MINISTERIOS Y SECRETARÍAS DE ESTADO

DECRETO 276/77

Se faculta a los Ministros, Secretarios de Estado y Secretarios de la Presidencia de la Nación, en caso de ausencia, designar a otros Secretarios o Subsecretarios de su directa dependencia.

Bs. As.  2/2/77

VISTO que los señores Secretarios y Subsecretarios de Estado, por imposición de las tareas específicas que tienen asignadas, en determinadas oportunidades deben alejarse transitoriamente de sus respectivas sedes para realizar gestiones en el exterior o en el interior del país que, por su especial naturaleza, exigen su atención personal, y

CONSIDERANDO:

Que en esos casos, como así también en el supuesto de abandono definitivo de la función, resulta aconsejable, a efectos de no demorar el trámite de los asuntos de competencia de las respectivas jurisdicciones, disponer de inmediato la designación de funcionario que deberá hacerse cargo interinamente de su normal diligenciamiento.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° -  Facúltase a los señores Ministros, Secretarios de Estado y Secretarios de la Presidencia de la Nación, para que, en sus jurisdicciones respectivas, encomienden interinamente el despacho y resolución de los asuntos concernientes a  una Secretaría o Subsecretaría de Estado o de la Presidencia de la Nación, según sea el caso, a otro de los señores Secretarios o Subsecretarios de su directa dependencia, cuando por cualquier causa los titulares, transitoria o definitivamente.

Art. 2° - Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

                VIDELA     
 
                          José A. Martinez de Hoz,
                Ricardo P. Buera,
          Julio J. Bardi,
                Horacio T. Liendo,
                            Ramón G. Díaz Bessone,
                           Albano E. Harguindeguy,
      José M. Klix,
            Julio A. Gomez,
                        César A. Guzzetti