ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 596/2009

Apruébase la modificación de su Estructura Orgánica.

Bs. As., 5/1/2009

VISTO el Expediente Nº 10.548 del registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto por la Ley Nº 24.076, el Decreto Reglamentario Nº 1738/92, las Resoluciones ENARGAS Nº 3486, I/036, I/154, I/155, I/167,I/171 I/202 e I/238 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.076 crea el Ente Nacional Regulador del Gas, como Organismo de Regulación responsable de velar por el cumplimiento de dicha ley, su reglamentación y demás disposiciones comprendidas en el Marco Regulatorio.

Que el Artículo 51 de la mencionada Ley y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1738/92, establece que el Ente goza de autarquía, tanto presupuestaria como administrativa y posee plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado.

Que en base a ello, este Organismo financia su actividad con recursos provenientes del cobro de una Tasa de Fiscalización y Control a las Licenciatarias del servicio de gas y otros recursos propios, conforme lo establecido en el Art. 62 de la Ley Nº 24.076, por lo que el ENARGAS no requiere para su funcionamiento de aportes del Tesoro Nacional.

Que asimismo, en virtud del Art. 52 de la normativa supra referida, se faculta a esta Autoridad Regulatoria a aprobar su estructura orgánica.

Que desde el inicio de sus funciones, las acciones de las distintas áreas del organismo han receptado las modificaciones propias de la experiencia regulatoria.

Que a través del expediente mencionado en el VISTO, se tramitó la Resolución ENARGAS Nº 3486/2006, mediante la cual se modificó la estructura orgánica del Ente.

Que con posterioridad, se han ordenado diversas modificaciones, que han ido adecuando la estructura organizativa del ENARGAS a las necesidades reales de su funcionamiento.

Que como consecuencia de ello, se han dictado las Resoluciones mencionadas en el VISTO, que aprueban la estructura orgánica actualmente vigente, con su respectivo organigrama, acciones correspondientes a cada área y cargos.

Que con el transcurso del tiempo, las organizaciones no deben permanecer indiferentes a los cambios ante la dinámica y exigencias existentes, a fin de optimizar su funcionamiento para el adecuado cumplimiento de las facultades conferidas por la Ley Nº 24.076.

Que mediante la Resolución ENARGAS Nº I/036 se ha contemplado la necesidad de crear un área dependiente de la máxima autoridad del Ente, con el objetivo de unificar y sistematizar los procedimientos para la intervención de las distintas Gerencias del ENARGAS en todas las materias que hacen a la realización de obras mediante la creación de fideicomisos, destinados a la ampliación de la capacidad de transporte y distribución de gas natural.

Que a través de las Resoluciones ENARGAS Nº I/154 e I/155, se han modificado las funciones de las Gerencias de Desempeño y Economía; de Asuntos Legales y de Gas Natural Comprimido, creándose en el ámbito de esta última, cuatro áreas delimitadas, en las que se agrupan específicamente las diversas acciones de la misma.

Que en virtud de la Resolución ENARGAS Nº I/167 se ha decidido crear un área dependiente de la máxima autoridad del Organismo, especializada en funciones específicas relacionadas con la administración de los recursos humanos, que acompañase las dinámicas variaciones estructurales operadas en el Ente.

Que mediante la Resolución ENARGAS Nº I/171 del 22 de enero del año 2008, se ha creado la función de Coordinación de Unidades Regionales dependiente de la Gerencia de Regiones.

Que por Resolución ENARGAS Nº I/202, se ha dispuesto disolver la Comisión de Expansiones de Redes y Subdistribución creada por Resolución ENARGAS Nº 3577, y asignar las funciones de dicha comisión a la Unidad de Coordinación de Fideicomiso.

Que a través de la Resolución Nº I/238 se ha aprobado el organigrama del Grupo Operativo de Servidumbres como así también las misiones y funciones de sus áreas.

Que asimismo, a partir de la incorporación de nuevas actividades a las previstas por el Marco Regulatorio de la Industria de Gas vigente, resultó necesario implementar la inmediata creación de un área de fiscalización, con el fin de dar debido cumplimiento a las tareas entonces encomendadas.

Que por lo supra expuesto, mediante el Memorándum I Nº 74/08, de fecha 24 de septiembre del año 2008, se ha creado la Unidad de Control Económico Contable, dependiente de la máxima autoridad del Ente, previéndose su incorporación al esquema organizativo definitivo que se resuelva para el Organismo.

Que del pormenorizado análisis realizado sobre las acciones del Organismo en su actual funcionamiento como Autoridad Regulatoria, surge la necesidad de reorganizar la estructura vigente del Ente en su conjunto.

Que el notable desarrollo y constante crecimiento de los sistemas informáticos, y las tareas a éstos asociadas, en especial las que hacen a la interacción con todos los sectores del Organismo, hacen necesario contar con un área específica, cuya dependencia del Directorio redundará en una mayor inmediatez en la toma de decisiones y, consiguientemente, en mejores resultados en términos de eficiencia y eficacia del área.

Que las misiones y funciones propias de la Unidad de Coordinación de Relaciones Institucionales y de la Unidad de Coordinación de Prensa y Difusión, tareas esencialmente dinámicas, deben estar organizadas desde el punto de vista administrativo a través de la conformación de una misma área que posea estructuralmente la mayor flexibilidad y eficiencia.

Que a fin de unificar las sucesivas modificaciones operadas mediante las Resoluciones indicadas en el VISTO, resulta necesario plasmar la estructura orgánica definitiva de esta Autoridad Regulatoria, bajo el pronunciamiento de un único acto resolutivo.

Que de igual modo, en relación a la dotación del personal de planta del Ente, habiendo quedado obsoleta la previsión de cargos determinados durante su creación, se hace imprescindible establecer un escalafón profesional más acorde con la realidad actual imperante en el Organismo.

Que las categorías profesionales deben reflejar la función realmente ejercida por el personal, y a la vez configurar un esquema general que incentive el desarrollo individual y la promoción por mérito, lo que redundará en beneficio de la organización, siendo estos criterios tenidos en cuenta para su redefinición.

Que en estos autos se ha requerido la intervención del servicio jurídico permanente del organismo que ha emitido el correspondiente dictamen legal de acuerdo a la establecido en el art. 7º de la Ley de Procedimientos Administrativos.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Artículo 52 inc. v) de la Ley Nº 24.076.

Que por Decreto Nº 571 de fecha 21 de mayo de 2007, modificado por los Decretos Nº 1646/07; 953/08 y 2138/08, se dispuso la intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, y en virtud de su Art. 2º se le otorga al INTERVENTOR designado todas las facultades de gobierno y administración de este Ente, establecidas en la Ley Nº 24.076, por lo que se encuentra facultado para modificar la estructura orgánica del ENARGAS en el sentido antes señalado.

Por ello,

EL SEÑOR INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Aprobar la modificación de la Estructura Orgánica del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, de conformidad con el Anexo I ORGANIGRAMA; Anexo II ACCIONES; y el Anexo III CARGOS.

Art. 2º — El presente acto entrará en vigencia a partir del 1º de febrero de 2009.

Art. 3º — Difiérase el reencasillamiento del personal de planta del Organismo en el esquema contemplado en el Anexo III CARGOS, hasta la aprobación de la reclasificación presupuestaria pertinente, que corresponda a la modificación del escalafón actual.

Art. 4º — A partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, deróguense las Resoluciones ENARGAS Nº 3486, I/036, I/154, I/155, I/167, I/202 e I/238.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Antonio L. Pronsato.

—————

NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar