios, escalafonarios y demás normas jurídicas que regulan la relación de empleo público e intervenir en la tramitación de los actos administrativos que sobre el particular dicte el Poder Ejecutivo Nacional.

2. Estudiar, elaborar y proponer modificaciones en el cuadro de atribuciones propio de la unidad, de la normativa vinculada con los subsistemas componentes de la carrera administrativa.

3. Mantener actualizada la información referida a regímenes estatutarios y escalafonarios y situaciones especiales de revista de los agentes de la Administración Nacional.

4. Asesorar en el cumplimiento de las responsabilidades de la Secretaría de la Función Pública en las negociaciones colectivas establecidas por la Ley 24.185 y normas reglamentarias.

DIRECCION INVESTIGACION Y DIFUSION NORMATIVA

ACCIONES:

1. Diseñar el programa de investigaciones normativas específicas en materia de competencia de la Dirección General del Servicio Civil, así como en las acciones tendientes al intercambio y recopilación de información sobre dicha temática.

2. Ejecutar y coordinar las acciones de implementación del mencionado programa, con el propósito de asegurar la máxima operatividad en las tareas que se encaminen.

3. Recopilar y editar las normas, jurisprudencia, doctrina y dictámenes referentes al régimen jurídico de los agentes públicos y asegurar su difusión en el ámbito Nacional y organismos internacionales con competencia en la materia.

4. Actualizar el Digesto Administrativo del Servicio Civil.

5. Asistir en la administración de los registros vinculados con las situaciones excepcionales de revista y regímenes especiales de ingreso a la Administración Nacional.

6. Diseñar mecanismos para el seguimiento de la aplicación de la normativa vigente en materia de empleo público.

DIRECCIÓN GENERAL DE ORGANIZACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Elaborar, proponer y ejecutar políticas tendientes a que los organismos de la Administración Nacional Central y Descentralizada cuentes con diseños organizacionales racionales y adecuados para el cumplimiento de sus objetivos; proporcionar los instrumentos técnicos necesarios y asistir a los organismos para su aplicación; procediendo asimismo a relevar y procesar la información necesaria para la evaluación de resultados de dichas políticas. Implementar el plan general de estadística de la función pública.

ACCIONES:

1. Conducir la elaboración e implementación de los programas de análisis y diagnóstico organizacional, de relevamiento y rediseño de puestos y de análisis y optimización de circuitos administrativos de la Administración Nacional.

2. Conducir el proceso de evaluación de las propuestas de cambios organizacionales —creación, transferencia y/o función de organismos; modificaciones de sus estructuras organizativas, asignación de funciones ejecutivas, plantas no permanentes, etc.— presentadas por las distintas jurisdicción del Poder Ejecutivo Nacional, estableciendo los criterios, factores y variables a aplicar para dichas evaluaciones.

3. Establecer las pautas para la implementación del Plan General de Estadísticas de la Función Pública.

4. Promover la generación, divulgación y aplicación de conocimientos, tecnologías y experiencias en materia de procedimientos administrativos.

5. Brindar asesoramiento a la Secretaría de la Función Pública en el cumplimiento de sus responsabilidades en las negociaciones colectivas establecida por la Ley Nº 24.185 y normas reglamentarias y asistencia en el cumplimiento de las competencias derivadas de su integración en el Comité Ejecutivo de Contralor de la Reforma Administrativa (CECRA).

6. Intervenir, en la definición y en el proceso de implementación de los sistemas de procesamiento integral de información sobre recursos humanos del sector público nacional, en coordinación con la Secretaría de Hacienda - Subsecretaría de Presupuesto y administrar los aspectos relacionados con estructura, su evaluación, recursos humanos, puestos de trabajo y todos aquellos aspectos relacionados con su competencia específica.

7.Establecer y mantener relaciones institucionales con organismos nacionales e internacionales con el fin de intercambiar conocimientos y experiencias en los temas de su competencia.

DIRECCION DE ANALISIS Y DISEÑO ORGANIZACIONAL

ACCIONES:

1. Realizar análisis y diagnósticos organizacionales de los organismos de la Administración Nacional, y elaborar y proponer alternativas de rediseño.

