EDUCACION SUPERIOR

Decreto 99/2009

Créase el Programa Nacional Becas Bicentenario para Carreras Científicas y Técnicas.

Bs. As., 13/2/2009

VISTO la Ley de Educación Nacional Nş 26.206, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Educación Nacional regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender consagrado po r el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL y los tratados internacionales incorporados a ella.

Que la educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación.

Que el Estado tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercido de este derecho.

Que el país viene creciendo en el último quinquenio a un promedio del OCHO Y MEDIO POR CIENTO (8,5%) anual y la estrategia de formación de recursos humanos debe acompañar este proceso de crecimiento económico y reindustrialización, respondiendo a la demanda creciente de personal calificado de los sectores más dinámicos de nuestra producción.

Que con este propósito las políticas públicas de educación están avanzando en dirección a producir mayor cantidad de egresados de la educación secundaria técnica profesional, profesional, de las tecnicaturas universitarias y no universitarias y de las carreras universitarias vinculadas con los procesos de desarrollo económico; a profundizar el proceso de mejoramiento de dichos subsectores educativos, invirtiendo fuertemente en modernizar sus equipamientos, instalaciones y capacitación del cuerpo docente y a vincular más activamente los contenidos y prácticas educativas con las demandas de calificación exigidas por los procesos productivos, a través de diferentes mecanismos de articulación e intercambio entre empresas y centros educativos.

Que con esa finalidad se procura poner en marcha un Programa de Becas a nivel nacional para estudiantes que quieran seguir sus estudios en carreras universitarias o tecnicaturas científico - técnicas consideradas prioritarias por el MINISTERIO DE EDUCACION en las ramas de Ciencias Aplicadas y Ciencias Básicas.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA

Artículo 1ş — Créase el PROGRAMA NACIONAL BECAS BICENTENARIO PARA CARRERAS CIENTIFICAS Y TECNICAS, en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACION, que tendrá por finalidad incrementar el ingreso de jóvenes provenientes de hogares de bajos ingresos para que estudien una carrera universitaria o tecnicatura considerada estratégica para el desarrollo económico y productivo del país, así como también incentivar la permanencia y la finalización de los estudios de grado y tecnicaturas en este campo clave para el desarrollo.

Art. 2ş — La administración del PROGRAMA NACIONAL BECAS BICENTENARIO PARA CARRERAS CIENTIFICAS Y TECNICAS se encontrará a cargo del MINISTERIO DE EDUCACION, quedando facultado el citado Ministerio para dictar las normas complementarias que resulten necesarias a los fines de la implementación de las disposiciones del presente decreto.

Art. 3ş — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a la Jurisdicción 70 – MINISTERIO DE EDUCACION.

Art. 4ş — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivase. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa. — Juan C. Tedesco.