ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 82/2009

Estructura Organizativa. Modificación.

Bs. As., 23/2/2009

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13661-59-2007 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO se propone modificar la dependencia jerárquica de la División Sumarios de Prevención y de las unidades a su cargo, dependientes del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, en el ámbito de la Subdirección General de Técnico Legal Aduanera.

Que la experiencia obtenida desde el dictado de la Disposición Nº 147/06 (AFIP), indica la necesidad de transferir la División Sumarios de Prevención al ámbito del Departamento Inspecciones Aduaneras, a los fines de facilitar el acceso a la información sobre prevención penal y brindar mayor celeridad a la actividad propia de la División.

Que en tal sentido, resulta conveniente que la Sección Registro de Infractores pase al ámbito de la Subdirección General de Control Aduanero, a fin de contribuir a la elaboración de perfiles de riesgo, manteniendo su competencia en el orden nacional.

Que la presente modificación cuenta con la conformidad e la Dirección General de Aduanas y de las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y de Control Aduanero.

Que el Departamento Coordinación y Procedimientos y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

Artículo 1º — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Sección denominada "Registro de Infractores" existente en la División Sumarios de Prevención pase a depender de la División Análisis y Evaluación de Resultados en el ámbito de la Subdirección General de Control Aduanero.

Art. 2º — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada "Sumarios de Prevención" y sus unidades dependientes, existentes en el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros pasen a depender del Departamento inspecciones Aduaneras en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.

Art. 3º — Reemplazar en la estructura organizativa vigente os Anexos A14, A19 y A21 y la parte pertinente del B14 y B19, por los que se aprueban por la presente.

Art. 4º — La presente disposición entrará en vigencia a partir de los VEINTE (20) días corridos contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO A14

ANEXO A21

ANEXO B14

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

DEPARTAMENTO INSPECCIONES ADUANERAS

ACCION

Proponer y supervisar la realización de los programas y actividades tendientes a prevenir y reprimir los ilícitos en materia aduanera. Ejercer el poder de policía y la fuerza pública. Proponer y ejecutar el plan de acción aprobado.

TAREAS

1. Entender en las investigaciones, procedimientos y tareas de vigilancia a fin de prevenir y reprimir los ilícitos en materia aduanera.

2. Entender en las tareas de apoyo que fueren requeridas por autoridad judicial.

3. Entender en la instrucción de sumarios de prevención por delitos aduaneros, a fin de dar intervención a los Jueces en lo Penal Económico.

4. Disponer las medidas cautelares que correspondan y su levantamiento cuando así proceda, mediando acto fundado.

5. Entender en el secuestro de mercaderías, medios de transporte y demás bienes vinculados a los ilícitos en materia aduanera, así como también en el registro y/o detención de personas.

6. Entender en los controles selectivos de las destinaciones, operaciones y regímenes especiales aduaneros.

7. Coordinar la realización de acciones conjuntas con: otras dependencias de la AFIP, las fuerzas de seguridad y/o con otros organismos gubernamentales (SENASA, INAL, ANMAT, RENAR, etc.).

8. Entender en las relaciones con otros organismos nacionales y extranjeros en el marco de las acciones de su competencia.

9. Ejercer la supervisión de las áreas que le dependen, efectuar el seguimiento de los programas y actividades aprobados y su evaluación, proponiendo de corresponder las adecuaciones pertinentes.

10. Disponer las medidas necesarias para proveer y mantener en condiciones el equipamiento necesario para el cumplimiento de las funciones delegadas en el personal a su cargo.

DIVISION SUMARIOS DE PREVENCION

ACCION

Instruir los sumarios de prevención por delitos aduaneros, para dar intervención a los Jueces en lo Penal Económico, oficiando de nexo con dichos magistrados y otras fuerzas preventoras.

TAREAS

1. Ejecutar las diligencias ordenadas en causas originadas en procedimientos realizados por la Dirección General de Aduanas y/o por otras fuerzas.

2. Instruir los sumarios de prevención para su posterior elevación al juzgado de turno y enviar copia a los jueces contenciosos.

3. Adoptar todas las medidas cautelares previstas por la legislación, dando cuenta de las mismas a quien corresponda.

4. Colaborar en la realización de investigaciones y procedimientos ordenados por autoridad competente.

5. Oficiar de nexo entre los juzgados de competencia y la Dirección General de Aduanas y con todas las demás fuerzas de prevención - seguridad en temas concernientes a delitos aduaneros.

6. Llevar los registros de los sumarios preventivos sustanciado tanto por la instancia como de los provenientes de otras Fuerzas de Seguridad (conforme Art. 1121 inc. B) de la Ley 22.415), como así también de las actuaciones administrativas derivadas de éstos.

SECCION SECRETARIA PREVENCIONAL Nº 1 Y 2

SECCION SECRETARIA PREVENCIONAL Nº 3 Y 4

SECCION SECRETARIA PREVENCIONAL Nº 5 Y 6

SECCION SECRETARIA PREVENCIONAL Nº 7 Y 8

ACCION

Instruir los sumarios de prevención por delitos aduaneros, para dar intervención a los jueces en lo Penal Económico correspondientes a la identificación realizada por cada Secretaría Prevencional.

TAREAS

1. Ejecutar las diligencias ordenadas en causas originadas en procedimientos realizados por la Dirección General de Aduanas y/o por otras fuerzas.