2. Evaluar las propuestas de cambios organizacionales —creación, transferencia, fusión de organismos, modificación de sus estructuras organizativas, asignaciones de funciones ejecutivas, plantas no permanentes, etc.— presentadas por las distintas jurisdicciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

3. Seleccionar y/o elaborar y proponer los criterios, factores y variables a considerar en las propuestas a evaluar.

4. Realizar análisis técnicos que faciliten el cumplimiento de las responsabilidades de la Subsecretaría para la Modernización del Estado en el Comité Ejecutivo de Contralor de la Reforma Administrativa (CECRA).

5. Detectar necesidades de adecuación de las normas de organización vigentes y elaborar y formular las propuestas respectivas.

6. Coordinar la atención de las demandas de asistencia organizacional y definir las pautas de funcionamiento del equipo de consultores interno.

7. Efectuar los estudios técnicos para la valoración de unidades organizativa, con el objeto de definir estándares que permiten establecer pautas para la asignación de adicionales por jefatura, suplementos por función ejecutiva, etc.

8. Organizar y mantener el registro de estructuras organizativas aprobadas para los organismos centralizados y descentralizados, incluyendo las plantas de personal permanentes y no permanentes, y analizar su evolución.

DIRECCION DE EVALUACION DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS

ACCIONES:

1. Seleccionar y/o diseñar los instrumentos técnicos necesarios para el análisis de la productividad, de los procedimientos de trabajo y de los circuitos administrativos en las distintas áreas de la Administración Nacional. Diseñar, proponer e implementar programas de asistencia técnica a los organismos para la mejor utilización de estos instrumentos.

2. Asesor a los organismos en la elaboración de diagnósticos basados en los instrumentos diseñados para la detección de fallas, restricciones de las operaciones y procesos administrativos en relación a los niveles de eficacia alcanzados por los productos requeridos, y colaborar con los organismos en el diseño de propuestas para optimizar sus resultados.

3. Establecer mecanismos para optimizar el funcionamiento de los canales de comunicación e interacción entre unidades intra e interjurisdiccionales.

4. Diseñar mecanismos para la generación de redes interjurisdiccionales que aseguren la correcta implementación de los procedimientos establecidos y permitan contar con bases informativas para su revisión.

DIRECCION DE ESTADISTICAS DE LA FUNCION PUBLICA

ACCIONES:

1. Diseñar, implementar y mantener el Sistema Estadístico de Información de la Administración Nacional.

2. Implementar y coordinar técnicamente las acciones tendientes a la puesta en marcha y funcionamiento del Plan General de Estadísticas para la Administración Nacional, supervisando su cumplimiento.

3. Relevar y procesar la información necesaria para estudios, relevamiento censales, confección de encuestas y estadísticas relativas a la Administración Nacional necesarias para la evaluación de las políticas implementadas en el área.

4. Intervenir en las acciones para el diseño e implementación de relevamientos censales, confección y procesamiento de encuestas y elaboración de estadísticas relativas a la Administración Nacional.

5. Evaluar anualmente los resultados de la implementación de Plan General de Estadísticas para la Administración Pública y proponer las correcciones y ajustes que resulten necesarios.

DIRECCION DE ANALISIS Y REDISEÑO DE PUESTOS

ACCIONES:

1. Seleccionar y/o diseñar los instrumentos técnicos que permitan el relevamiento, descripción, análisis y rediseño de puestos e implementar programas de asistencia técnica a las unidades de recursos humanos jurisdiccionales para una mejor utilización de los mencionados instrumentos y monitorear la implementación de los mismos.

2. Organizar la atención de las demandas de asistencia técnica en la materia y definir las pautas de funcionamiento del equipo de consultores interno.

3. Establecer redes interjurisdiccionales con las unidades de recursos humanos y organización para la implantación y administración de los programas que se realicen en la materia.

4. Asistir en el diseño y aplicación del programa de capacitación de los actores jurisdiccionales involucrados.

5. Proveer la información cuali-cuantitativa para el análisis organizacional, el rediseño de estructuras y el planeamiento de recursos humanos; proponer lineamientos para el rediseño de puestos que formen parte de los programas de cambio organizacional que tengan como meta una mayor productividad y satisfacción de lo agentes de la Administración Nacional.

6. Organizar y mantener el servicio de información y documentación sobre descripción de puestos.

DIRECCION GENERAL DE GESTION DE LA CALIDAD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Desarrollar nuevas tecnologías que propendan al mejoramiento de la calidad de la gestión administrativa y asistir a los organismos del sector público en su implementación. Establecer vínculos con la ciudadanía con el fin de producir mejoras en los mecanismos de atención al público.

