Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

PRESUPUESTO

Resolución 40/2009

Instituto Nacional de la Yerba Mate. Apruébase el Presupuesto para el Ejercicio 2009.

Bs. As., 2/2/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0424642/2008 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto para el Ejercicio 2009 formulado por el INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE, ente de Derecho Público no Estatal con jurisdicción en todo el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que el Artículo 33 del Decreto Nº 1240 del 12 de julio de 2002 establece que el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE será remitido para su aprobación por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL en los términos establecidos para las instituciones del Sector Público Nacional definidas en el inciso c) del Artículo 8º de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 24.156, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébanse Presupuesto para el Ejercicio 2009 del INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE, ente de Derecho Público no Estatal con jurisdicción en todo el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II adjuntos a la presente resolución.

Art. 2º — Estímense en la suma de PESOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 9.700.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS DOCE MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS QUINCE ($ 12.217.915) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS QUINCE ($ 2.517.915), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

Art. 3º — Estímanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) los ingresos de capital, y fíjanse en la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 650.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 2º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2009 en PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS QUINCE ($ 2.867.915), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos R. Fernández.

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NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar