LICITACIONES INTERNACIONALES

Res. 1404/89 – SICE

Establécese el procedimiento a observar por las empresas beneficiarias del régimen de la Ley 20.852, para la ejecución del Proyecto "Cañerías maestras de distribución de agua e instalación de caudalímetros" en la provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 17/5/89

VISTO el expediente SICE número 514.171/88 promovido por la Municipalidad de Tandil de la provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que en dichas actuaciones el mencionado Organismo presta su conformidad al procedimiento usual establecido para la aplicación de la Ley 20.852, con relación a las licitaciones internacionales que se encuentran a su cargo, para la ejecución del Proyecto "Cañerías maestras de distribución de agua e instalación de caudalímetros" en la Provincia de Buenos Aires.

Que las referidas licitaciones internacionales integran el "Programa Global de Desarrollo Urbano", cuentan con financiación del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO y resultan incluidas en el régimen de la Ley 20.852 según lo establecido en la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA número 1036 del 26 de octubre de 1987.

Que la PROVINCIA DE BUENOS AIRES ha efectuado mediante Ley Provincial número 9211 d fecha 14 de diciembre de 1978 la adhesión al régimen de la Ley 20.852.

Que de conformidad a lo previsto en el artículo 15 del Decreto número 2099 del 17 de setiembre de 1976, corresponde a esta Secretaría establecer con acuerdo del licitante el procedimiento para que la industria nacional pueda hacer efectivo los beneficios contemplados de la Ley 20.852 antes citada.

Que para la realización de las mencionadas licitaciones internacionales se estima conveniente fijar el procedimiento regulado por las Resoluciones M. E. Número 580 del 7 de julio de 1977 y 1170 del 1 de diciembre del mismo año, ex-SEDI número 60 del 27 de enero de 1978 y ex-MIM número 154 del 26 de octubre de 1981.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la debida intervención opinando que la medida propuesta es legalmente viable.

Que la presente Resolución se dicta de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto número 2099 del 17 de setiembre de 1976.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO EXTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1° — Establécese que el procedimiento a observar por las empresas beneficiarias del régimen de la Ley 20.852 para la percepción de los beneficios que pudieren corresponder por aplicación de la Resolución M. E. Número 1036 del 26 de octubre de 1987, con relación a las licitaciones internacionales financiadas por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO y convocadas por la Municipalidad de Tandil de la Provincia de Buenos Aires, para la ejecución del proyecto "Cañerías maestras de distribución de agua e instalación de caudalímetros" en la misma Provincia será el fijado por las Resoluciones M. E. Números 580/77 y 1170/77, ex-SEDI números 60/78 y ex–MIM número 154/81.

Art. 2° — Para las solicitudes de certificación presentadas al ente licitante por los beneficios del régimen de la Ley 20.852 en las Licitaciones Internacionales referidas en el artículo que antecede con anterioridad a la fecha de la presente, los plazos establecidos en los artículos 3°, 4° y 11 de la Resolución M. E. Número 580/77 se computarán a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Murat Eurnekian.