ACCIONES:

1. Asistir a los organismos de la Administración Nacional en el desarrollo e implementación de nuevas tecnologías.

2. Asistir en el desarrollo de las funciones asignadas al Comité Permanente para el Premio Nacional a la calidad en la Administración Nacional y coordinar las acciones derivadas del mismo.

3. Promover e implementar programas específicos destinados a lograr el mejoramiento de la calidad de la gestión administrativa.

4. Conducir y promover cursos de acción y programas específicos orientados a una mejor atención del público y a lograr su participación en el mejoramiento de la gestión administrativa.

5. Proponer cursos de acción encaminados a consolidar y difundir información sobre servicios administrativos.

SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS PARA EL SECTOR PUBLICO

OBJETIVOS:

1 — Formular y aplicar las políticas, planes y programas de desarrollo e innovación tecnológica en el ámbito de la Administración Nacional, así como también analizar las políticas de desarrollo y uso de tecnologías para la transformación y modernización de la Administración Nacional, en particular las referidas a informática, teleinformática, telemática, telecomunicaciones, "ofimática" o "burótica", tecnologías multimedios, instalaciones y comunicaciones asociadas y otros medios y sistemas electrónicos.

2 — Supervisar y evaluar los planes de desarrollo e innovación tecnológica de los Organismos de la Administración Nacional y asistirlos en su implementación.

3 — Formular las pautas, normas y estándares para el uso de las referidas tecnologías en todo el ámbito de la Administración Nacional..

4 — Supervisar la operación y funcionamiento de la Red Telemática Nacional de Información Gubernamental, estableciendo normas para su control técnico y administración.

5 — Brindar asistencia técnica a los organismos de la Administración Nacional, en los proyectos tecnológicos que lleven a cabo, como asimismo asistir a los demás Poderes del Estado, Provincias y Municipios.

6 — Coordinar y supervisar todas las actividades de desarrollo e innovación de las mencionadas tecnologías en el Sector Público.

7 — Intervenir en la coordinación con organismos Nacionales e Internacionales, públicos o privados, en proyectos de estudio y capacitación para el desarrollo e innovación tecnológica con aplicación en el Sector Público.

8 — Participar en los Foros y Organismos Nacionales e Internacionales públicos o privados que promuevan o regulen actividades referidas al uso de estas tecnologías.

9 — Implementar y mantener actualizado en Censo Nacional de bienes informáticos y de telecomunicaciones.

(Objetivos sustituidos por art. 4° del Decreto Nº 909/95 B.O. 06/07/1995)

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION E INTEGRACION TECNOLOGICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Formular políticas y planes de desarrollo e innovación tecnológica para la transformación y modernización del Estado, promoviendo la integración de nuevas tecnologías, así como la coordinación con otros organismos públicos y privados para favorecer el desarrollo e implementación de las mismas. Evaluar su implementación.

Definir los perfiles de los recursos humanos afectados al desarrollo y uso de las tecnologías mencionadas, las pautas de sus remuneraciones y las de capacitación.

ACCIONES:

1. Coordinar los proyectos de desarrollo, innovación, implementación, compatibilización e integración de estas tecnologías en el ámbito del sector público.

2. Coordinar los recursos humanos y tecnologías existentes en la Administración Nacional para su mejor aprovechamiento.

3. Coordinar la relación con el sector privado a los efectos de asegurar la amplia participación e igualdad de los proveedores, la calidad y precios de las provisiones y que los proyectos tecnológicos de dicho sector sean compatibles con los del sector público.

4. Coordinar la investigación y el desarrollo de nuevas soluciones para el sector público sobre la base de las referidas tecnologías. Gestionar la búsqueda e identificación de fuentes de financiamiento para el desarrollo e implementación de los referidos proyectos.

5. Coordinar con organismos nacionales e internacionales el apoyo y soporte técnico de estas tecnologías, su actualización, así como el desarrollo y la capacitación de los recursos humanos en coordinación con el Instituto Nacional de la Administración Pública.

6. Promover el estudio y el análisis del valor legal de los documentos electrónicos y el de los sistemas pendientes a resguardar la seguridad y la privacidad de la información contenida en medios electrónicos.

