MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Resolución Nº 67/2009

Bs. As., 16/1/2009

VISTO el Expediente Nº 3139/2008 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las leyes Nº 17.520 modificada por su similar Nº 23.696 y Nº 13.064; el Decreto Nº 1615 de fecha 7 de octubre de 2008 y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1615 de fecha 7 de octubre de 2008 se estableció que los CORREDORES VIALES NACIONALES descriptos en el Anexo I del mismo, cuyas concesiones operaban su vencimiento contractual el 1º de noviembre de 2008, serán licitados para otorgar la concesión por peaje para la construcción, mejoras, reparación, conservación, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración y explotación bajo el régimen de las leyes Nº 17.520 y 23.696, y supletoriamente de la Ley Nº 13.064, con la modalidad que se estime más conveniente.

Que por el Artículo 2º del Decreto Nº 1615/08 se dispuso que el procedimiento mencionado en el considerando precedente se desarrollará bajo la dependencia directa del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su carácter de Autoridad de Aplicación Delegada en los términos del Artículo 67 de la Ley Nº 23.696, delegándose en el citado Ministerio en virtud de lo establecido en el Artículo 3º del Decreto mencionado, las atribuciones de: efectuar el llamado a Licitación Pública Nacional; aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, el texto del contrato y demás documentación necesaria para la realización de la licitación; y organizar la Comisión de Concesiones, estableciendo las pautas de su funcionamiento y asignando tareas a los funcionarios que la integren.

Que por la Resolución Nº 1034 de fecha 9 de octubre de 2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se organizó la COMISION DE CONCESIONES, a los fines de la elaboración de la documentación para la realización de la Licitación Pública Nacional de los CORREDORES VIALES NACIONALES, seguimiento del proceso licitatorio, evaluación de las distintas propuestas que se presenten, aconsejando la correspondiente preadjudicación.

Que por la Resolución Nº 1095 de fecha 22 de octubre de 2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se llamó a Licitación Pública Nacional para otorgar la concesión por peaje para la construcción, mejoras, reparación, conservación, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración y explotación de los CORREDORES VIALES NACIONALES descriptos en el Anexo I de dicha medida, aprobándose el Pliego de Bases y Condiciones Generales y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que por el Artículo 4º de la Resolución citada en el considerando anterior, se dispuso que una vez aprobados el texto del Contrato y sus Anexos A-Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, B-Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y C-Inventario, los mismos serán entregados a los adquirentes de los Pliegos, que como Anexos I y II forman parte integrante de dicha medida.

Que por la Resolución Nº 1239 de fecha 23 de diciembre de 2008 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se modificó el cronograma del proceso licitatorio, establecido en el Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones Generales de la presente Licitación Pública Nacional.

Que la COMISION DE CONCESIONES, se ha reunido en fecha 5 de diciembre de 2008, labrando el Acta Nº 04, mediante la cual propicia el texto del Contrato y sus Anexos A-Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, B-Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y C-Inventario, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida; y modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Generales y Pliego de Bases y Condiciones Particulares de los Corredores Viales Nacionales Nros. 4 y 8, ambos aprobados por la Resolución Nº 1095/08 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, que como ANEXOS II, III y IV respectivamente forman parte integrante de la presente medida.

Que habiéndose omitido en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES aprobado por Resolución Nº 1095/2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, establecer la participación mínima que deberá tener en la Unión Transitoria de Empresas el integrante que acredite el cumplimiento de la condición mínima del SETENTA (70%) POR CIENTO del valor requerido en los Puntos 2.2 y 2.3 del mismo Pliego, la COMISION DE CONCESIONES ha propiciado que este integrante deberá tener además, una participación mínima del CINCUENTA (50%) POR CIENTO en la Unión Transitoria de Empresas, a los efectos de que el integrante mayoritario sea una empresa con altos antecedentes en concesiones viales y obras públicas.

Que asimismo, se ha entendido que corresponde que dicho integrante mayoritario, acredite un patrimonio neto superior o igual a PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES ($ 75.000.000), en virtud de la importancia de los montos involucrados en el contrato y de la participación exigida para el mismo en la Unión Transitoria de Empresas.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de lo dispuesto por las leyes Nº 17.520 modificada por su similar Nº 23.696, y el Decreto Nº 1615 de fecha 7 de octubre de 2008.

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase el texto del Contrato de Concesión por peaje para la construcción, mejoras, reparación, conservación, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración y explotación de los CORREDORES VIALES NACIONALES descriptos en el Anexo I de la Resolución Nº 1095 de fecha 22 de octubre de 2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y sus Anexos A-Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, Bpliego de Especificaciones Técnicas Particulares y C-Inventario, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2º — Sustitúyase el Anexo I del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES aprobado por la Resolución Nº 1095 de fecha 22 de octubre de 2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, por el ANEXO II que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 3º — Sustitúyase la INTRODUCCION del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES del Corredor Vial Nº 4 aprobado por la Resolución Nº 1095 de fecha 22 de octubre de 2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, por el ANEXO III que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 4º — Sustitúyase la INTRODUCCION del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES del Corredor Vial Nº 8 aprobado por la Resolución Nº 1095 de fecha 22 de octubre de 2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, por el ANEXO IV que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 5º — Incorpórase como Punto 4.1 del Artículo 4º del Capítulo I "Capacidad Técnica, Económica y Financiera de los Postulantes" del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES aprobados por la Resolución Nº 1095 de fecha 22 de octubre de 2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de los CORREDORES VIALES NACIONALES el siguiente texto:- "4.1. Participación en la Unión Transitoria de Empresas: En caso que el POSTULANTE sea una Unión Transitoria de Empresas, alguno de los integrantes que haya acreditado el cumplimiento de la condición mínima del SETENTA (70%) POR CIENTO del valor requerido en los Puntos 2.2. y 2.3. del presente PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, deberá tener una participación mínima en la misma de más del CINCUENTA (50%) POR CIENTO y acreditar un patrimonio neto superior o igual a PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES ($ 75.000.000)".

ARTICULO 6º — Difúndase la presente en el sitio de Internet del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de este Ministerio, de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del citado Ministerio, del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del citado Ministerio, de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la cartelera de la COMISION DE CONCESIONES.

ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Arq. JULIO MIGUEL DE VIDO, Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

e. 05/02/2009 Nº 6826/09 v. 05/02/2009