2. Instruir los sumarios de prevención para su posterior elevación al juzgado de turno y enviar copia a los jueces contenciosos.

3. Adoptar todas las medidas cautelares previstas por la legislación, dando cuenta de las mismas a quien corresponda.

4. Colaborar en la realización de investigaciones y procedimientos ordenados por autoridad competente.

5. Oficiar de nexo entre los juzgados de competencia y la Dirección General de Aduanas y con todas las demás fuerzas de prevención - seguridad en temas concernientes a delitos aduaneros.

6. Llevar los registros de los sumarios preventivos sustanciado tanto por esta instancia como de los provenientes de otras Fuerzas de Seguridad (conforme Art. 1121 inc. B) de la Ley 22.415), como así también de las actuaciones administrativas derivadas de éstos.

ANEXO B19

SUBDIRECCION GENERAL DE CONTROL ADUANERO

DIRECCION DE GESTION DEL RIESGO

DEPARTAMENTO SELECTIVIDAD

ACCION

Planificar, proponer y controlar los criterios que permitan definir los perfiles de riesgo de las destinaciones y/u operaciones aduaneras como así también de los operadores y auxiliares del comercio exterior.

Entender en la retroalimentación del sistema de análisis de riesgos, evaluar el comportamiento de los perfiles establecidos y proponer adecuaciones en los mismos.

TAREAS

1. Establecer pautas para la conformación de perfiles de riesgo.

2. Detectar y tipificar modalidades relevantes del fraude y evasión fiscal aduanera, asociando esta información con datos pertinentes de comercio exterior, para la elaboración de nuevos perfiles que contemplen las nuevas modalidades.

3. Determinar las nuevas metodologías que puedan ayudar a perfeccionar el sistema de selectividad.

4. Evaluar la efectividad de los perfiles aplicados.

5. Elaborar estadísticas tendientes a determinar factores y/o elementos que permitan perfeccionar el sistema de selectividad vigente.

6. Intervenir en la selección, asignación y control de los casos que serán sometidos a canal morado e investigar de acuerdo con las metas, planes, normas y procedimientos establecidos por la Superioridad.

7. Proporcionar y recibir de los Organismos Nacionales y/o Provinciales competentes los antecedentes de personas físicas o jurídicas.

8. Entender en la identificación y registro de infractores a las normas aduaneras involucrados en los sumarios preventivos iniciados por dependencias de la Dirección General de Aduanas.

DIVISION ANALISIS Y EVALUACION DE RESULTADOS

ACCION

Entender en la retroalimentación del sistema de análisis de riesgos, en términos de efectividad utilidad, proponiendo las modificaciones necesarias para optimizar su rendimiento.

TAREAS

1. Evaluar los resultados de la aplicación de los perfiles.

2. Efectuar seguimiento de las investigaciones realizadas, midiendo la eficacia de las acciones sugeridas.

3. Instrumentar un sistema informático de infractores a las normas aduaneras.

4. Intervenir en la identificación y registro de infractores a las normas aduaneras involucrados en los sumarios preventivos iniciados por dependencias de la Dirección General de Aduanas.

5. Elaborar información estadística para la toma de decisiones.

6. Detectar nuevos métodos de evasión a través de la lectura de resultados no vinculados a perfiles.

7. Proponer la baja de las reglas de selectividad que no resulten efectivas.

SECCION REGISTRO DE INFRACTORES

ACCION

Realizar la identificación y registro de las personas involucrad en sumarios preventivos iniciados por dependencias de la Dirección General de Aduanas y evacuar consultas sobre pedidos de antecedentes.

TAREAS

1. Concretar y mantener actualizado un sistema informático de infractores a las normas aduaneras, en el que consten todos los antecedentes de personas tanto físicas como jurídicas, referidos a condenas provenientes de actuaciones delictivas e infracciones de carácter aduanero y proporciona los informes relativos a estos antecedentes que le sean solicitados.

2. Identificar y registrar a las personas involucradas en los suma los preventivos iniciados por dependencias de la Dirección General de Aduanas, con la correspondiente apertura del prontuario (identificación cromática y morfológica, dactiloscópica, toma de fotografías y ficha patronímica, carátula y fallo, etc.).

3. Clasificar y archivar las fichas dactiloscópicas confeccionadas por ésta, como así también las remitidas por otras fuerzas de seguridad.

4. Proporcionar y recibir de los Organismos Nacionales y/o Provinciales competentes los antecedentes de inculpados, sean éstos de personas físicas o jurídicas.

5. Evacuar consultas relacionadas con pedidos de antecedentes obrantes en el registro de personas tanto físicas como jurídicas, provenientes de las distintas dependencias aduaneras, de otras fuerzas de seguridad, juzgados, etc.

—ACLARACION AFIP—

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

En la edición del Boletín Oficial Nº 31.603 del jueves 26 de febrero de 2009, Primera Sección, página 23, se publicó la Disposición Nº 82/2009 (AFIP), se ha deslizado el siguiente error que se detalla a continuación:

DONDE DICE:

DEBE DECIR:

FERNANDO A. VILLAVERDE, Subdirector General, Subdirección General de Planificación.

e. 03/03/2009 Nº 14269/09 v. 03/03/2009