7. Tomar conocimiento, con anterioridad a su publicación, de los procesos de contratación de bienes insumos, servicios y sistemas relacionados con estas tecnologías que se produzcan en los organismos de la Administración Nacional, incluso en cumplimiento de acuerdos o convenios con organismos internacionales cualesquiera éstos sean a los efectos de asegurar su compatibilización e integración.

8. Verificar el cumplimiento de las políticas y planes implementados en la Administración Nacional en relación con las referidas tecnologías.

9. Analizar el diseño de las estructuras organizativas de las áreas informáticas de la Administración Nacional.

10. Proponer la definición de los perfiles de los recursos humanos afectados a esas tecnologías, que se incorporen a la Administración Nacional. Determinar las necesidades de capacitación y proponer las pautas de las mismas.

DIRECCION NACIONAL DE ESTANDARIZACION Y ASISTENCIA TECNICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Proponer estándares para la adquisición y uso de productos y servicios destinados a la transformación y modernización del Estado, mediante la incorporación de tecnologías en los diversos sectores de la Administración Nacional, en concordancia con las políticas y planes fijados.

Asistir técnicamente a los organismos nacionales, provinciales o municipales en los temas de su competencia.

Establecer las pautas de evaluación, mantenimiento y modernización de los equipos, insumos y servicios relacionados con las referidas tecnologías.

ACCIONES:

1. Elaborar propuestas de estándares tecnologías para la Administración Nacional, efectuar la actualización permanente de los mismos y verificar su cumplimiento.

2. Dar asistencia técnica para la administración de los sistemas existentes e implementación de proyectos de incorporación de estas tecnologías que le sean requeridas, en el ámbito de la Administración Nacional, en los demás poderes del Estado Nacional, en las provincias y en los municipios.

3. Supervisar la operación y funcionamiento de la Red Telemática Nacional de Información Gubernamental estableciendo normas para el control técnico y administración.

4. Tomar conocimiento con anterioridad a su publicación de los procesos de contratación de bienes, insumos, servicios y sistemas relacionados con estas tecnologías que se produzcan en los organismos de la Administración Nacional, incluso en cumplimiento de convenios o acuerdos con organismos internacionales cualesquiera éstos sean, a los efectos de examinar sus aspectos técnicos y económicos.

5. Mantener actualizado el censo nacional de bienes informáticos y de telecomunicaciones.

6. Asistir técnicamente a la Sindicatura General de la Nación y elaborar los estándares respectivos, sobre los cuales dicho organismo realizará las auditorías en las contrataciones de estas tecnologías, así como requerir de la SIGEN la realización de auditorías cuando lo considere necesario.

7. Asistir técnicamente a la Oficina Nacional de Contrataciones de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y de Obras y Servicios Públicos en relación a la elaboración de las normas de contratación de las referidas tecnologías.

8. Llevar información estadística de las contrataciones que realice la Administración Nacional de las mencionadas tecnologías.

9. Mantener contacto con los organismos nacionales e Internacionales de normatización técnica.

DIRECCION DE ESTANDARIZACION

ACCIONES:

1. Elaborar los estándares tecnológicos, actualizarlos y verificar su cumplimiento.

2. Prestar asistencia técnica a la Sindicatura General de la Nación y a la Oficina Nacional de Contrataciones en cumplimiento de las funciones que le son propias a estos organismos.

3. Proponer la realización de auditorías relacionadas con el cumplimento de los estándares tecnológicos.

4. Efectuar estadística sobre las contrataciones que realice la Administración Nacional.

5. Actualizar los datos del censo nacional de bienes informáticos y de telecomunicaciones.

6. Efectuar los análisis técnicos y económicos de las contrataciones de bienes, insumos, servicios y sistemas relacionados con estas tecnologías.

DIRECCION DE ASISTENCIA TECNICA

ACCIONES:

1. Asistir técnicamente a los demás poderes del Estado, organismos de la Administración Nacional, provincial y municipal que lo requieran, en el relevamiento, análisis y evaluación de equipamiento y sistemas existentes relacionados con estas tecnologías.

2. Brindar asesoramiento técnico requerido por los mencionados organismos en el desarrollo, implementación y ejecución de los proyectos de incorporación de las referidas tecnologías.

3. Colaborar con el director nacional en la supervisión de la operación y funcionamiento de la Red Telemática Nacional de Información Gubernamental.