DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Resolución N° 1087/93
Cuenta de Jerarquización - Resolución N° 611/93 - S/modificación.
Bs. AS., 9/8/93
VISTO la Resolución N° 581 del 21 de setiembre de 1990, por la cual se
aprobara el Sistema de Calificaciones para la Distribución de la Cuenta
de Jerarquización en la parte a que se refiere el artículo 3°, inciso
b) del Decreto N° 1464/90, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° de la Resolución N° 611 del 29 de abril de
1993, se sustituyeron lpas párrafos segundo y tercero del artículo 1°
del referido Sistema quedando establecido que las Sedes de las
Subdirecciones Generales, las unidades de nivel de Departamento que les
dependen en forma directa; el Departamento control de Gestión y los
Cuerpos Paritarios integran un Area, constituyendo cada una de las
restantes Direcciones que conforman la estructura organizativa las
restantes Areas.
Que con ciertas variantes producto de cambios organizacionales, esta
metodología viene aplicándose desde la puesta en marcha del Sistema.
Que la experiencia recogida hasta el presente demuestra que el integrar
un solo Orden de Méritos con personal proveniente de unidades
dificilmente comparables en cuanto hace a sus responsabilidad
específicas y que no responden a una misma línea jerárquica, es origen
de situaciones que pueden llevar a alterar el sentido de distribución
por Area y tramos de la Cuenta de Jerarquización.
Que por ello, cabe reanalizar el tema a efectos de arribar a una solución práctica acorde con los objetivos del sistema.
Que a tal fin deben distinguirse las diferentes situaciones implicadas,
de modo tal de resolver en cada caso según lo que resulte más adecuado
a las circunstancias, sin vulnerar la normativa general aplicable.
Que las Sedes de la Dirección General y de las Subdirecciones
Generales, si bien no constituyen estrictamente unidades de estructura,
cuentan con personal administrativo afectado a tareas de secretaría y
un reducido número de agentes técnicos o asesores.
Que la solución más apropiada para la consideración de este personal es
disponer que cada Subdirección General resuelva, en el ámbito de las
Areas de su jurisdicción, la forma en que será asignado a un orden de
méritos dado, procurando una distribución equitativa entre las mismas.
Que por su parte, corresponde que el personal de apoyo afectado a esta
Dirección General se integre al Orden de Méritos de la Dirección de
Secretaría General.
Que en lo atinente a los Departamentos Mantenimiento de Sistemas de
Aplicación; Contencioso Judicial y Organización y Métodos, es factible
determinar que cada uno integre un Area independiente, conformando con
sus respectivas dotaciones los distintos tramos de participacón y
actuando para ello como última instancia calificadora.
Que en cambio, no es factible aplicar similar criterio respecto de los
Departamentos Coordinación de Proyectos Especiales de la Subdirección
General de Planificación y Control de Gestión dependiente de esta
Dirección General, por cuanto lo reducido de sus dotaciones de personal
impediría prácticamente determinar tramos de participación, razón por
la cual corresponde disponer que se integren a los Departamentos
Mantenimiento de Sistemas de Aplicación y Organización y Métodos,
respectivamente, conservando sus jefaturas la responsabilidad de
calificar a su personal como instancia final.
Que por similares motivos, debe disponerse que los Departamentos
Asistencia Técnica de Aportes sobre la Nómina Salarial y Evaluación de
Asuntos Especiales de Fiscalización, dependientes en forma directa de
la Subdirección General de Aportes sobre la Nómina Salarial, integren
una sola Area.
Que por último, resta considerar la situación de los Cuerpos Paritarios
previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Laudo N°
15/91, siendo en este caso lo procedente considerarlos también como una
única Area, pero manteniendo la facultad de evaluar a sus
representantes y personal dependiente en cabeza del Subdirector General
de Administración.
Que en la forma descripta se da solución a la situación planteada según
la propuesta formulada por la Subdirección General de Administración y
conformada por las restantes Subdirecciones Generales.
Que la Dirección de Asuntos Legales Administrativos ha tomado intervención en cuanto a la procedencia de la medida.
Que en otro orden, es necesario modificar también la Resolución N°
581/90 en aspectos referidos al diseño de los Formularios 8424 "Ficha
de Evaluación de Desempeño" y 8424/A "Cuenta de Jerarquización -
Personal No Calificable" y a las pautas fijadas para su cobertura y
tramitación.
Que la nueva diagramación de dichos Formularios habrá de permitir una
más ágil captura de la información que contienen a los fines de su
procesamiento.
Que en cumplimiento de las disposiciones vigentes, el Departamento
Organización y Métodos ha tomado la intervención que le compete en esta
mateira.
