INMUEBLES

Decreto 670/95

Apruébase un Convenio de Transferencia de inmuebles de propiedad del Estado Nacional ubicados en Rosario, provincia de Santa Fe.

Bs. As. 9/5/95

VISTO

el Expediente N.000033/94 de la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "Programa ARRAIGO" de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley N.23.967 y el Decreto N.591/92, y

CONSIDERANDO

Que la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "Programa ARRAIGO" de la PRESIDENCIA DE LA NACION tramita la trasferencia de ciertos inmuebles para ser incorporados a los planes provinciales de vivienda social para familias de recursos insuficientes, ubicados en la Ciudad de Rosario, PROVINCIA DE SANTA FE.

Que dichos inmuebles han sido declarados sin destino mediante Resolución N.519 del 24 de noviembre de 1965 y Resolución SET N 54, artículo 1, inciso b del 12 de febrero de 1969, ambas de la ex Secretaría de Estado de Transporte de la Nación.

Que el Tribunal de Tasaciones de la Nación se expidió estimando el valor venal de los inmuebles en consideración.

Que la PROVINCIA DE SANTA FE ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los Artículos 3 y 5 de la Ley 23.967

Que en las condiciones reseñadas, se procedió a la celebración del Convenio de Transferencia "ad-referendum" del PODER EJECUTIVO NACIONAL, entre la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "Programa ARRAIGO" y la DIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO de la PROVINCIA DE SANTA FE, con cargo a que ésta adjudique los inmuebles a las familias de escasos recursos individualizadas en el Anexo Ic del citado Convenio.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N.23.967.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º – Apruébase el Convenio de Transferencia de los inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO, ubicados en la Ciudad de Rosario, PROVINCIA DE SANTA FE, identificados catastralmente como Sección 5ta., sin Manzana, según Plano de Mensura N.121.695, inscripción de dominio Tomo 34 P, Folio 883, N 17.762 y Sección 5ta., sin Manzana, según Plano de Mensura N.121 696, inscripción de dominio Tomo 17 I, Folio 397, N.8123, con destino a la construcción de viviendas, todos ellos del registro de la Ciudad de Rosario, suscripto el día 19 del mes de diciembre del año 1994 entre el Señor Presidente de la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "Programa ARRAIGO" de la PRESIDENCIA DE LA NACION y el Señor Director Provincial de la DIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO DE SANTA FE, que como Anexo I forma parte del presente Decreto.

Art. 2º – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. – MENEM. – Carlos V. Corach. – Domingo F. Carvallo.

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NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 – Capital Federal).