Que por lo expuesto y en ejercicio de las facultades que le confiere el
artículo 11 del Decreto N° 1464 del 31 de julio de 1990, procede
resolver en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1°.- Sustituir el artículo 1° de la Resolución N° 611 del 29 de abril de 1993, por el siguiente:
"ARTICULO 1°.- Se deja establecido que cada una de las Direcciones que
conforman la Estructura Organizativa del Organismo, así como los
Departamentos Mantenimiento de Sistemas de Aplicación; Organización y
Métodos y Contencioso Judicial y los Cuerpos Paritarios en su conjunto,
constituyen Areas a los fines de conformar sus respectivos ordenes de
méritos. Los Departamentos Asistencia Técnica de Aportes sobre la
Nómina Salarial y Evaluación de Asuntos Especiales de Fiscalización,
integrarán un Area en forma conjunta".
"Por su parte, los Departamentos Coordinación de Proyectos Especiales y
Control de Gestión, se integrarán a los Departamentos MAntenimiento de
Sistemas de Aplicación y Organización y Métodos, respectivamente, para
conformar sendos ordenes de méritos".
"El personal administrativo que depende en forma directa de esta
Dirección General integrará el Orden de Méritos de la Dirección de
Secretaría General".
"Las Subdirecciones Generales determinarán, dentro del ámbito de su
jurisdicción, el Area o Areas a las cuales se integrarán quienes
cumplan funciones bajo su directa dependencia, procurando una
distribución equitativa entre las mismas".
"El personal administrativo que depende en forma directa de esta
Dirección General integrará el Orden de Méritos de la Dirección de
Secretaría General".
"Las Subdirecciones Generales determinarán, dentro del ámbito de su
jurisdicción, el Area o Areas a las cuales se integrarán quienes
cumplan funciones bajo su directa dependencia, procurando una
distribución equitativa entre las mismas".
"El personal referido será computado en las dotaciones del Area que integre, a estos únicos efectos".
Artículo 2°.- Sustituir el artículo 2° de la Resolución N° 611 de fecha 29 de abril de 1993, por el siguiente:
"ARTICULO 2°.- Delegar en los señores Subdirectores Generales las
facultades previstas en el mencionado Sistema, que a continuación se
consignan:
"a) Actuar en carácter de instancia calificadora final respecto del personal que revista en sus respectivas Sedes".
"b) El Subdirector General de Administración actuará además en similar
carácter respecto de los Cuerpos Paritarios y de los agentes con
dependencia directa de esta Dirección General".
Artículo 3°.- Delegar en los
Jefes de los Departamentos citados en el artículo 1° de la presente, la
facultad de actuar en carácter de última instancia calificadora
respecto de su personal dependiente.
Artículo 4°.- Aprobar las
modificaciones introducidas en la diagramación de los Formularios 8424
"Ficha de Evaluación de Desempeño" y 8424/A "Cuenta de Jerarquización -
Personal No Calificable" los que obran como Anexos I y II de la
presente Resolución.
Artículo 5°.- Sustituir el
segundo párrafo del inciso e) del artículo 10 del Sistema de
Calificaciones para la Distribución de la Cuenta de Jerarquización -
artículo 3°, inciso b) del Decreto N° 1464/90, aprobado por Resolución
N° 581/90, por el siguiente:
"Para los casos señalados en los puntos d) y e), se cubrirá la ficha de
calificación consignando los datos requeridos en los Apartados I y II y
se cruzarán los Apartados III y IV".
Artículo 6°.- Sustituir el
primer párrafo del inciso a); puntos 1 y 2 del inciso b) y segundo
párrafo del inciso d) del artículo 14 del mencionado Sistema de
Calificaciones, los que quedarán redactados de la siguiente forma:
"a) Los Servicios Administrativos cubrirán los Apartados I, II y IV de
las fichas correspondientes al personal a calificar dentro de la
respectiva Area".
Inciso b), punto 1 y 2:
"1. Practicar en el Apartado III la evaluación de cada cualidad, con un puntaje entre DIEZ (10) y CIEN (100) en número enteros".
"2. Firmar en el Apartado V el cuadro correspondiente, consignando sello aclaratorio de firma y fecha de calificación".
Inciso d) segundo párrafo:
"La calificación final se obtendrá multiplicando en el Apartado IV el
promedio (e) del Apartado III - resultante de sumar los puntajes de los
conceptos que se evalúan y dividirlo por CINCO (5) por el coeficiente
de ponderación que surge de restar del coeficiente 1.30 el ponderador
(d) del ítem 12 (Apartado IV)".
Artículo 7°.- Reemplazar el primer párrafo del artículo 16 de la citada normativa, por el siguiente:
"Los originales de los Formularios 8424 y 8424/A, centralizados a nivel
de Area, deberán remitirse al Departamento Administración de Personal
(Sección Conducta) ordenados por número de legajo en forma creciente y
conformando lotes separados por tipo de formulario, numerándolos
correlativamente en el casillero inserto en el margen superior derecho,
indefectiblemente antes del día 20 del mes siguiente al cierre del
período calificado".
Artículo 8°.- La presente Resolución rige a partir del período calificable comprendido entre el 1° de mayo y el 31 de octubre de 1993.
Artículo 9°.- Regístrese,
comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y archívese.- Lic. RICARDO COSSIO, Director General.
ANEXO I
ANEXO II